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miércoles, octubre 15, 2025
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De madrugada, diputados “4T” vuelven a poner la retroactividad en la Ley de Amparo

Tras casi 16 horas de debate, con 322 votos a favor, 128 sufragios en contra y tres abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión aprobó, la madrugada del 15 de octubre de 2025, los artículos reservados en términos del dictamen y las modificaciones a la Ley de Amparo, propuestas por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo.

Los sufragios a favor fueron emitidos por los senadores de la autodenominada “cuarta transformación”, integrada por los grupos parlamentarios de los partidos Verde Ecologista Mexicano (PVEM) y del Trabajo (PT).

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Mientras que los votos en contra, fueron emitidos por los senadores de los grupos parlamentarios de oposición, integrada por los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento Ciudadano (MC).

Entre las abstenciones destacó la de la Olga María del Carmen Sánchez Cordero Dávila -del grupo parlamentario de Morena-, ex senadora, ministra en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y ex titular de la Secretaría de Gobernación (SEGOB), durante parte de la Administración del presidente Andrés Manuel López Obrador.

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Al igual que Greycy Alarcón Durán y Javier Vázquez Calixto, del Partido del Trabajo. En contra votaron todos los partidos de oposición, junto con Martha Aracely Cruz Jiménez, diputada federal del PT, y Ana Erika Santana González, integrante del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Así quedó aprobado, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

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La sesión duró casi 16 horas, concluyó a las 03:42 horas del miércoles 15 de octubre de 2025, debido a que en San Lázaro se hicieron cambios a la minuta que aprobó el Senado y el proyecto regresó a la Cámara Alta del Congreso de la Unión, para su análisis y eventual aprobación.

A las 01:43 horas del miércoles 15 de octubre de 2025, el diputado federal Hugo Eric Flores Cervantes -del grupo legislativo de Morena-, se metió en la fila de oradores, con el apoyo de su coordinador, Ricardo Monreal Ávila, para presentar una reserva que, a juicio de la oposición, haría retroactiva la Ley de Amparo.

Desde la tribuna del Salón de Plenos de San Lázaro, Flores Cervantes aseguró que “surgió un falso debate, resultado de una mentira de la oposición, que sostenía que se violaba la Constitución, con este artículo transitorio”.

“No es violar un derecho constitucional aprobando la irretroactividad de la ley como maliciosamente han sostenido, es un tema de materia y trascendencia procesal, es derecho procesal puro”, aseguró el diputado federal de Morena, tras esperar un par de horas para subir a tribuna. El legislador morelense era el último en la lista de oradores, tenía el turno 136.

La bancadas del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y de Movimiento Ciudadano se negaban a bajar sus reservas, pero Monreal Ávila convenció a Rubén Moreira Valdez y a Ivonne Aracelly Ortega Pacheco, coordinadores parlamentarios, quienes aceptaron retirar sus propuestas de modificación al dictamen. Legisladores de los diversos grupos parlamentarios presentaron 307 reservas a diversos artículos, para su discusión en lo particular.

“Lo hecho queda bajo la ley antigua, lo que se haga después, será bajo la nueva […] No se puede resolver de manera distinta las suspensiones concedidas, porque constituyen derechos ya adquiridos”, garantizó Flores Cervantes, quien también mencionó que “es muy importante subrayar que la teoría de los componentes de la norma superó muchas tesis previas, esa es la que tienen que estudiar”.

“En esta, el ministro Salvador Aguirre Anguiano, resolvió un amparo en revisión y fue el criterio y fue aprobado por el Pleno de la [Suprema] Corte [de Justicia de la Nación], en la novena época, exactamente en el año 2001”, recordó el legislador morelense.

“Ahora resulta que son muy obedientes con los precedentes de la antigua Corte, pues, imagínense todo lo que nos hubiéramos podido ahorrar”, se burló Juan Ignacio Zavala Gutiérrez, diputado federal de Movimiento Ciudadano.

“Han venido aquí a tribuna a citar al ministro Aguirre Anguiano, el más conservador que tuvo la Suprema Corte en sus últimos tiempos, eso los exhibe de cuerpo completo, querían nada más a la Corte para ustedes”, enfatizó Zavala Gutiérrez.

“Hay dos mil 73 créditos fiscales que empresarios poderosos se resisten a pagar, así como dos mil 66 juicios de nulidad pendientes de resolución firme, con un monto superior a los 100 mil millones de pesos sólo este año”, explicó Monreal Ávila, respecto a la intención de la reserva presentada por Flores Cervantes.

“El promedio para hacer pagar estos recursos del erario, son de entre 16 y 22 años, para ser exigible un deber ciudadano, una responsabilidad como contribuyente y un pago al erario por sus ganancias y sus utilidades”, añadió el coordinador de los legisladores de Morena en San Lázaro.

“¿Saben ustedes, cuánto es lo que se alcanza a cobrar por el Estado, por la existencia de estos amparos mañosamente prolongados?, el 0.5 por ciento. El 95 por ciento de los deudores o los que deben de pagar no lo hacen, 95 por ciento, hacia ellos va orientada nuestra reforma”, enfatizó el legislador zacatecano.

A las 3:42 horas del 15 de octubre de 2025, el presidente en funciones de la Mesa Directiva de San Lázaro, Raúl Bolaños Cacho Cué, ordenó que que la minuta fuera devuelta con tres cambios al Senado, para su discusión y eventual votación, luego de que los diputados federales emitieron 322 en pro, 128 en contra y tres abstenciones.

Entre algunos de los cambios establecidos a la Ley de Amparo, se encuentran los siguientes: La reforma establece que los juicios de amparo podrán realizarse completamente en línea, mediante reglas uniformes que equiparan el valor de los expedientes electrónicos con los físicos. Los jueces tendrán 90 días naturales para dictar sentencia una vez celebrada la audiencia constitucional, reduciendo los plazos procesales actuales.

Los órganos jurisdiccionales podrán desechar de manera más ágil las recusaciones que tengan como fin dilatar el procedimiento. En materia de interés legítimo, la reforma precisa que la lesión jurídica puede ser individual o colectiva, eliminando el requisito de que sea “actual” y “directa”.

En cuanto a medidas cautelares, introduce criterios más detallados: los jueces deberán acreditar el interés suspensional, la apariencia del buen derecho y ponderar el interés social. En el ámbito fiscal, el Código Fiscal de la Federación incorpora nuevos supuestos de improcedencia del recurso de revocación cuando se trate de créditos fiscales ya determinados en resoluciones firmes o de solicitudes de prescripción sobre esos créditos.

Asimismo, la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa se alinea con estos cambios, excluyendo de su competencia estas resoluciones, para evitar que se promuevan juicios sobre actos ya resueltos de manera definitiva.

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Autor(a)

Carlos Álvarez Acevedo
Carlos Álvarez Acevedo
Reportero del semanario ZETA Tijuana y del periódico Noroeste de Culiacán, desde febrero de 2016.
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7 COMMENTS

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