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lunes, octubre 13, 2025
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Acusan destrucción de Cañada; “eran aguas negras”: empresarios inmobiliarios

El 4 de septiembre residentes de Playas de Tijuana acusaron que Grupo Ruba y Grupo Musa introdujeron maquinaria al predio conocido como Cañada Azteca, con todo y tratarse de un “área de conservación”. Señalaron la presencia de personal de construcción y la operación de una excavadora al fondo del terreno.

“Están tapando en el fondo de la Cañada. Eso es lo que Ruba y Musa han planeado, porque por eso enviaron el pluvial a un costado”, detalló uno de los inconformes vía red social. De la reubicación del caudal denominado Arroyo Playa Norte, los residentes expusieron que con esa maniobra los desarrolladores habían ganado terreno para construir.

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En la realidad y en el papel, el predio es privado. Identificado con la clave catastral PT-144-000, PT-144-001, PT-144-132, con ubicación en Paseo Playas de Tijuana y una extensión de 8.4 hectáreas, se tiene prevista la construcción del Desarrollo Urbano Civantia.

La empresa urbanizadora Ruba Desarrollos, S. A. de C. V., cuenta con Acuerdo de Urbanización bajo la modalidad de fraccionamiento, suscrito durante el XXIV Ayuntamiento de Tijuana, por Montserrat Caballero Ramírez, en calidad de presidente municipal, así como Miguel Ángel Bujanda Ruiz y Ricardo Alfonso Güereña Castro, en carácter de secretario de Gobierno y director de Administración Urbana.

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Publicado en el Periódico Oficial del Estado el 10 de marzo de 2023, el Acuerdo establece que Civantia “se desarrollará por etapas de acuerdo al proyecto autorizado, con la clasificación de Fraccionamiento de Usos Mixtos Habitacional Multifamiliar en la modalidad de Vertical, Comercial, Servicios y Recreativo”.

El 12 de febrero de 2025, el director de Administración Urbana del XXV Ayuntamiento, Enrique Díaz Pérez, concedió una “ampliación de plazo uso exclusivo de mantenimiento de las obras de urbanización faltantes”, en lo referente al consabido fraccionamiento, “por un período de 12 meses”.

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Gabriela Guinea Trigo, integrante del colectivo Defendamos Playas, refirió a ZETA que la Cañada Azteca “es suelo de conservación” en el que “no se puede construir”.

Explicó que al centro del terreno “corría el Arroyo Playa Norte”, el cual “daba origen a plantas endémicas y algunos animales también, que fueron catalogados como especies en peligro de extinción”.

Acusó que en el gobierno de Montserrat Caballero el Instituto Metropolitano de Planeación de Tijuana estableció que el predio “estaba mal catalogado”, sin haber solicitado asesoramiento del Colegio de Geólogos o de Protección Civil, de tal suerte que redujo “el grado de riesgo” y lo catalogó como “de usos múltiples”.

Sostuvo que un grupo de ciudadanos -entre quienes se incluyó- promovió un amparo a efecto de impedir que Ruba desarrollara en el predio; “pero mientras sigue el pleito legal ellos ya están rellenando la Cañada Azteca para aprovechar ese terreno que es de la comunidad, porque por ahí corría el Arroyo Playa Norte”, observó.

De acuerdo con la activista, un peritaje emprendido durante el proceso jurídico arrojó que “hay permiso de Semarnat y Conagua, pero es falso”, pues “el permiso inicial que les habían dado era para hacer una plataforma marina”, de forma tal que “ese permiso se les venció y de todos modos Conagua les dio supuestamente permiso”.

Guinea igualmente aseguró que ni la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales ni la Comisión Nacional del Agua dieron “permiso para que movieran 45 grados” el Arroyo Playa Norte, en un afán de embovedarlo.

“Ante la impasibilidad de Conagua y Semarnat, el municipio les dio permiso porque ya en ese ángulo el terreno no corresponde a la cuenca de la cañada, sino a las faldas, que son del municipio”, asentó.

Expuso que la desviación del caudal “impide su filtración normal” así como el brote de “vegetación endémica”, con la consecuencia de que “las aves migratorias ya no tienen a qué bajar, ya no tienen sus insectos y pequeños animales para comer”.

En un pronunciamiento difundido el 14 de septiembre Defendamos Playas señaló en alusión a la disposición del predio para erigir Civantia: “El desarrollador insiste en hacer lo que quiere con el poder económico del que disfruta y le permite corromper, incluso si es violatorio del uso de Conservación que dice la Carta Urbana, derivada del PDUCPT 2010-2030”, de modo tal que “la Cañada Azteca sigue siendo destruida sin parar, con soberbia que raya en lo ridículo, obteniendo aquí y allá permisos amañados”.

Ruba procedió a efectuar movimiento de tierras el 1 de septiembre de 2025. Ese día, la empresa dio cuenta de tales trabajos a la Dirección de Administración Urbana y puntualizó que las obras de urbanización de Civantia estaban respaldadas por la prórroga concedida por la DAU el 12 de febrero.

Foto: Jorge Dueñes

“NO SE PONE UNA PIEDRA SI NO SE TIENEN LOS PERMISOS”: DESARROLLADORES

Con motivo de las obras en curso, ZETA consultó a ejecutivos de Grupo Ruba, quienes negaron haber contravenido a la normatividad para dar inicio a los trabajos.

En referencia a los desarrollos de la empresa recalcaron: “No se pone una piedra si no se tienen los permisos”.

Dijeron contar con la Manifestación de Impacto Ambiental y mencionaron que tomó “tres años” para que la Semarnat se las otorgara.

“No hay tal cañada. Eran aguas negras. Ya se entubó. Ya no llegan las aguas negras como llegaban al mar”, afirmaron.

En la Manifestación de Impacto Ambiental, referente al Desarrollo Urbano Civantia, la Semarnat estableció: “El predio ha servido como área para que los usuarios aledaños arrojen escombros, basura, llantas y que debido a las actividades antropogénicas (procedentes de los seres humanos, con efectos en la naturaleza) el predio no cuenta con vegetación de carácter forestal”; la flora en este caso “es de carácter temporal y oportunista, la cual es de vida corta y que abundan en todos los predios”.

En cuanto a la posible presencia de fauna, indicó: “Antes de realizar el proceso de despalme remoción de maleza se realizarán recorridos por toda el área del proyecto para detectar madrigueras o animales susceptibles de rescatarse y se colocarán en zonas de seguridad”.

Al tratarse de un predio colindante con la Zona Federal Marítimo Terrestre, la Semarnat igualmente expuso: “Para contrarrestar los efectos ambientales de las obras colindantes” a la ZFMT “se cuenta con la concesión para ornato y así conservar en buen estado y proteger dicha franja”. Además, “en dicha concesión de la zona federal se plantea la generación de andadores para lo cual se ingresa y se obtiene la autorización positiva del resolutivo para el Manifiesto de Impacto Ambiental”.

En cuanto a los términos de la MIA otorgada a Ruba Desarrollos S.A. de C.V. y emitida el 20 de agosto de 2024, la dependencia federal dispuso que semejante resolución tendría “una vigencia de 15 años para llevar a cabo las actividades de preparación del sitio y construcción de las obras e indefinida para su operación”.

Los ejecutivos aseveraron que con el movimiento de tierras “no se quitó vegetación de la zona” y que se intentaría integrar ejemplares de dedo moro y cactus “a áreas verdes”. Dijeron haberse identificado animales para los que procedería el programa de rescate.

A propósito del embovedado del arroyo, mostraron una exención de MIA otorgada por la Semarnat, en la que la dependencia estableció que “por su ubicación, dimensión y características” tal actividad no rebasaría “los límites y condiciones establecidas en las disposiciones jurídicas referidas a la preservación del equilibrio ecológico”.

Igualmente exhibieron una prórroga de la Conagua para el “embovedamiento del Arroyo Playa Norte, en un tramo de 315.35 m”.

El 13 de agosto de 2020, el Organismo de Cuenca estableció que en razón de las medidas preventivas publicadas en el Diario Oficial de la Federación por la propagación del coronavirus COVID-19, la persona moral (Desarrollos Nueva Tijuana, S.A. de C.V.) “se vio imposibilitada para realizar los trabajos tendientes a cumplir en tiempo y forma con las condiciones que le fueran señaladas en el Permiso de Construcción número 1548”. De tal suerte que declaró “procedente otorgar a dicha persona moral, por única ocasión un término de seis meses para la conclusión de los trabajos señalados”.

En cuanto a los reclamos referentes a que el Arroyo Playa Norte se desvió en un afán de que pasara por un extremo lateral de la Cañada, los ejecutivos de Ruba expusieron: “El Arroyo no venía en línea recta. Venía en diagonal. Se continuó con la trayectoria hasta llevarlo al paso de servicio que autorizó Conagua”.

Indicaron que la Dirección de Infraestructura Urbana Municipal ya había empezado a encajonar el caudal, a partir de dos cuadras atrás (a la altura de Paseo Pedregal). Hicieron hincapié en que a Ruba se le autorizó embovedar un tercer tramo.

 

PENDIENTE “SENTENCIA DEFINITIVA”

En su intento de frenar los trabajos de la desarrolladora, en abril de 2021, los activistas promovieron un juicio de amparo encaminado a revocar “los permisos y licencias otorgados para construir, edificar, urbanizar y comercializar un Desarrollo denominado Pacific View a cargo de Civantia-Grupos Musa-Ruba” y con el argumento de tratarse de una “zona de conservación”.

En una ficha informativa relativa en específico al proceso, los ejecutivos consultados refirieron: “Se ha demostrado en el juicio por parte de Civantia-Grupos Musa-Ruba que cuentan con la totalidad de estudios, permisos y licencias para llevar a cabo las obras de urbanización tendientes a materializar el Proyecto”.

Según ponderaron, el 2 de julio de 2021 “se negó la suspensión definitiva a los referidos quejosos”; el 20 de julio de 2021, los activistas “presentaron un recurso de revisión”; consecuentemente el Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito negó la suspensión definitiva.

En agosto de 2025, fue designado el perito oficial, quien “ratificó el dictamen de la prueba pericial en urbanismo sustentable, el cual concluyó que no se encontró en los instrumentos de planeación urbana vigentes, evidencia de la existencia de alguna declaratoria de protección del Predio ‘Cañada Azteca-Arroyo Playa Norte’ como área especial de conservación”.

El dictamen pericial y las pruebas ofrecidas por ambas partes habrán de ser valoradas en audiencia constitucional, en la que el juez de distrito “emitirá su sentencia definitiva”.

AÚN “SE REQUIERE PERMISO DE EDIFICACIÓN”

En el encuentro periodístico con este semanario los ejecutivos presumieron que por encima del cajón pluvial Ruba desarrollará un área verde: “Desde el Paseo Playas hasta la avenida Pacífico vas a poder bajar por un andador de 12 metros (de ancho) que va a ser público. Eso quedó establecido en el Estudio de Impacto Urbano. Mejorará el acceso a la playa”.

Se refirieron a tres obras a desarrollarse a solicitud de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana: Una estación reductora de presión (“bajando de la Ibero”); un sistema “para solucionar el tema del drenaje sanitario en el fraccionamiento La Perla”; una línea de interconexión en la calle Coral (que “ayudará a que haya mejor presión”).

Si bien el Acuerdo relativo a la acción de urbanización, publicado en el Periódico Oficial del Estado (el 10 de marzo de 2023), refiere que el Instituto Metropolitano de Planeación de Tijuana aprobó un uso habitacional de mil 600 viviendas, los ejecutivos subrayaron que sólo “se van a hacer mil”.

Hablaron de la construcción de nueve edificios: “El Estudio de Impacto Ambiental permitía 25 niveles (por edificio). Se reducirá a 11 niveles”, remarcaron.

Según describieron, cinco torres estarán ubicadas frente al mar y en su mayor parte los edificios podrían contar con “media visión” al océano. Estarán distribuidos en herradura.

Se contempla desarrollar el estacionamiento para los residentes en la modalidad de subterráneo.

La calle principal quedará contigua al fraccionamiento La Perla. De las 8.4 hectáreas que comprende el predio, tres se reservarán para áreas verdes y una para el rubro comercial.

Los ejecutivos mencionaron que actualmente se cuenta con el permiso para la urbanización (consistente en red de distribución y abastecimiento de agua potable; red de drenaje sanitario; sistema de drenaje pluvial superficial y subterráneo; red de electrificación; red de alumbrado público; sistema contra incendio en vías públicas; pavimento de concreto hidráulico en las vías públicas; guarniciones tipo “L” e “I” y andadores de banqueta de concreto hidráulico; estabilización y equipamiento del total de los taludes resultantes; amojonamiento de los vértices que conforman el polígono envolvente; demarcación física de cada una de las intersecciones de los ejes viales; placas metálicas de señales y nomenclatura vial, así como el señalamiento horizontal-balizamiento).

“Para edificar se requiere todavía el permiso de edificación con el Ayuntamiento”, afirmaron.

En alusión al primer edificio aseguraron que la primera piedra se colocará en marzo de 2026.

“Nos lleva un año ocho meses entregar la primera torre, en enero de 2028”, concluyeron.

Gabriela Guinea acusó que con las obras emprendidas por Grupo Ruba-Grupo Musa, se despojó a quienes habitan en Playas de Tijuana de la Cañada Azteca, a la cual se refirió como un lugar en el que llegó a haber “plantas y animales endémicos”, por cuyo centro corría un arroyo.

“Pero como ‘no era muy grande’, según los equipos de ineptitud que juzgaron el tema, los inversionistas prefirieron hacer un jardincito bonito para sus más de 10 edificios y destruir uno de los pocos arroyos riparios que existen en las cercanías de Tijuana” y “para ello tuvieron que hacer trampa y media”, remató.

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Autor(a)

Eduardo Andrade Uribe
Eduardo Andrade Uribe
Licenciado en Comunicación por la Universidad Iberoamericana Ciudad de México; con certificado de terminación de la maestría en Cultura Escrita otorgado por el Centro de Estudios Sor Juana. Activo en semanario ZETA dese 2005.
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