El Cabildo del XVIII Ayuntamiento de La Paz aprobó en sesión pública un programa permanente de descuentos en servicios funerarios, que se implementará para familiares de víctimas de desaparición en el municipio.
De acuerdo con el proyecto aprobado, para hacer efectivo el descuento, el solicitante deberá exhibir original para cotejo y copia de la notificación de localización sin vida, que expide el Agente del Ministerio Público.
El descuento será del 80 por ciento y aplicará cuando se realice el pago en una sola exhibición ante las cajas del área correspondiente del Gobierno Municipal.
Abarcará en todos los derechos por servicios funerarios que presten todos los panteones de La Paz, con estos conceptos: venta de fosa, construcción de gaveta, losas para sellamiento, sellamiento de fosas y servicios de cremación.
El proyecto enfatiza que los servicios de cremación se prestarán únicamente con previa autorización de la autoridad competente, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 271 del Código Nacional de Procedimientos Penales y conforme a la Ley General de Víctimas.
Esta iniciativa fue promovida por integrantes y líderes del colectivo Búsqueda x La Paz, quienes denunciaron que, a pesar de que el Estado, en todos sus niveles de gobierno, está obligado a garantizar los servicios funerarios en estos casos, se habían quedado sin esta garantía.
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Por ello, decidieron buscar a los regidores del Cabildo de La Paz. Aunque el descuento de un 80 por ciento es el único en su tipo en todos los municipios de Baja California Sur, recalcan que la obligación de las autoridades es garantizar este derecho como parte de la reparación del daño y que no es simplemente un “apoyo”.
El Artículo 440 del Protocolo Homologado para la Búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas establece que los costos derivados de la exhumación y restitución serán cubiertos por las autoridades de atención victimal, incluyendo aquéllos en que las personas no hayan muerto como consecuencia de la comisión de un delito, pero la omisión de cualquier tipo de autoridad haya impedido reunirlos con sus familias mientras vivían o restituirles oportunamente sus restos.
En este artículo se enfatiza que a los familiares de personas cuya desaparición sea debida a lo anterior se les considerarán víctimas de violaciones a derechos humanos.
Por otra parte, el Artículo 441 también establece que la notificación de una localización sin vida y el proceso de restitución de restos deben realizarse con atención a las especificidades culturales y religiosas de las prácticas, creencias y rituales mortuorios y funerarios de las familias.
También, la Ley General de Atención a Víctimas en su Artículo 31 subraya la obligación de la Federación, Gobierno del Estado y Ayuntamientos de apoyar a las víctimas indirectas (familiares de víctimas) con los gastos funerarios que deban cubrirse por el fallecimiento de la víctima directa en todos los casos en los cuales la muerte sobrevenga como resultado del hecho victimizante.
La Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, en su Artículo 53, inciso XLII, precisa que la Comisión Nacional de Búsqueda tendrá la atribución de solicitar a la Comisión Ejecutiva y a las Comisiones de Víctimas que implementen los mecanismos necesarios para que a través del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, se cubran los Gastos de Ayuda cuando lo requieran los Familiares de las Personas Desaparecidas por la presunta comisión de los delitos en esta materia.
Debía ser un 100 por ciento: Iris Manríquez
La líder del colectivo Búsqueda x La Paz, Iris Manríquez, señaló que anteriormente perdieron el pago del gasto de panteón, por lo que fueron a buscar al Cabildo de La Paz para promover esta iniciativa.
“Fue algo que nosotros gestionamos. El colectivo gestionó al ver que nos quitaron los gastos de panteón en la Secretaría General. Antes nos daban el apoyo de gastos funerarios y de panteón, pero desde que entró este procurador nos quitaron los gastos de panteón”, reiteró.
La activista mencionó que, aunque se aprobó un 80 por ciento de descuento permanente, la realidad es que la ley establece que debía ser un 100 por ciento.
“Ni siquiera se tenía que haber presentado en el Cabildo, está en la Ley. Ellos tienen que saber que deben ayudar y dar el apoyo de gastos funerarios a las víctimas”, comentó.
Ante este escenario, buscan que esta iniciativa se replique en todos los ayuntamientos de Baja California Sur, no obstante, advierte que se enfrentan al desconocimiento de la ley por parte de alcaldes y alcaldesas.
“Ahora sí que estamos también exigiendo. Ellos nos dicen que es un apoyo; no es un apoyo, como lo dijo el Procurador. Está en la ley, es derecho de las víctimas que hagan el pago reparatorio de gastos funerarios de las víctimas”, declaró.