En lo que va del año, 39 periodistas (28 hombres y 11 mujeres) y 12 medios de comunicación han sido notificados de procesos legales en su contra. Esto equivale, en promedio, a un proceso judicial o administrativo cada cuatro días, denunció la organización Artículo 19 al señalar la existencia de un uso faccioso del marco legal mexicano que “pone en grave riesgo la libertad de expresión y el derecho a la información”.
Al dar a conocer su reporte “Las leyes como mecanismo de censura: Aumento del acoso judicial contra periodistas en México”, Artículo 19 dijo que en tan sólo siete meses de este 2025 se ha superado el número de víctimas registradas en cualquier año anterior. “La violencia contra la prensa ya no se limita a agresiones físicas o amenazas: ahora se traslada a los tribunales mediante demandas, denuncias y procedimientos administrativos o electorales”.
“Preocupa especialmente el uso indebido de la figura de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPEG), diseñada originalmente para combatir la discriminación estructural que enfrentan las mujeres en México. Esta figura se ha convertido en un instrumento para inhibir el debate público, llegando incluso a eliminar publicaciones críticas o incómodas para personas en el poder”, expuso Artículo 19.
En su reporte, la organización indica que los procesos judiciales o ministeriales contra periodistas por sus investigaciones, notas periodísticas o incluso publicaciones en redes sociales pueden conllevar múltiples propósitos como revertir discursos incómodos, eliminar información publicada, y mandar un mensaje colectivo sobre “temas prohibidos” que personas con poder económico o político no quieren que se toquen.
“Contrario a otras formas de agresión, el acoso judicial representa una estrategia de desgaste, de recursos económicos, legales y humanos. Los medios de comunicación y periodistas independientes deben destinar no sólo recursos a responder ante estos procesos, sino inclusive pueden verse acreedores a multas millonarias”, dice el informe.
Publicidad
Artículo 19 refiere que los litigios estratégicos contra la participación pública, o SLAPPs por sus siglas en inglés, buscan enviar no sólo un mensaje individual a quien se le inicia el proceso, sino un mensaje colectivo a todas las personas periodistas o personas defensoras de derechos humanos quienes ejercen su libertad de expresión.
En México, en esta última década, la utilización de procesos judiciales contra la prensa ya se ha convertido en una tendencia común. Hasta este año, con 40 casos, el año 2021 había sido el año con más procesos abusivos documentados contra periodistas por sus publicaciones o investigaciones. No obstante, en tan sólo siete meses del 2025 ya sobrepasó lo registrado en el año con más casos.
“Cada uno de estos casos representa a una persona periodista o medio de comunicación la cuál ha tenido que desgastar sus recursos para defenderse no sólo legalmente, sino incluso en la tribuna pública”, refiere.
Los datos muestran que el 53 por ciento de las entidades federativas ya han registrado al menos un proceso de acoso judicial contra periodistas o medios de comunicación. Esto demuestra que no son algunas personas quienes están abusando del sistema, sino que es una práctica reiterada en el territorio nacional. Los tres estados con más procesos iniciados contra periodistas son Veracruz (10 casos), Ciudad de México (9), y Jalisco (6), siguiéndoles Campeche, Oaxaca y Puebla con 3 casos cada uno.
El reporte señala cómo en algunas entidades, el abuso de la normativa mexicana se ha expandido no sólo a periodistas y medios, sino también a ciudadanos quienes, al publicar en redes sociales, resultan críticos al poder. En ese sentido se menciona el caso de Sonora, donde la ciudadana Karla Estrella fue sancionada por el INE y el TEPJF luego de publicar un tuit que cuestionaba posible nepotismo beneficiando a la diputada Diana Karina Barreras. Como consecuencia, ella interpuso una denuncia por VPEG, y Karla fue multada, obligada a disculparse por treinta días en sus redes sociales, debió tomar un curso sobre violencia de género y además fue registrada como violentadora e infractora en el sistema electoral.
El acoso documentado por Artículo 19 también implica la utilización de distintas vías legales, tanto ministeriales como judiciales, para acosar a quienes ejercen su libertad de expresión. De los 51 casos de acoso judicial documentados, 26 fueron por la vía electoral (50.98 por ciento), 14 por la vía penal (27.45 por ciento), y 11 civiles (21.57 por ciento).
“Preocupan dos tendencias: el uso de marcos normativos electorales en las elecciones 2024 y del poder judicial del 2025, así como el abuso del derecho penal, el más intrusivo de los recursos legales, como una constante en México para silenciar a la prensa”, destaca el informe.
En México, ahonda el documento, los perpetradores del acoso judicial tienden a ser personas con poder público, aunque también se registran múltiples casos por parte de particulares. De los casos documentados, 23 (45.10 por ciento) fueron personas funcionarias públicas (varias de ellas en proceso reelección de su puesto o en proceso de candidatura de uno nuevo), seguido de 18 particulares (35.29por ciento), y con 10 procesos (19.61%) iniciados directamente por partidos políticos y candidaturas (sin un puesto como persona funcionaria al momento de la agresión).
De igual forma destaca cómo de las 23 autoridades que iniciaron procesos contra periodistas, la gran mayoría fueron a nivel estatal, con 14 casos (60.87 por ciento); seguido de autoridades a nivel federal, sobre todo personas candidatas en el proceso de elecciones judiciales de este año (5 casos, 21.74 por ciento); y por último, autoridades a nivel municipal (4 casos, 17.39 por ciento).
De todos los procesos documentados, 25 fueron acusando a la prensa de Violencia Política en Razón de Género. Es decir, prácticamente uno de cada dos procesos de acoso judicial contra la prensa en el país se iniciaron abusando de la normativa de VPEG.
Artículo 19 consideró necesaria la introducción de la protección de los derechos de las mujeres en el ámbito electoral, pero externó su preocupación que esta figura se ha desvirtuado de su propósito y está siendo utilizada de manera abusiva contra periodistas y medios de comunicación de manera desproporcionada.
“La ambigüedad de la norma, así como la interpretación arbitraria sin perspectiva de derechos humanos y de libertad de expresión, ha resultado en limitaciones injustificadas. Inclusive se llega al extremo de ordenar la remoción de contenidos de relevancia pública a través de medidas cautelares. En las resoluciones definitivas se ha ordenado también la suspensión de publicaciones sobre figuras políticas y disculpas públicas en múltiples medios, incluso por varios días, lo que puede considerarse desproporcionado e infamante”, dice.
En ese sentido, es señaló que 5 mujeres periodistas fueron víctimas de acoso judicial por presunta VEPG, resaltando así como el propio instrumento se está utilizando también para acallar a mujeres periodistas.
De esa forma recordó que el 19 de febrero de 2025, la periodista independiente Ruby Soriano recibió una notificación del Instituto Estatal Electoral de Puebla (IEE), en la que se le solicitaba contextualizar una publicación en X (antes Twitter). En ella, Soriano mencionaba que Elvira Graciela Palomares, diputada de la LXIII Legislatura del Congreso de Puebla, ha formado parte de múltiples partidos y alianzas políticas.
Aunque Soriano respondió que su mensaje abordaba exclusivamente la trayectoria política de una funcionaria pública —tema de interés público—, el 25 de febrero el Instituto Electoral le impuso como medida cautelar eliminar la publicación de sus redes sociales. Además, fue citada a un desahogo de pruebas y alegatos el 8 de marzo.
“Lo más grave es que el propio Instituto reconoció que su publicación no constituía violencia política contra las mujeres en razón de género, pero argumentó que algunos comentarios de usuarios sí lo hacían, atribuyéndole a Soriano responsabilidad por expresiones de terceros”, cuestiona Artículo 19.
De igual forma se documentó cómo el 3 de mayo de 2025, el INE emitió medidas cautelares contra particulares, medios digitales y SinEmbargo, por presunta violencia política de género hacia la candidata a Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Magda Zulema Mosri Gutiérrez.
“En el caso de SinEmbargo, la medida se derivó de un video de 12 minutos de análisis político, en el que se mencionó brevemente un vínculo familiar de Mosri Gutiérrez. La orden del INE exigía que, ‘de manera inmediata y en un plazo que no podrá exceder de doce horas […] retiren las publicaciones y/o comentarios que fueron realizados desde sus cuentas…’. La eliminación de un video completo por una única mención —especialmente en el contexto de un debate más amplio sobre nepotismo en el país— resulta desproporcionada”.
El 15 de mayo, añade el reporte, el periodista Héctor de Mauleón y el medio El Universal también fueron objeto de medidas cautelares por parte del Instituto Electoral de Tamaulipas, a raíz de columnas de opinión en las que se señalaban presuntos vínculos de una candidata a magistrada local con redes de huachicol fiscal. La autoridad ordenó eliminar las columnas, bajo el argumento de que constituían VPEG. ZETA/SinEmbargo
Fantastic read! 👏 I really appreciate how clearly you explained the topic—your writing not only shows expertise but also makes the subject approachable for a wide audience. It’s rare to come across content that feels both insightful and practical at the same time. At explodingbrands.de we run a growing directory site in Germany that features businesses from many different categories. That’s why I truly value articles like yours, because they highlight how knowledge and visibility can create stronger connections between people, services, and opportunities.Keep up the great work—I’ll definitely be checking back for more of your insights! 🚀