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lunes, febrero 3, 2025
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Tolín Infante, a un paso de la extradición

A través de un recurso de revisión ante un Tribunal Colegiado en Oaxaca, Héctor Eduardo Infante alias El Tolín Infante, presunto operador del Cártel de Sinaloa en Baja California, gana tiempo para no ser extraditado a Estados Unidos de América, luego que le fuera negado un amparo para que no se materialice su entrega al gobierno del país vecino, donde habrá de ser procesado por el cargo de conspiración para fabricar y distribuir metanfetamina en una Corte de California.

El abogado de Infante, que también utiliza el nombre de Luis Édgar Herrera, fue notificado vía electrónica del fallo el 20 de enero reciente, pues el Juzgado apenas regresó de las vacaciones invernales el día 16. Tras enterarse del revés que pone en riesgo a su cliente de ser remitido a la Unión Americana, el defensor impugnó de inmediato la sentencia y el juicio de amparo será revisado por magistrados del Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Tercer Circuito.

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El juicio de amparo denegado a Tolín Infante por el Juez Octavo de Distrito en el Estado de Oaxaca fue interpuesto desde el 8 de abril de 2024 contra actos de la Secretaría de Relaciones Exteriores y otras autoridades, como lo fue el acuerdo de Extradición Internacional dictado el 26 de diciembre de 2023, por el que se concedió la extradición del quejoso al Gobierno de Estados Unidos de América, para ser procesado ante la Corte Federal de Distrito para el Distrito Central de California, derivado de la acusación en su contra por conspirar con conocimiento de causa e internacionalmente para fabricar, poseer con la intención de distribuir y por distribuir al menos 50 gramos de metanfetamina.

El hombre, actualmente recluido en el Centro Federal de Reinserción Social (Cefereso) Número 13 CPS-Oaxaca, con residencia en San Bartolo Coyotepec, municipio de Miahuatlán de Porfirio Díaz, fue detenido el 2 de julio de 2022 tras ser agredido a balazos al salir de un centro comercial en Playas de Rosarito, Baja California.

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Uno de sus hijos menores de edad -que le acompañaba en ese momento- resultó herido por proyectil de arma de fuego, mientras que un presunto escolta perdió la vida.

Héctor Eduardo Infante es considerado un importante narcotraficante que operaba para la célula criminal de Los Rusos, del Cártel de Sinaloa; sin embargo, en BC sólo fue vinculado a proceso en un Juzgado de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio del Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Baja California, con residencia en Tijuana, por el delito de portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército, ya que después de la balacera fue trasladado a un hospital, donde se le confiscó una pistola escuadra calibre 9 milímetros.

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CARGO EN EU

Tolín Infante salvó la vida milagrosamente, ya que quienes le quisieron matar dispararon por lo menos en 300 ocasiones, pero el mafioso pudo refugiarse en una camioneta pick-up Dodge Ram blanca blindada. Aunque el estado de salud del personaje fue reportado como grave durante varios días, en cuanto fue dado de alta, autoridades le remitieron a la Penitenciaría de Tijuana, pero dadas sus características de perfil de alta peligrosidad, el 17 de octubre de 2022 fue trasladado al penal federal de máxima seguridad en Oaxaca.

Josefina Herrera, familiar del Tolín, tramitó de inmediato dos demandas de amparo en favor de Luis Edgar Herrera, al parecer nombre verdadero del Tolín, una de éstas contra una posible orden de extradición, destierro o deportación; la otra, por supuestos actos de incomunicación, segregación y malos tratos en el Cefereso Número 13.

Para mala suerte, el presunto narcotraficante resultó positivo a una prueba de COVID-19, por lo que ameritó ser trasladado a la Unidad de Ingreso Uno (UI1), a donde son remitidos los enfermos de coronavirus por protocolo de seguridad de ese centro penitenciario.

El primer amparo contra extradición causó sobreseimiento, pues resulta que el asunto apenas se movía en Estados Unidos. El 22 de octubre de ese año, cuando la fiscalía federal de ese país presentó acusación formal contra Héctor Eduardo Infante para ser procesado ante la Corte Federal para el Distrito Central de California, tres días después fue dictada la orden de aprehensión en su contra por el cargo antes descrito.

De las declaraciones juradas de un agente especial de la Administración para el Control de Drogas (DEA, por sus siglas en inglés) y de un informante anónimo, se desprende que Tolín Infante realizaba actividades de narcotráfico, tales como fundar una organización criminal que operaba en México y Estados Unidos, responsable de dirigir, administrar y supervisar actividades de narcotráfico. Se le señaló de ser coconspirador de un sujeto de nombre Miguel alias El Choco, quien presuntamente operaba para el reclamado un laboratorio de conversión de metanfetamina en las zonas de Palmdale, Lancaster, Little Rock y Lake en Los Ángeles, California.

En su declaración jurada, el agente especial de la DEA precisó los datos de identificación de Tolín Infante; además de que incorporó a la solicitud de extradición, una fotografía del extraditable y sus huellas digitales. Tras la petición del gobierno estadounidense a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), el asunto pasó a la Fiscalía General de la República (FGR), que el 9 de enero de 2023, solicitó al Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio del Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Oaxaca, orden de detención provisional con fines de extradición contra el tipo reclamado. El mandamiento judicial fue concedido al día siguiente, y un día posterior a éste, fue ejecutado en el Cefereso 13.

 

SE DEFENDIÓ

En audiencia informativa desarrollada el 16 de enero de 2023, el Juez de Control notificó a Héctor Eduardo Infante el motivo de la detención a solicitud del gobierno de Estados Unidos, decretándose como medida precautoria, prisión preventiva. Con la petición formal de extradición del Tolín, formulada en febrero siguiente vía nota diplomática, el juzgador determinó el 11 de marzo de ese año, decretar la detención formal del reclamado, haciéndole de su conocimiento la solicitud del gobierno norteamericano, por lo que debería permanecer en el Cefereso 13 Oaxaca a disposición de la SRE.

El 29 de mayo siguiente, un  Juez de Control emitió su opinión jurídica sobre el asunto, declarando procedente la extradición de Tolín Infante para ser procesado en California. Posteriormente, el 23 de diciembre de 2023, la cancillería mexicana declaró procedente y fundada la extradición del reclamado para ser juzgado en el vecino país del Norte. Tolín Infante presentó su desacuerdo a través de demanda de amparo el 8 de abril de 2024, donde su defensa argumentó que el acuerdo de extradición reclamado vulneraba su derecho a un debido proceso.

El abogado de Infante refirió en favor de su cliente:  “… las pruebas A y B adjuntadas a la petición formal de extradición, consistentes en las copias certificadas de la acusación formal y de la orden de aprehensión, ambas de 26 de octubre de 2022, solo se acredita la existencia de una acusación formal por un cargo, y la existencia de una orden de aprehensión contra el quejoso, pero considera que no se acredita el grado de razonabilidad que se haya cometido el ilícito por que el Gobierno de los Estados Unidos de América reclama su extradición.

“Refiere que la prueba D, relativa a la declaración jurada de 27 de enero de 2023, del agente especial de la Administración para el Control de Drogas, resulta ser posterior a la orden de aprehensión girada en su contra, sin que refiera los hechos atribuidos al quejoso de manera personal y directa ni realizar las investigaciones que refiere, aunado a que el agente no es testigo por lo que no le constan directamente los hechos sino los supo a través de sus actividades como agente especial”, destaca el litigante en su exposición de derechos fundamentales violados.

La defensa formuló el argumento de que “… los cargos a que será sometido el quejoso de concederse su extradición, alcanzan pena de prisión vitalicia o cadena perpetua, por lo que el Estado Mexicano debió garantizar que el quejoso no se le aplique dicha pena de prisión vitalicia, ya que la misma es inconvencional y vulnera el artículo 22 Constitucional y el derecho a la reinserción social”. También aseguró que “… no se anexaron pruebas suficientes o datos razonables que se haya cometido un delito y que exista la probabilidad de que el quejoso lo cometió o participó en su comisión, como si los hechos hubieran acontecido en territorio nacional”.

El equipo legal de Tolín Infante considera que los cargos no se encuentran soportados en pruebas en su contra, por lo que el acuerdo de extradición carece de fundamentación y motivación, aunado a que  “… en nuestro país no existe la conspiración en materia de delitos contra la salud”. Sin embargo, el Juez de Amparo estimó que no es exigible que el delito por el que se pide la extradición, tenga una misma denominación en ambos países, o que exista identidad entre los elementos que integran los tipos penales en cada Estado, “sino únicamente que en las leyes de ambas naciones, se disponga un castigo para dichos delitos cometido en circunstancias similares, y que la pena privativa de libertad no sea menor a un año”.

En este caso, el equivalente del cargo imputado en Estados Unidos, en México, es el de asociación delictuosa para fabricar y poseer con la intención de distribuir metanfetamina, por lo que el Juez Octavo de Distrito en el Estado de Oaxaca negó al quejoso el amparo y protección de la justicia federal el 30 de diciembre de 2024. Tras ser notificados Tolín Infante y su abogado, fue interpuesto el recurso de revisión, que por lo pronto seguía frenando la extradición el 21 de enero reciente.

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Autor(a)

Luis Carlos Sáinz
Luis Carlos Sáinz
Reportero desde 1989 en W Radio, Promomedios Radio, TV Azteca, Canal Ocho, Grupo ACIR, Ocho Columnas, Associated Press y ZETA; Consejero Editorial en Mural 2010-2011. Autor del libro Rejas Rotas.
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