Alcaldesa de Mexicali pretende imponer cobro de no adeudo de Predial o servicios como requisito para varios trámites; medida recaudatoria y fuera de la Ley de Ingresos
De manera sorpresiva y carente de justificación legal, la administración de Norma Alicia Bustamante en Mexicali busca dinero debajo de las piedras, o al menos podemos decir que de las futuras construcciones previstas en la ciudad y de otros servicios ofertados por el Ayuntamiento de la Capital bajacaliforniana.
El martes 18 de febrero, el gobierno municipal anunció mediante comunicado de prensa, en el que además aparece la imagen de la alcaldesa, que a partir de ese momento, todos los trámites relacionados con licencias de construcción y de espectáculos públicos tendrán un cobro extra de 237 pesos, por concepto de la entrega de una constancia de no adeudo municipal.
Es decir, el Ayuntamiento de Mexicali solicitará como requisito presentar un documento que avale el no adeudo de Impuesto Predial o de algún otro servicio o crédito, cuando ellos cuentan en su base de datos con la información conducente, para lo cual realizarán un cobro.
Los genios jurídicos que rodean a Bustamante le han referido que los certificados de no adeudo representan un ingreso benéfico para la administración y que está perfectamente sustentado, pero la realidad es otra, pues dicho anuncio no tiene un sustento dentro de la Ley de Ingresos de 2025.
El autor de esta columna se dio a la tarea de revisar la Ley de Ingresos vigente en la administración, donde se refieren tres trámites y se solicite dicho certificado, según el Artículo 52, que son los siguientes:
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– Certificado de no adeudo para licitaciones y proveedores del Ayuntamiento.
– Certificado de no adeudo para revalidación de permisos por establecimiento.
– Certificado de no adeudo para revalidación del Permiso de alcoholes y establecimientos para eventos sociales.
Es decir, la organización de eventos públicos como conciertos u obras de cualquier tipo, así como las licencias de construcción, quedan fuera de estos planteamientos, además de que establece como cobro 237 pesos por concepto de 1.99 Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que representaría un total de 226 pesos. No se comprende el origen del monto ni la justificación jurídica para definir ese nuevo cobro.
En una entrevista ante medios de comunicación, la alcaldesa justificó el esquema recaudatorio, afirmando que los trámites de Registro Civil y otros inherentes a la Secretaría del Ayuntamiento no tendrán este impuesto, el cual nunca se ha generado, por lo que resulta contradictorio que presuma no incluir un impuesto que nunca se ha cobrado.
Además del absurdo que representa que el Ayuntamiento de Mexicali pida se le compruebe con un documento que ellos mismos expiden -y cobre por ello- cuando fácilmente puede hacerse a través del recibo del pago de Predial, no existe sustento jurídico en la Ley de Ingresos para realizarlo, lo que podría generar repercusiones legales contra los funcionarios que requieran este recibo, el cual resultó ser una ocurrencia más del gobierno normista. Como el anuncio de Rodrigo Llantada, de buscar que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) congele las cuentas de deudores de Predial, cuando no existe un convenio de coordinación fiscal con el Ayuntamiento de Mexicali y carece por completo de personalidad jurídica para exigir una acción precautoria de esa naturaleza.
A la alcaldesa de Mexicali le están endulzando el oído y haciéndole creer que puede hacer más de lo que la propia Ley permite. Eso sí, sin molestar a los grandes morosos, deudores e influyentes.