Con 110 votos a favor, cinco sufragios en contra y dos abstenciones, el Pleno del Senado aprobó, el 11 de diciembre de 2024, en lo general, las reformas a los artículos 4 y 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para prohibir los cigarrillos electrónicos y vapeadores, así como los precursores químicos y el uso ilícito del fentanilo.
El proyecto en materia de protección a la salud preveía sancionar “toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos que señale la ley, así como la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos, el uso ilícito del fentanilo y demás drogas sintéticas no autorizadas”.
“Queda prohibida la profesión, industria, comercio interior o exterior, trabajo o cualquiera otra de las actividades que refiere el párrafo quinto del artículo 4 anterior”, establece el dictamen aprobado por los integrantes de los grupos parlamentarios de los partidos Morena, Verde Ecologista Mexicano (PVEM), del Trabajo (PT), Acción Nacional (PAN), y del Revolucionario Institucional (PRI). Mientras que los sufragios en contra fueron emitidos por los diputados de Movimiento Ciudadano (MC).
Jorge Carlos Ramírez Marino, senador del grupo parlamentario del PVEM; aseguró que era necesario dejar a un lado el argumento de que la reforma intervenía con las libertades de las personas, a decidir si consumían o no los vapeadores, ya que las modificaciones, según él, buscaban mitigar “una emergencia real”, provocada por su consumo.
Durante el debate en las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, Salud, y Estudios Legislativos, el senador panista Ricardo Anaya Cortés destacvó que el mercado de vapeadores en México era de 20 mil millones, pero en el momento de prohibirlo se volvería un negocio del doble, mismo, que, según él, sería controlado por el mercado negro y el crimen organizado, que traería el producto de China.