La reforma al Poder Judicial fue declarada constitucional por el Senado de la República el viernes 13 de septiembre de 2024 y publicada en el Diario Oficial de la Federación por el Presidente Andrés Manuel López Obrador, dos días después, en plena fecha del Grito de Independencia, precedida de un claro desacato a una serie de suspensiones provisionales y definitivas dictadas en diversos juicios de amparo. Desacato en el que incurrieron legisladores y el propio mandatario, y, sin embargo, quedarán impunes, de acuerdo a la opinión de expertos en el tema.
Tras haberse conseguido la aprobación en 22 congresos estatales, se cumplió uno de los pasos finales del proceso legislativo para que la Reforma Judicial fuese publicada en el principal órgano de difusión del Estado mexicano. López Obrador subió un video en su cuenta de X con motivo de la firma del decreto, “con el propósito de mejorar el Poder Judicial”, toda vez que se requiere “que la justicia llegue a todos, que no haya corrupción en el Poder Judicial, que los jueces, magistrados, ministros apliquen al pie de la letra el principio de que al margen de la Ley nada y por encima de la Ley nadie”.
Sandra Karina Ibarra Carbajal, jueza Sexta de Distrito en materia mercantil en Zapopan, Jalisco, no tiene duda de que publicar la reforma judicial en el Diario Oficial de la Federación (DOF) implica un desacato a la orden del tribunal colegiado para detenerla de manera provisional: “Desacatar la suspensión de un Juzgado federal o de una juzgadora federal es un delito, está previsto en la Ley de Amparo como un delito que implica, incluso, el cese de las funciones de las autoridades que no atienden o no cumplen esa suspensión. En el caso concreto serían las encargadas de publicar, el Presidente de la República, el director titular del Diario Oficial de la Federación, etcétera ¿no?”.
Para la juzgadora se ha roto toda normalidad constitucional en el país y México vive una crisis altamente delicada. Explica que se ha fallado en que “permitimos la concentración absoluta del poder, eso es lo delicado que implica esta reforma, incluso porque tienen en el dominio total la Legislatura, el Ejecutivo, el Ejército, las fiscalías y ahora el último bastión que les faltaba: los jueces y las jueces federales”.
En su opinión, la Fiscalía General de la República sería la facultada para sancionar el desacato, pero ello no ocurrirá porque no es verdaderamente autónoma.
Por su parte, Francisco Burgoa, abogado constitucionalista y docente de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), expresó en una emisión radiofónica de Radio Fórmula que el gran problema en México a lo largo del sexenio, es que el Presidente y su partido tienen el poder, “y ese poder hace que se sientan totalmente impunes, porque esto que estamos viviendo, de que no se acaten esas resoluciones de los jueces de amparo, vía suspensiones provisionales o definitivas”, se ha normalizado.
“Simplemente veamos qué ha ocurrido durante el sexenio, donde la Corte ha dictado sentencias para que el Senado nombre a comisionados del Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) y los han ignorado; y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le ha pedido al Presidente que regrese el mando operativo y administrativo de la Guardia Nacional (de la Secretaría de la Defensa Nacional) hacia la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana. ¿Y qué ha hecho finalmente el Presidente? Seguir manteniendo a la Guardia Nacional”, planteó.
“A lo que voy con esos ejemplos, que son muchos más, es que hay un desprecio del Presidente de la República y del oficialismo hacia cumplir con las resoluciones judiciales”, dijo el jurista.
¿Qué es lo que tendría que suceder?, se pregunta el doctor Burgoa para después responder: “Si viviéramos en un Estado de Derecho, en un Estado donde se respeten las instituciones, que se siga el procedimiento que establece la Ley de Amparo para denunciar esa violación a la suspensión, que hubiera una valoración dentro del Poder Judicial para saber si se admite que se haya violado esa suspensión o no, y si no, que se dé parte al Ministerio Público para que en dado caso llegue este asunto ante la Cámara de Diputados para que se pudiera llevar a cabo un juicio de declaración de procedencia, lo que coloquialmente conocemos como un desafuero, eso no va a ocurrir. Los diputados no se van a auto desaforar ni van a desaforar a los senadores, ni mucho menos al Presidente”, argumentó.
“Aunque el Presidente a partir del primero de diciembre ya no tiene ninguna inmunidad procesal, pero también siguiendo con lo que dice el Artículo 107 constitucional, pudiera llegar en un momento en que los legisladores que no cumplieron con esta resolución pudieran ser destituidos de su cargo. Pero en los hechos se ve muy complicado que se cumpla con lo que jurídicamente se establece en nuestro marco legal y constitucional”, reiteró el catedrático.
Burgoa recordó que actualmente la SCJN se integra de once ministros, pero con la reforma al Poder Judicial se reducirá a nueve. “El ministro Luis María Aguilar concluirá su mandato el próximo 30 de noviembre. ¿Qué ocurrirá entonces? Nada inmediato. A partir del primero de diciembre, la Corte operará con 10 ministros, manteniéndose así hasta el primero de septiembre de 2025, cuando los nuevos ministros rendirán protesta ante el Senado, siempre y cuando la reforma siga vigente”, advirtió.
El 16 de septiembre, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) informó a través de un comunicado que no interpondrá acción de inconstitucionalidad contra la Reforma Judicial porque ésta es un triunfo del pueblo y un avance en materia de derechos humanos, asegurando que ese organismo “no defiende banderas políticas ni es comparsa de estrategias partidistas; eso era antes, hoy se debe al pueblo”.
El ombudsperson agregó: “Propusimos esta reforma el 19 de mayo de 2023 y está incluida en la Recomendación General 46/2022 y en la Recomendación 98VG/2023”.
Por lo pronto, la extensión del paro de los empleados del Poder Judicial se mantendrá hasta que el Consejo de la Judicatura Federal instale una mesa de trabajo y se comprometa a proteger los derechos laborales de las personas que trabajan en tribunales y Juzgados.
En tanto, la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito aclara que el paro de labores, aprobado el 20 de agosto de 2024, busca reclamar la falta de apertura para debatir la ya publicada reforma al Poder Judicial. La agrupación hizo oficial la declaratoria de extensión de la suspensión de actividades en tribunales y Juzgados del país, con excepción de la SCJN, que ya retomó sus actividades.