El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó, el 28 de agosto de 2024, el proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, con el que la autodenominada “cuarta transformación” tendría la mayoría calificada en la Cámara Baja del Congreso de la Unión, para poder realizar reformas constitucionales, entre ellas, la del Poder Judicial de la Federación (PJF).
Los votos a favor del proyecto fueron de los magistrados Mónica Aralí Soto Fregoso (presidenta), Felipe Alfredo Fuentes Barrera y Felipe de la Mata Pizaña (el ponente). Mientras que los sufragios en contra los emitieron Reyes Rodríguez Mondragón y Janine Madeline Otálora Malassis.
Al inicio de la sesión, la presidenta de la Sala Superior del TEPJF denunció que los magistrados fueron víctimas de presiones y amenazas. Sin embargo, advirtió, sin miedo a la crítica, ni la exhibición, según dijo, iban a juzgar las 8 mil 662 impugnaciones contra la sobrerrepresentación, conforme a la Constitución.
“Hoy, como hace 28 años, las magistraturas actuamos con absoluta responsabilidad pública, profesionalismo y con apego a los principios que todo juez y jueza deben cumplir […] Sin temor a las críticas, exhibiciones, presiones externas, incluso amenazas directas e indirectas, personales, institucionales y familiares, por juzgar con libertad y con apego a derecho”, afirmó Soto Fregoso.
Además, la magistrada enfatizó que se impondría el derecho sobre cualquier otra consideración o expectativa. Asimismo, justificó que el TEPJF escuchó todas las posiciones, argumentos e interpretaciones, respecto a la distribución de diputaciones de vía de representación proporcional o plurinominales, al recibir a actores políticos, representantes de organizaciones de la sociedad civil, expertos y autoridades electorales.
“Todos ellos fueron escuchados conforme a un amplio ejercicio de interacción ciudadana que sin duda mejora la calidad y eficiencia de la impartición de justicia, fortalece la tutela de los derechos y contribuye a incrementar la confianza en el ejercicio diario de esta institución”, insistió la presidenta de la Sala Superior del TEPJF..
“Nuestra postura frente a este tipo de asuntos ha sido y seguirá siendo con estricto apego a la Constitución, a los principios que la rigen y a los principios de las elecciones, como son certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, igualdad, máxima publicidad y objetividad que rigen nuestra materia electoral”, agregó Soto Fregoso.
La presidenta de la Sala Superior del TEPJF anunció su voto a favor del proyecto que otorgaba la “supermayoría” de la 4t” en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. Afirmó que el proyecto presentado por el magistrado De la Mata Pizaña era “coherente, congruente y consistente”.
Soto Fregoso realizó un recuento histórico de cómo la Cámara Baja del Congreso de la Unión había cambiado en el tiempo, con la interpretación de las mismas reglas que en la actualidad se discutían.
“Necesitamos hacer un esfuerzo para transmitir la decisión de los jueces y que la distorsión de la Cámara la otorgan los votos”, externó la presidenta de la Sala Superior del TEPJF, al asegurar que no se podía reducir la determinación de la ciudadanía.
Por su parte, Otálora Malassis advirtió que la sobrerrepresentación comprometía la estructura constitucional. Además, acusó que los partidos distorsionaron los principios del tema. También explicó que, según ella, se necesitaba una nueva reflexión respecto a la “supermayoría”.
Ante ello, la magistrada del TEPJF anunció que se separaba del proyecto que planteaba aprobar la sobrerrepresentación de la “4t” en San Lázaro. Añadió que se necesitaba un nuevo análisis, por la adaptación de los partidos para evitar los candados. “Hay que limitar el poder con una adecuada distribución de competencia”, dijo.
En su turno, Fuentes Barrera señaló que las reglas del juego no se podían cambiar, debido a que se podría violentar la certeza jurídica. Insistió que los límites de la “supermayoría” fueron bien interpretados por el Instituto Nacional Electoral (INE).
Además, rechazó la propuesta de una nueva reflexión sobre el tema, como lo planteó Otálora Malassis. El magistrado anunció un voto a favor del proyecto que otorgaba la “supermayoría” a la “4t”, en la Cámara Baja del Congreso de la Unión.
Fuentes Barrera expresó que los límites de la sobrerrepresentación solo se debían aplicar por partido político y no como coalición. “El Tribunal decide sobre la integración del Congreso, no sobre los asuntos que estarán a discusión en el parlamento”, comentó, para luego aseverar que en el marco legal había lineamientos precisos, debido a que cada partido participaba con su emblema, para ser identificado como único.
Mientras que Rodríguez Mondragón planteó que el Congreso de la Unión resolviera las “incongruencias” en las que, según él, se estaba cayendo con las interpretaciones a las reglas de la “supermayoría”. Asimismo, anunció un voto particular parcial contra el proyecto de De la Mata Pizaña.
Además, el magistrado propuso un sistema de doble boleta o contabilizar la subrepresentación. Dijo que los límites de la sobrerrepresentación solo se podrían aplicar por partidos políticos y no por coalición, debido a los mecanismos aprobados desde 2008.
Rodríguez Mondragón explicó que existían mecanismos, como la obtención de al menos tres por ciento de los votos, para obtener espacios plurinominales y el tope de ocho por ciento de representación.
El magistrado detalló que las interpretaciones de los límites de la sobrerrepresentación aplicaban para partidos políticos, como a coaliciones, siempre y cuando cumplieran con criterios como contar con un emblema en la boleta de votación.
De la Mata Pizaña, integrante de la Sala Superior del TEPJF, difundió un proyecto de resolución de su autoría, el 27 de agosto de 2024, respecto la impugnación de los partidos Acción Nacional (PAN) y Revolucionario Institucional (PRI), por la asignación de diputaciones y de senadurías por la vía de representación proporcional o plurinominal, en el Congreso de la Unión, en el que concluyó que cambiar el reparto iría en contra de la certeza del proceso electoral, de la Constitución y de las leyes electorales.
“Les comparto el proyecto de resolución del SUP-REC-3505/2024 y acumulados, relativo a la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional”, escribió el magistrado, en su cuenta de la red social X, antes Twitter, en la cual adjuntó una liga para descargar el documento de 64 cuartillas de extensión.
De la Mata Pizaña propuso a sus homólogos de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dar la mayoría calificada en la Cámara Baja del Congreso de la Unión, a los grupos legislativos de Morena y aliados, los partidos Verde Ecologista Mexicano (PVEM) y del Trabajo (PT), durante la LXVI Legislatura, que comenzaría el 1 de septiembre de 2024.
“Se confirma el acuerdo con Consejo General del INE por el cual asignó las diputaciones federales de representación proporcional”, establece la propuesta del magistrado, con el que también se validaría la fórmula de asignación de legisladores que aprobó el Instituto Nacional Electoral (INE) y que dio mayoría calificada a Morena y sus aliados en San Lázaro.
“Esos planteamientos resultan inoperantes, precisamente porque esta Sala Superior ha concluido que el Consejo General del INE desarrolló la fórmula de conformidad con lo previsto en la Constitución, en la legislación y en el acuerdo del INE, así como con los precedentes y línea jurisprudencial, sin que sea jurídicamente posible una interpretación diferente […] En consecuencia, se debe estar a lo resuelto en las consideraciones de esta sentencia, dada la ineficacia de los argumentos que controvierten la forma de interpretar el artículo 54 de la Constitución y el cálculo de la sobrerrepresentación”, indicó De la Mata Pizaña, en su proyecto.
“Este órgano jurisdiccional considera que la asignación del Consejo General del INE fue correcta, pues atendió a los parámetros constitucionales previstos para la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional, por lo que no es dable adoptar los escenarios alternativos planteados por los promoventes, ya que se traducen en la modificación injustificada del citado mecanismo”, señaló el magistrado.
“Por lo tanto, no hay posibilidad de que este órgano interprete el porcentaje de sobrerrepresentación (+8%), o bien, la fórmula a través de fuerza mayoritaria que aportó, en los términos en que proponen los promoventes, porque en cada caso implicaría una modificación a la manera en que se ha aplicado el artículo 54 constitucional; cuestión que, como se adelantó, sería contraria a los principios de certeza y la propia estabilidad de los precedentes de esta Sala Superior”, explicó De la Mata Pizaña, en el documento.
En sesión extraordinaria, el Consejo General del (INE, aprobó, el 23 de agosto de 2024, el proyecto de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del órgano constitucional autónomo, que los grupos legislativos de Morena, PVEM y PT, tuvieran el 72.8 por ciento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, es decir, 364 legisladores, basándose en la fracción V, del artículo 54 constitucional, respecto a la sobrerrepresentación, por coalición y no por partido político, reformado el 3 de septiembre de 1993.
Guadalupe Taddei Zavala, Norma Irene De La Cruz Magaña, Uuc-Kib Espadas Ancona, Arturo Castillo Loza, Carla Astrid Humphrey Jordan, Jorge Montaño Ventura, y, Rita Bell López Vences, votaron a favor de las 364 diputaciones a Morena y sus aliados. Mientras que Beatriz Claudia Zavala Pérez, José Martín Fernando Faz Mora, Dania Paola Ravel Cuevas, y Jaime Rivera Velázquez sufragaron a favor de las 317 diputaciones a Morena, PT y PVEM.
Por otra parte, el Consejo General del INE aprobó, por unanimidad, la nueva integración del Senado, por lo que los partidos de la autodenominada “4t” tendrían 83 escaños, de los 128, y necesitarían tres más para lograr la mayoría calificada.
Morena tendría 60 senadores, el PVEM 14 y el PT 9, lo que significaría el control del 64 por ciento de la Cámara Alta del Congreso de la Unión. Mientras que los partidos de la oposición contarían con 45 de ellos. Acción Nacional (PAN) con 22, el Revolucionario Institucional (PRI) con 16, Movimiento Ciudadano (MC) con cinco, y, el de la Revolución Democrática (PRD) con dos.