Después de acusar al Poder Judicial de la Federación (PJF) por los llamados “sabadazos”, el presidente Andrés Manuel López Obrador consideró que el cambio de medida cautelar a Mario Plutarco Marín Torres, ex gobernador de Puebla -de 1 de febrero de 2005 al 31 de enero de 2011 y presunta responsabilidad por el delito de tortura en agravio de la periodista y activista, Lydia Cacho Ribeiro-, era un ejemplo de dicho tipo de prácticas.
Durante su conferencia de prensa matutina -llevada a cabo desde el Salón Tesorería del Palacio Nacional-, el titular del Poder Ejecutivo Federal afirmó que sus adversarios protegían al ex mandatario estatal poblano, porque, según él, les ayudó en el fraude electoral del 2006.
“Está el caso reciente del fin de semana, otro sabadazo de un juez o una jueza que le está dando libertad al señor Marín, que fue Gobernador de Puebla, ya dio la orden de que se libere, un juez”, se quejó el político tabasqueño.
“¿Saben qué hacían estos porque son lo mismo, sobre todo en pensamiento, protegían al señor Marín y ¿saben por qué lo protegían? Porque el señor Marín les ayudó en el fraude electoral de 2006”, dijo el mandatario nacional.
“Primero, lo acusan, viene una denuncia de Lydia Cacho y va de candidato del [Partido Acción Nacional] PAN, Felipe [de Jesús] Calderón [Hinojosa] a Puebla a decir: si gano, voy a meter a la cárcel a Marín”, agregó el presidente de la República.
“De repente viene la elección y como les ayuda en el fraude electoral, lo exoneran, ya Calderón no vuelve a decir nada, porque les ayudó en el fraude electoral”, afirmó el titular del Poder Ejecutivo Federal.
“Pasa el tiempo, lo vuelven a meter a la cárcel porque continúa el juicio y ahora lo liberan, por eso no quieren que se reforme el Poder Judicial, pero esa es una cuestión, vamos a decir, rutinaria. Ya hemos aquí demostrado cómo aplican los sabadazos y este es otro sabadazo”, comentó López Obrador.
El 10 de febrero de 2020, el Juzgado Segundo de Distrito en Quintana Roo dictó auto de formal prisión contra de a Marín Torres, ex gobernador de Puebla, por el delito de tortura en agravio de la periodista y activista, Cacho Ribeiro.
El 4 de febrero de 2020, elementos de la FGR, trasladaron a Marín Torres a Benito Juárez (Cancún), Quintana Roo, donde ingresó, aproximadamente a las 00:00, al Centro de Readaptación Social (CERESO), donde fue puesto a disposición de un juez de control federal, acusado por el delito de tortura en agravio de la periodista Cacho Ribeiro, ocurrido en 2005.
Alrededor de las 14:30 horas del 3 de febrero de 2020, el llamado “Góber precioso” fue detenido por agentes de la Policía Federal Ministerial de la FGR, durante un cateo a un inmueble, que resultó ser el domicilio particular de Alicia Marín Torres, hermana del ex mandatario estatal, ubicada en la calle Zitlaltepece, colonia Cumbres de Figueroa, en Acapulco, Guerrero, a menos de un kilómetro de la avenida Costera Miguel Alemán.
Tras rendir su declaración y ser revisado por un médico legista en la Subdelegación de Procedimientos Penales de la FGR de dicha entidad -ubicada en la avenida Mediterráneo, en el fraccionamiento Hornos Insurgentes-, el ex gobernador de Puebla fue llevado al hangar de la Fiscalía, escoltado por elementos federales, donde abordó la aeronave oficial que lo llevó a Quintana Roo.
“La jueza #AngélicaOrtuñoSuarez le impone una multa de sólo 100 mil pesos (al Gobernador que tiene un chalet en Suiza), lo libera justo en la recta final en que esperábamos la sentencia firme por tortura. Así el poder del ex gobernador de Puebla dentro del Poder Judicial @SCJN”, denunció la periodista, el 10 de agosto de 2024, en su cuenta de la red social X.
Según lo enfatizó Cacho Ribeiro, la jueza señaló que el ex mandatario estatal poblano no ameritaba prisión preventiva, por los delito de tortura y protección de redes de trata infantil, que se le imputaban.
Según la organización por la defensa de la libertad de expresión y el derecho a la información, Artículo 19 para México y Centroamérica, que representaba a la periodista ante el Estado mexicano, anunció, el 10 de agosto de 2024, que impugnaría el cambio de medida cautelar concedido a Marín Torres, para que enfrentara su proceso en libertad.
A través de un comunicado, la ONG señaló que también presentaría un recurso contra el beneficio otorgado al ex director de la Policía Judicial en Puebla, Hugo Adolfo Karam Bernal quien el 6 de agosto de 2024 consiguió continuar con el juicio en su contra, fuera de la prisión.
Karam Bernal, fue detenido, a las 08:42 horas del 13 de julio de 2023, sobre el Boulevard Miguel Alemán, en Boca del Río, Veracruz, por elementos de la Policía Federal Ministerial, de la Fiscalía General de la República (FGR), por su presunta responsabilidad por el delito de tortura, ocurrido en 2005, en agravio de la periodista y activista.
Según lo informaron medios locales, basados en una ficha del Registro Nacional de Detenciones, el detenido, quien llevaba cuatro años prófugo de la justicia, quedó a disposición de un juez federal del Primer Tribunal Unitario del Vigésimo Séptimo Circuito.
Karam Bernal era buscado desde 2019, cuando María Elena Suárez Préstamo, magistrada deel Primer Tribunal Unitario de Quintana Roo, libró una orden de aprehensión en contra del ex funcionario estatal, por el delito de tortura en contra de la periodista, ocurrida en 2005.
“Artículo 19, como representantes y acompañantes de Lydia Cacho, estarán impugnando ambos procesos y nuevamente exhortamos a que estos casos se resuelvan tomando en cuenta las particularidades y riesgos existentes en este asunto particular”, dijo Artículo 19.
“Lydia Cacho sigue forzada a vivir fuera del país, sin las garantías de seguridad para ejercer su labor periodística en México”, detalló la ONG, que también informó que, el 10 de agosto de 2024, se llevó a cabo la audiencia sobre revisión de medida cautelar para Marín Torres.
La titular del Juzgado Segundo de Distrito en Quintana Roo, Angélica del Carmen Ortuño, determinó revocar la prisión preventiva justificada en la que había permanecido Marín Torres y ordenó su libertad bajo las siguientes condiciones: dejar una garantía económica, prohibición de salir del país, prohibición de acercarse a la víctima, vigilancia y resguardo domiciliario, así como la portación de un brazalete electrónico.
“Artículo 19 reitera que la liberación de ambos procesados no es una absolución. Ambos continúan bajo proceso y queda pendiente el dictado de sentencias que resuelvan el fondo del proceso penal por el delito de tortura que se les imputa”, apuntó la organización no gubernamental internacional.
Además, la ONG indicó que, aunque reconocía que la prisión preventiva oficiosa, como política punitiva de Estado en cientos de casos podría ser violatoria a los derechos humanos, existían situaciones particulares como la de Cacho Ribeiro, en la que era necesario mantener a los presuntos responsables en prisión.
“En el caso actual se han presentado por la defensa de Lydia Cacho una serie de pruebas que acreditan no sólo los posibles riesgos de fuga del procesado, sino también de riesgos contra la víctima, una mujer periodista víctima de tortura”, refirió Artículo 19.
La periodista fue detenida en Benito Juárez (Cancún), Quintana Roo, en 2005, por la probable comisión de los delitos de difamación y calumnias, cargos presentados por el empresario de origen libanés Kamel Nacif Borge, mejor conocido como “El rey de la mezclilla”, a causa de la publicación del libro, ‘Los Demonios del Edén’, en el que Cacho Ribeiro documentó trata de personas, prostitución infantil y pederastia.
La periodista fue trasladada por tierra desde Cancún a Puebla. En su momento se dieron a conocer audios de las llamadas entre Kamel Nacif y Marín Torres, en las que el entonces gobernador manifestó su apoyo al empresario para imponerle un “correctivo” a la periodista.
Mismo que mostró su complicidad en la detención de la periodista, tal como lo determinó el Comité de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas (ONU-DH), que el 2 de agosto de 2018, falló a favor de Cacho Ribeiro y exigió al Estado Mexicano reparar integralmente a la comunicadora.
“Ayer le acabé de dar un pinche coscorrón a esta vieja cabrona, aquí en Puebla se respeta la ley, aquí no hay impunidad, no se quiera hacer la víctima y no quiera estar aprovechando para hacer publicidad”, expresó en aquel entonces Marín Torres a Nacif Borge.
Cacho Ribeiro fue detenida el 16 de diciembre de 2005, por la entonces Policía Judicial de Puebla, en la ciudad de Benito Juárez (Cancún), Quintana Roo, afuera del Centro Integral de Atención a la Mujer y sus Hijos A.C. (CIAM), para luego ser trasladada por carretera hacia la capital poblana.
La periodista fue aprehendida por la probable comisión de los delitos de difamación y calumnias, cargos presentados por Nacif Borge, a causa de la publicación del citado libro, en el que Cacho Ribeiro documentó trata de personas, prostitución infantil y pederastia.
Durante el trayecto de más de 23 horas, la periodista fue sometida a tortura, además de que luego quedó demostrada la discriminación de género, razón de la tortura y el trato sexualizado. A pesar de ser la víctima, el 23 de diciembre de 2005 la juez Quinto de lo Penal de Puebla dictó auto de formal prisión contra Cacho Ribeiro, por los delitos de difamación y calumnia.
Sin embargo, tras el pago de una fianza, la periodista consiguió su libertad, pero fue obligada a firmar cada mes. Después, el 17 de enero de 2006, Cacho Ribeiro fue exonerada tras una apelación de su defensa ante el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla.
El 13 de marzo de 2006, la periodista interpuso una contrademanda ante la entonces Procuraduría General de la República (PGR) y la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Relacionados con actos de Violencia en Contra de las Mujeres (FEMIV).
El caso llegó a la Suprema Corte de Justicia de Nación (SCJN), donde se conformó una Comisión Investigadora. Sin embargo, el Pleno de la Sala Superior se abstuvo de señalar al ex gobernador como supuesto responsable de la violación a las garantías individuales de la periodista.
Ello debido a que supuestamente no se demostró la existencia de una falta grave a los derechos de Cacho Ribeiro, en términos del artículo 97 constitucional, motivo por el cual, a decir de la SCJN, no era necesario un pronunciamiento sobre el caso, con lo que Suprema Corte de Justicia de la Nación concluyó el asunto.
El Pleno de la Primea Sala de la SCJN indicó que si bien la Comisión Investigadora puso al descubierto algunos actos indebidos y violación a las garantías individuales de la periodista, durante su traslado de Quintana Roo a Puebla, estas no fueron graves, sino “menores”, por lo que desechó la existencia de un “concierto de autoridades” para atentar contra Cacho Ribeiro.