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martes, septiembre 17, 2024
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Agentes de la Guardia Nacional cobran impuestos de más en aduana de Tijuana

Un ciudadano tijuanense, quien prefirió el anonimato para evitar represalias, fue supuestamente estafado por agentes de la Guardia Nacional en la Garita El Chaparral el pasado 18 de julio, pues los elementos le cobraron 700 pesos de impuestos por sus compras, alegando que excedía el monto de su franquicia, que es de 150 dólares para residentes de la franja fronteriza. Sin embargo, estos no eran aplicables ya que los productos que traía se consideran parte del equipaje personal.

“Cuando venía de San Ysidro traía tres bolsas de compras de Las Américas y cuando me revisaron me pidieron las notas de las compras; se las enseñé, pero se hicieron bolas y no sabían cómo contabilizar el impuesto. Al final me cobraron lo que quisieron, ni siquiera se basaron en la ley”, expresó el afectado.

De acuerdo al Título Tercero de las Reglas Generales del Comercio Exterior 2024, entre los productos que se consideran como equipaje personal -y por lo tanto no están sujetos a impuestos- están ropa, calzado, y  un máximo de 10 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco, tres litros de bebidas alcohólicas y seis de vino.

El ciudadano sólo traía consigo ropa interior para su mujer, mientras que, para él, un saco y un par de pantalones, así como un par de tenis, que juntos sumaron 390.08 dólares; y adicionalmente una botella de dos litros de tequila de regalo. O sea que los oficiales de la Guardia Nacional le cobraron impuestos que no debían, aplicándole el descuento de la franquicia de 150 dólares al no respetar que los productos eran parte de su equipaje, dejándolo con 240 restantes, pero aplicándole el 16 por ciento del impuesto; dando un total de 38 dólares que, convertidos a pesos, fueron 691 de impuestos, cantidad que a su vez redondearon a 700.

En opinión del Director General de la Agencia Aduanal Grupo Logix, Esteban Quintanilla Ancira, esto, no debió suceder.

“Primero se tendría que ver qué mercancías traía consigo y ver cuáles aplican dentro de su equipaje personal. Si trae ropa acorde a su viaje eso no debería ser sujeto de impuesto; si trae tenis, aunque sean nuevos no pasa nada, es su equipaje. ‘Oye traía una botella de licor’, pues dentro de su equipaje personal tiene derecho hasta tres litros de alcohol y seis de vino, entonces el alcohol que traía consigo tampoco debería ser sujeto de pago de impuesto. Si traía eso nada más, no le deberían de haber cobrado”, explicó.

 

¿Qué productos se consideran parte del equipaje personal y están exentos de impuestos?

Entre los productos que se consideran equipaje personal y están exentos al pago de impuestos están los de aseo y de belleza, que sean acordes a la duración del viaje; artículos para bebés; dos cámaras fotográficas o de video, material fotográfico; tres equipos portátiles de telefonía celular; un equipo de GPS; una agenda electrónica, una laptop o similar; una copiadora o impresora portátil; entre otros que se pueden consultar en https://anam.gob.mx/equipaje-y-franquicia/.

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Autor(a)

Ana Karen Ortiz
Ana Karen Ortiz
Licenciada en Comunicación por la UABC con diplomado en Periodismo de Investigación por Voces Emergentes. Me interesan los temas de protesta social. Reportera desde 2021 en Tijuana, Baja California.
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