El Pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión aprobó por unanimidad, el 3 de abril de 2024, una reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor, para prohibir a los proveedores de bienes, productos y servicios, al cobrar comisiones o cargos a los consumidores, por el pago con tarjetas de crédito o débito.
Avalado con 446 votos a favor de los integrantes de todos los grupos parlamentarios de San Lázaro, el proyecto -turnado al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación-, prevé sancionar las infracciones a dicha disposición, con multas de 701.15 a 2 millones 243 mil 671 pesos.
Según el dictamen de la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad de San Lázaro, algunos establecimientos comerciales realizan el cobro de una comisión o recargo que puede ir de 3 a 5 por ciento sobre el valor total de la compra o servicio, cuando el pago es realizado mediante tarjeta de crédito o débito.
Sin embargo, para la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), dichos cobros incumplen los contratos que los comercios suscriben con las instituciones bancarias para el uso de “terminales punto de venta”, y según los cuales, el pago con tarjetas no debe repercutir en el precio de bienes y servicios.
“Queda prohibido que los proveedores de bienes, productos o servicios cobren comisiones, montos, cargos adicionales o equivalentes a los consumidores cuando estos utilicen como medio de pago tarjeta de débito, crédito o medio de disposición físico de recursos”, indica la adición de un nuevo artículo 7 ter de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Mientras que en el Artículo 127 de la misma Ley, se agregó la inclusión del Artículo 7 Ter en la aplicación de sanciones, en caso de que se cobren comisiones el consumidor por el uso de tarjetas de crédito o débito.