El Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California ordenó al Instituto Estatal Electoral considerar las sentencias que se hayan emitido previo a la implementación de las reformas al artículo 38 Constitucional, de manera que el Organismo Público Local pueda verificar a plenitud que los aspirantes a las alcaldías y las diputaciones locales no estén impedidos de registrarse como candidatos.
En sesión pública celebrada este miércoles 27 de marzo, el TJEE, presidido por el magistrado Jaime Vargas Flores, además vinculó al Poder Judicial del Estado para que brinde apoyo necesario a efecto de que el órgano electoral cuente con información de posibles antecedentes de los aspirantes, en cuyo caso, siempre y cuando no hayan incurrido en alguno de los supuestos que establecieron las reformas al artículo 38, podrían registrarse como contendientes a partir de mañana y hasta el 8 de abril.
La sentencia del Tribunal fue emitida una vez que el Partido Acción Nacional y Movimiento Ciudadano impugnaron los lineamientos emitidos por el IEE para el registro de candidatos, en cuyo conglomerado no determinó que se revisaran las sentencias emitidas con antelación a la entrada en vigor de las reformas, lo cual equivale al 30 de mayo de 2023, y tampoco estableció mecanismos para revisar los posibles antecedentes de los participantes.
En cuanto a “la reforma antes citada, también conocida como ley 8 de 8”, el magistrado presidente detalló que “es muy clara al establecer” entre otras disposiciones, que “las personas declaradas deudores alimentarios en mora con sentencia firme y vigente no puedan ocupar cargos públicos de índole alguna”.
El 6 de marzo, Morena dio a conocer que el entonces dirigente estatal del partido, Ismael Burgueño Ruiz, había sido elegido por esa fuerza política candidato a la alcaldía de Tijuana. Ello con el pormenor de que en 2015 el político tijuanense adquirió estatus bajo el supuesto de persona sentenciada y declarada como deudor alimentario moroso y en 2018 se declaró infundado un recurso de apelación promovido por el hoy precandidato.
El representante de Movimiento Ciudadano ante el Instituto Estatal Electoral, Alejandro Jaen Beltrán refirió a ZETA que los partidos no están en viabilidad de conocer si una persona ha sido sentenciada en materia familiar.
“La recomendación era que se hiciera un convenio de colaboración para que los OPL revisaran con el Poder Judicial. El IEE no hizo el convenio de colaboración. Nunca se firmó con el Poder Judicial del Estado. En tema de alimentos no hay carta de no antecedentes. Tienes que verificar si se encuentra en mora o no. Por eso mismo tenías que haber hecho un convenio de colaboración”, expuso e indicó que ello dio lugar a que se impugnaran los lineamientos.
En alusión a Burgueño Ruiz remarcó que la impugnación no se interpuso en contra de candidato alguno. En todo caso se procedió en contra de los lineamientos.
“Nosotros tenemos conocimiento que él es como el precandidato, aquí hay una cosa que hay que resaltar, no conocemos cuál es su procedimiento personal, es un tema personalísimo, tendría que ser una autoridad que pida un informe para revisar cuál es su situación actual, los procedimientos judiciales son personalísimos”, aseveró.
De ahí que a partir de la sentencia del Tribunal el IEE podrá establecer si el precandidato de Morena o algún otro pretenso incurren en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 134, sugirió el entrevistado. “No estamos impugnando a ningún candidato, sino los lineamientos, porque no tienen esos mecanismos para revisión de candidaturas que ordena esa reforma constitucional”, remató.