Desde 2019, el crematorio Santana ofrece servicios de incineración de cuerpos en Tecate, con un costo que actualmente ronda los 30 mil pesos el servicio completo; se estima que en 2023 ha incinerado diez cuerpos por mes, es decir, 80, cifra que se triplicó durante la pandemia, según registros del establecimiento.
ZETA consultó a Alicia Ravelo, directora de Protección al Ambiente del gobierno municipal, sobre la situación que, de acuerdo con vecinos, no está en los protocolos de seguridad, a lo que dijo, “se tiene un registro de dos crematorios que operan en la actualidad: uno que pertenece al Gobierno del Estado, ubicado en la colonia Paso de lo Águila, y uno particular instalado desde 2019 en la colonia Encanto Sur”, confirmando así que “se han recibido denuncias de vecinos”.
Como en el crematorio del Estado, sobre el cual vecinos denunciaron una densa columna de humo color negro proveniente del horno, asistieron a una inspección, “pero este (humo negro) derivó de que la persona encargada quemó cartón dentro del horno, pero ya fuimos a una cremación y vimos cómo funciona su horno, funciona con agua que retiene los contaminantes como un filtro y sale solamente en vapor; ellos están en trámite para el permiso de emisiones, en cuanto lo tengan, nos darán una copia de que ya tiene su permisos”, indicó Ravelo.
En el caso del crematorio Santana, se hizo la revisión, se acudió a una cremación “y vimos que no cumple con la normativa, no se le va dejar operar hasta que tenga los permisos y haga las modificaciones de las observaciones que se les hizo entrega”, confirmó.
Santana ya tiene en trámite la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) estatal y “no vamos a permitir su operación hasta que regularice su situación, por lo que también fue sancionado monetariamente”, reiteró.
Estudios de expertos en el tema de incineración y consecuencias en la salud, señalan que dioxinas y furanos, óxidos de carbono, óxidos de nitrógeno, material particulado (PM10, PM2.5), emitidas durante la incineración, causan efectos nocivos a la salud pública, entre otros agentes contaminantes.
Las principales emisiones de los crematorios son óxidos de nitrógeno, monóxido de carbono, dióxido de azufre, partículas, mercurio, Compuestos Orgánicos Volátiles No Metanoides (COVNM), otros metales pesados y algunos Componentes Orgánicos Persistentes (COP).
Las tasas de emisión dependen del diseño del crematorio, la temperatura de combustión, el tiempo de retención del gas en la cámara secundaria, el diseño y la temperatura del conducto y otros dispositivos de control del horno. El dióxido de carbono resultante en la combustión de cada cremación libera alrededor de unos 400 kilos de CO2 a la atmósfera (dato basado en el cálculo de 0,4 kg de CO2 x kWh). De todas estas, sólo 27 kilogramos de CO2 corresponden al cadáver.
Las partículas orgánicas a base de carbono deben eliminarse en la cámara de combustión secundaria y mediante un ajuste y funcionamiento adecuados del equipo de cremación, mientras que las emisiones de mercurio se originan en las ortodoncias dentales que pueden contener de 5 a 10 gramos, según la cantidad y los tipos utilizados.
De acuerdo con Ravelo, los hornos crematorios impactan significativamente al ambiente del entorno y las emisiones liberadas en el proceso de la cremación de cadáveres son en ocasiones causa principal de emergencias de calidad ambiental en las ciudades, aunado a que generan afectación a la salud pública de los habitantes que actúan como receptores directos de estas emisiones, creando afectaciones a la salud particularmente a quienes ya sufren de enfermedades cardiovasculares y respiratorias.
Según los archivos recopilados del gobierno Municipal, el crematorio Santana tramitó ante el Municipio una anuencia ambiental para la construcción en 2015, así como dictamen de uso de suelo y edificación en el mismo año, laborando actualmente sin cumplir lo estipulado en los artículos 29, 137, 142,144 del Reglamento de Protección al Ambiente para el Municipio de Tecate y las normas 009 1993 SCFI, 010 2001 SCFI, NMX 054 1978, NOM-043-SEMARNAT-1993, NOM-085-SEMARNAT-2011; además de operar sin anuencia ambiental municipal y MIA estatal, Artículo 349 Bis de la Ley de Salud, el cual indica que, para el caso de la cremación de cadáveres, los prestadores de servicios funerarios deben cumplir con los protocolos necesarios para su funcionamiento, apegándose en todo momento a lo que establecen las Normas Ambientales y Sanitarias relativas a esta actividad. Asimismo, es señalado de no tener el estudio de emisiones a la atmósfera actualizado, por lo que Alicia Ravelo expresó que la Dirección a su cargo está valorando la negación de la anuencia ambiental por los daños a la salud que generan las emisiones en la población.
ZETA consultó la opinión de vecinos cercanos a ambos crematorios, quienes dijeron, no se les tomó en cuenta previo a la colocación de este tipo de lugares: “El de aquí de Paso de Águila, ellos sabían, conocían que había escuelas primarias, preescolares, residentes a metros y no hicieron nada por detener la construcción, aun cuando se les requirió en diversas ocasiones”.
Mientras que vecinos del crematorio Santana, ubicado en Encanto Sur, refirieron que llevarán a cabo una reunión entre colonos tras haber detectado una serie de enfermedades que serían generadas por la exposición a partículas emitidas de los cuerpos incinerados, por lo que en próximos días emitirán un posicionamiento.