El presidente Andrés Manuel López Obrador calificó, el 12 de abril de 2023, como un “error garrafal”, que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declarara inconstitucional la transferencia operativa, presupuestaria y administrativa de la Guardia Nacional (GN) a la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA).
Asimismo, el político tabasqueño reiteró que no había sustento a las acusaciones de que el país se iba a militarizar. También aseguró que en dado caso de que la GN no estuviera adscrita a la SEDENA, se daría continuidad a la política de Genaro García Luna -titular de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) durante el Gobierno de Felipe Calderón Hinojosa-, cuando la ahora extinta Policía Federal (PF), “se echó a perder y se corrompió”.
“Falta todavía ver qué van a resolver los ministros de la Corte, porque está todavía en proyecto este asunto, se va a votar pues creo que hasta la próxima semana y ojalá lo piensen bien. Si declaran inconstitucional la ley en la materia y se impide que la Guardia Nacional dependa de la SEDENA va a ser un grave error, un error garrafal”, señaló el presidente de la República.
“Sería muy irresponsable, de veras un daño al país. Y si fuese así, si resolvieran los ministros que no debe la SEDENA hacerse cargo de la Guardia Nacional, como sucede en otros países. Vamos nosotros de todas maneras a cuidar que no se eche a perder, pero es muy importante inscribirla en una institución sólida, que es un pilar del Estado mexicano, la Secretaría de Defensa”, consideró el mandatario mexicano.
“Ojalá los ministros piensen en la seguridad de la gente, de la importancia que tiene que la Guardia Nacional dependa de la SEDENA como la Fuerza Aérea, como el Ejército, estamos hablando de aprovechar escuelas, disciplina, todo el legado de una secretaría para que se mantenga con honestidad esta corporación”, apuntó el presidente.
“Ojalá y analicen bien el caso, profundicen, que hagan una revisión de cómo se han comportado las corporaciones policiacas en los últimos tiempos”, dijo el titular del Poder Ejecutivo Federal, durante su conferencia de prensa matutina, llevada a cabo desde el Salón Tesorería del Palacio Nacional.
“Acerca de que se va militarizar el país eso no tiene sustento, lo he dicho aquí varias veces, eso puede aplicarse en otros países, se militarizaron los países del cono sur, el Ejército mexicano es otra cosa. Aquí los militares de más alto rango, los militares de división no pertenecen a la oligarquía, no son potentados, la mayoría son hijos de comerciantes, obreros, comerciantes, mecánicos, profesionales, gente de bien, el Ejército es pueblo uniformado”, insistió López Obrador.
“La única manera de que la Guardia Nacional se mantenga como hasta ahora, como una corporación para realmente defender y proteger a los ciudadanos, es que dependa de la Secretaría de la Defensa, porque esto significa profesionalismo, disciplina, honestidad y rectitud”, agregó el político tabasqueño.
MINISTRO DE SCJN PROPONE INVALIDAR TRANSFERENCIA DE GUARDIA NACIONAL A LA SEDENA
Juan Luis González Alcántara Carrancá, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) propondrá declarar inconstitucional la transferencia operativa, presupuestaria y administrativa de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA).
Según un proyecto del ministro -difundido el 11 de abril de 2023-, la reforma publicada el 9 de septiembre de 2022 es contraria a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que la Guardia Nacional forma parte del ramo de la seguridad pública civil.
“Resulta inconstitucional el traslado administrativo, presupuestario, orgánico, funcional y de mando que el Decreto impugnado, a través de los artículos analizados en este apartado, realiza. Éste se opone al texto del Artículo 21 que, como una garantía del carácter civil de la Guardia Nacional, incorpora expresamente que ésta deberá quedar incorporada a la Dependencia del ramo de la Seguridad Pública, quien formulará, no solamente la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, sino que sus programas, políticas y acciones”, indicó el proyecto de González Alcántara Carrancá.
El ministro propondrá al Pleno de la SCJN invalidar el artículo 29, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF), a través del cual se faculta a la SEDENA a ejercer el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional, conforme a la Estrategia Nacional de Seguridad Pública que defina la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).
En el proyecto, González Alcántara Carrancá señaló que las Fuerzas Armadas deben supeditarse a las actividades dadas por la Constitución y que tengan exacta conexión con la disciplina militar. “La actuación militar en tareas de seguridad pública debe ser estrictamente excepcional”, indica.
El ministro enfatizó el artículo 129 constitucional, el cual señala que “en tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar y, en ese sentido, por regla general, ninguna autoridad militar puede inmiscuirse en labores de seguridad pública que la Constitución Federal consagra, en exclusiva, a autoridades civiles”.
El texto de 214 cuartillas que será discutido en una próxima sesión del Pleno de la SCJN y que para ser aprobado requiere un mínimo de ocho de 11 votos de los ministros, establece que solo ante una habilitación constitucional o bien, derivada de la activación del procedimiento de restricción o suspensión de los derechos y las garantías previsto en el artículo 29 constitucional, la Fuerza Armada permanente puede colaborar en labores de seguridad pública, atendiendo a las salvaguardas ya mencionadas.
González Alcántara Carrancá recordó que en 2019 hubo un “consenso democrático altamente deliberado” del Congreso de la Unión, para crear la Guardia Nacional y establecer de manera clara y expresa su carácter civil y atribuciones para formular sus programas, políticas y acciones.
Por ello, el ministro rechazó que la transferencia de la GN al Ejército pueda ser justificada con el artículo sexto transitorio del decreto de creación de la Guardia Nacional, en el cual se autoriza a la SEDENA, participar en la conformación y funcionamiento de la nueva institución.
En el proyecto, el ministro acotó que esta participación de la milicia es temporal, ya que claramente se estableció que estaría vigente sólo durante los 5 años siguientes en que el presidente de la República puede disponer de las Fuerzas Armadas para tareas de seguridad pública de manera extraordinaria.
“El traslado analizado no podría enmarcarse, ante tal parámetro, bajo el amparo del artículo sexto transitorio del Decreto por el que se crea la Guardia Nacional. En él se permite, por un tiempo limitado, la participación de la Sedena en aspectos limitados”, argumentó González Alcántara Carrancá.
“Sin embargo, como ha sido detallado, el Decreto impugnado no incorpora una participación y tampoco lo hace de manera temporal, sino que involucra a distintas dependencias, incluida la de Hacienda y Crédito Público [SHCP], para trasladar el control de la Guardia Nacional al ramo de la Defensa”, agregó el ministro.
Uno de los aspectos impugnados por integrantes del Senado de la República -el 10 de octubre de 2022- fue la coordinación operativa de la GN con la SEDENA y la Secretaría de Marina (SEMAR), debido a que la reforma no establece que sus elementos debieran actuar en igualdad de circunstancias, lo que supondría una subordinación de mando ante el personal castrense.
La propuesta del ministro de la SCJN es mantener en sus términos esta parte de la reforma -publicada el 9 de septiembre de 2022, en el Diario Oficial de la Federación (DOF)- porque estima que no contraviene el parámetro de regularidad.
“La eliminación de esa mención (igualdad de circunstancias de los agentes ante militares) no implica afirmar la preminencia o la existencia de alguna jerarquía en su interior. Además, la existencia de este órgano no menoscaba las facultades genéricas con las que cuenta la Secretaría del ramo de la seguridad pública para coordinarse, en materia de Guardia Nacional, con el resto de las dependencias federales, estatales o municipales”, señaló.
“De nueva cuenta, tampoco resulta un indicio de una desnaturalización de la institución analizada el hecho de que en el seno de esa Coordinación convivan secretarios de las tres dependencias mencionadas, pues, en términos del artículo sexto transitorio del Decreto por el que se crea la Guardia Nacional, se permitió la participación de los ramos de la Defensa Nacional y de Marina, conforme lo dispusiera la ley, por un periodo fijo”, indicó.