El capo sinaloense, Jesús Héctor Palma Salazar, alias “El Güero Palma”, fue trasladado, el 9 de febrero de 2023, del del Centro Federal de Reinserción Social (CEFERESO), Número 1, El Altiplano, ubicado en el municipio de Villa de Almoloya de Juárez, en el Estado de México, al Centro Médico “Adolfo López Mateos”, del Instituto de Salud del Estado de México (ISEM), ubicado en Toluca de Lerdo, capital de la misma entidad.
El dispositivo de seguridad -constituido por 12 patrullas de la Guardia Nacional y del Ejército Mexicano- para trasladar al ex líder del Cártel de Sinaloa, comenzó alrededor de las 16:00 horas, del 9 de febrero de 2023, en las instalaciones del penal federal, para ser trasladado vía terrestre al nosocomio de alta especialidad.
El capo sinaloense ingresó en un vehículo blindado a las instalaciones de la unidad hospitalaria especializada. En punto de las 17:20 horas del 9 de febrero de 2023, Palma Salazar ingresó caminando al Centro Médico “Adolfo López Mateos”.
Según el diario Milenio, que informó del hecho, el padecimiento por el cual “El Güero Palma” recibió atención médica, no ha sido revelado, sin embargo, las fuerzas del orden federal permanecerán al exterior, hasta que reciban nuevas indicaciones.
Tribunal federal otorga amparo a “El Güero” Palma; podría recuperar su libertad
El 23 de febrero de 2022, el Tercer Tribunal Unitario del Tercer Circuito, otorgó un amparo al capo sinaloense, Jesús Héctor Palma Salazar, alias “El Güero Palma” -quien lleva 27 años en prisión sin sentencia-, que deja sin efecto la decisión judicial que mandató, a mediados de julio del 2021, reponer el procedimiento por el delito de delincuencia organizada, contra el cofundador del Cártel de Sinaloa.
Según el magistrado Ricardo Delgado Quiroz, titular del Tercer Tribunal Unitario del Tercer Circuito, reponer el procedimiento contra Palma Salazar -de 59 años de edad-, afecta sus derechos, ya que la ampliación de declaración de dos testigos colaboradores -por la que se ordenó la recaptura del capo sinaloense-, fue declarada “agotada” desde el 2017.
Los testigos responden a los nombres clave de “Julio” y “César”. El primero de ellos es Marcelo Peña García, cuñado del ex líder del Cártel de Sinaloa, Joaquín Archivaldo Guzmán Loera, alias “El Chapo”, y el segundo es el empresario sinaloense Javier Burgueño Uría, quienes son buscados desde hace 6 años, tanto en México, como en Estados Unidos, para que declaren.
En uno de los casos el testigo se declaró ausente al testigo, y en el otro, existe una imposibilidad material para desahogar la comparecencia. Según lo expuso el magistrado Delgado Quiroz, de todo ello fue enterado el Ministerio Público federal, que nunca recurrió a la impugnación de los acuerdos judiciales del 11 de julio del 2017 y del 22 de mayo del 2018.
“Lo que revela, tácita pero indudablemente, que el fiscal estuvo conforme con esas determinaciones; de ahí su firmeza, por lo que jurídicamente la fiscalía no podía alegarlas en la alzada como agravio, pues se reitera, contra ella no interpuso el recurso que la ley le concede”, indicó el magistrado Delgado Quiroz, en su fallo.
Ambos testigos declararon contra Palma Salazar y lo señalaron de estar detrás de un cargamento de 3 mil 288 kilos de cocaína que fue asegurado el 19 de julio de 1999, en Tecomán, Colima. Así como de una avioneta con 12 millones de dólares, en San Luis Río Colorado, Sonora, el 12 de octubre de 1995.
Otro de los señalamientos consistió en que Palma Salazar orquestó el asesinato de Antonio Contreras y de José Cruz Guerrero, subdirector de la Policía Judicial de Nayarit, y su escolta, respectivamente, ocurrido el 18 de mayo de 1995.
Asimismo, ambos testigos acusaron a “El Güero Palma” por el robo de droga en la subsede de la Delegación de la entonces Procuraduría General de la República (PGR), en San Luis Río Colorado, Sonora, el 21 de mayo de 1997.
Ahora, el Cuarto Tribunal Unitario, con residencia en Zapopan, Jalisco, que ordenó reponer el procedimiento contra Palma Salazar, deberá emitir una nueva resolución en los próximos días, por lo que el capo sinaloense podría salir del Centro Federal de Reinserción Social (CEFERESO), Número 1, El Altiplano, ubicado en el municipio de Almoloya de Juárez, en el Estado de México, al cual ingresó el 13 de julio del 2021.
El titular del Tercer Tribunal Unitario del Tercer Circuito agregó que, de mantener esta circunstancia, no resuelta desde hace 6 años, se prolongaría de forma indefinida y no justificada el proceso contra Palma Salazar, lo que contraviene el principio constitucional de una justicia expedita.
“Se llega a esta conclusión porque, como se desprende de los conceptos de violación, con la emisión de la resolución impugnada en esta vía constitucional, se transgredió en perjuicio del solicitante del amparo, el derecho fundamental de acceso a la jurisdicción expedita, mediante un recurso judicial rápido, sencillo y efectivo, tutelado en el artículo 17 de la Constitución Federal; cuenta habida que, en el caso, como se expone en la demanda, la resolución reclamada sólo posterga indefinida e injustificadamente la solución del conflicto”, aseguró el magistrado Delgado Quiroz, en su fallo.
El 14 de julio del 2021, José Luis González, magistrado presidente del Cuarto Tribunal Unitario, con residencia en Zapopan, Jalisco, revocó la sentencia que absolvió al capo sinaloense, Jesús Héctor Palma Salazar, alias “El Güero Palma”, del delito de delincuencia organizada y ordenó reponer el procedimiento para que se buscara a dos testigos protegidos que declararon contra el capo sinaloense, quienes por siete años han permanecido desaparecidos.
El magistrado federal emitió su fallo después de que la Fiscalía General de la República (FGR) impugnó la sentencia absolutoria dictada en mayo por Víctor Francisco Chávez Romero, secretario en funciones de juez del Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales, también en el estado de Jalisco.
José Gabriel Martín Hernández Rodríguez, abogado defensor de Palma Salazar, dijo que por este motivo se ordenó la reaprehensión de su cliente y a las 00:40 horas del 13 de julio del 2021, el capo sinaloense fue reingresado al Centro Federal de Reinserción Social (CEFERESO), Número 1, El Altiplano, ubicado en el municipio de Almoloya de Juárez, en el Estado de México.
Sin embargo, el Juzgado de Primera Instancia determinó absolver a Palma Salazar, porque las declaraciones ministeriales de los testigos colaboradores fueron rendidas en diversas indagatorias y no forman parte de la causa penal que se instruyó al capo sinaloense por delincuencia organizada.
Aunado a ello, el litigante aseguró que el mismo magistrado federal ya había repuesto el procedimiento en el mismo sentido. “Es una revocación a todas luces ilegal”, expresó Hernández Rodríguez, quien además mencionó que estaban valorando si se iban a la reposición de procedimiento o presentaban un amparo para que “El Güero” obtuviera su libertad.
El abogado agregó que dicha causa penal fue consignada por la entonces PGR en 2016, y desde esa fecha no han podido ser localizados los testigos protegidos. “El arraigo fue totalmente ilegal porque no hay ninguna prueba en contra de él [Palma Salazar], por eso está pidiendo la Fiscalía y el Ejecutivo Federal al Poder Judicial, al Tribunal Unitario que revocara una sentencia en ocho días, cuando se llevan tres meses para resolver estos casos”.
Según Hernández Rodríguez, que fue entrevistado por el diario Milenio, la petición de la FGR se presentó el 5 de julio del 2021 “y lo más grave es que está video filmada la audiencia”.
FGR SEÑALA IRREGULARIDADES EN LA ABSOLUCIÓN DE “EL GÜERO” PALMA
Por su parte, la Fiscalía General de la República señaló, también el 13 de julio del 2021, que el secretario en funciones de juez que absolvió en abril de ese mismo año a “El Güero” Palma, hizo un análisis superficial del caso y anuló el valor de las pruebas esenciales, para liberar al capo sinaloense de la acusación de delincuencia organizada.
“El Secretario en funciones de Juez de Distrito, indebidamente privó de valor a las pruebas torales en las que la FGR fundó su acusación, además de que vulneró el principio de igualdad procesal en el procedimiento penal en detrimento del órgano acusador”, señaló la FGR, en un comunicado.
“El Secretario en funciones de Juez realizó un análisis incorrecto y superficial respecto de la aplicación del principio ne bis in idem o non bis in idem [nadie puede ser juzgado dos veces por los mismos hechos]”, detalló la FGR, la cual recordó que el 30 de abril del 2021, Chávez Romero dictó la sentencia absolutoria a favor del capo sinaloense, pero el 3 de mayo de ese mismo año, su fallo fue apelado por el Ministerio Público Federal.
En su apelación, la institución dependiente de la FGR pidió que se examinara, conforme a estricto derecho, si en la resolución impugnada no se aplicó la ley correspondiente o se aplicó inexactamente, si se trasgredieron los principios reguladores de la valoración de las pruebas, si se alteraron los hechos o no se fundó o motivó correctamente.
Según la FGR, además de lo señalado respecto al secretario en funciones de juez, el Cuarto Tribunal Unitario resolvió que en este asunto sí existía violación a las reglas fundamentales que norman el procedimiento que trascendió al resultado de la sentencia definitiva, en perjuicio de la autoridad ministerial.
A decir de la Fiscalía, el magistrado González optó por revocar la absolución del fundador del Cártel de Sinaloa, por violaciones a las formalidades esenciales del procedimiento y ordenó reponer el procedimiento, en los términos señalados en la propia resolución.
HABÍAN ARRAIGADO A “EL GÜERO PALMA” POR 40 DÍAS MÁS
El 13 de junio del 2021, un juez de Distrito, adscrito al Centro Nacional de Justicia Especializado en Control de Técnicas de Investigación, Arraigo e Intervención de Comunicaciones, concedió a la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO), de la FGR, un total de 40 días más de arraigo en contra “El Güero Palma”, quien enfrenta una acusación por delitos contra la salud y delincuencia organizada.
La medida cautelar tenía la finalidad de integrar nuevos señalamientos de esos ilícitos en contra de quien fue uno fundadores del Cártel de Sinaloa, según afirmaron fuentes ministeriales, citadas entonces por el diario Reforma.
Con dicha medida judicial, el capo sinaloense permanecería en el Centro Nacional de Arraigo, ubicado en la colonia Doctores, alcaldía Cuauhtémoc, en la Ciudad de México. Ello hasta que la FGR determinara si ejercía acción penal contra el ex líder del Cártel de Sinaloa o lo dejaba en libertad por falta de elementos.
ABOGADO DE “EL GÜERO” PALMA PIDE A AMLO “NO CRUCIFICAR” AL CAPO
José Gabriel Martín Hernández Rodríguez, abogado defensor del capo sinaloense Jesús Héctor Palma Salazar, alias “El Güero Palma”, pidió, el 5 de mayo del 2021, al presidente Andrés Manuel López Obrado, que “no crucifique” a su cliente, además de que acusó que el proceso que llevaba a cabo la FGR estaba lleno de irregularidades.
Ello, porque según el litigante, alargó el proceso de “manera dolosa, violando el debido proceso”, acusando al fundador del Cártel de Sinaloa, de asociación delictuosa y delitos contra la salud, en la modalidad de extracción de psicotrópicos y estupefacientes o narcóticos fuera del país, imputaciones por las cuales permanecía en el Centro Nacional de Arraigos, ubicado en la Ciudad de México.
Durante una entrevista una conferencia de prensa, el abogado aseguró que su cliente ya había cumplido con una sentencia en Estados Unidos, misma que abarcaba delitos cometidos desde antes de 1995, “incluyendo temas que se hubieran cometido en territorio americano y territorio mexicano”.
“Se nos hizo llegar el documento de California, es una documental donde las autoridades judiciales de los Estados Unidos sancionaron y se cumplió en todos sus términos tanto el convenio como la sentencia, con lo cual el señor Héctor Palma Salazar obtiene su libertad”, afirmó Hernández Rodríguez.
Asimismo, el litigante indicó que Palma Salazar “no tiene delitos probados en Estados Unidos y que esa información queda secreta para dicho Gobierno, la cual obra en el expediente de ellos. No tiene antecedentes penales en ese país antes de esa sentencia, el nivel 1 significa que no tiene ninguna peligrosidad”.
“Aquí se demuestra que el señor Palma ya fue sujeto a un juicio por extracción de narcóticos, pero él fue sujeto bajo a estos cargos a una conspiración para distribuir, tomando en cuenta los hechos desde 1995”, abundó el abogado defensor.
Hernández Rodríguez dijo, además, que cuando su cliente estuvo en en el Centro Federal de Readaptación Social (CEFERESO), Número 2, “Occidente”, mejor conocido como Puente Grande, ubicado El Salto, Jalisco, se demostró que no cometió algún delito relacionado con el narcotráfico.
Aunado a ello, litigante pidió al presidente López Obrador, a nombre de Palma Salazar, “le den cuenta real de la documentación para que no se cometa una injusticia”, porque, según denunció, “se demostró, durante todo ese proceso, que había sido objeto de una imputación por parte de cuatro testigos falsos”.
Entre los elementos presuntamente falsificados, se encontraron “firmas, huellas [y] la suplantación de una persona, que a la postre se demostró que era falso el testimonio, y que esa persona nunca había declarado”, agregó el abogado defensor de “El Güero” Palma.
Hernández Rodríguez precisó, también, que los testimonios presentados “fueron recabados en 2001, de dos testigos protegidos, otros dos testigos que nunca los presentaron y unos testigos también de Estados Unidos, que tampoco los presentaron, y que incluso había declaraciones de ellos, pero jamás le habían imputado un hecho delictivo” a su cliente.
“Señor Presidente, en nombre de la sociedad, en nombre de la familia, en nombre de Dios, le pido que no crucifique a Jesús Héctor Palma Salazar”, dijo el litigante, quien detalló que el proceso iniciado desde 2016 contra su cliente, debió acabar en menos de un año, “de acuerdo con el artículo 17” de la Constitución, “por hechos que supuestamente acontecieron en diversas épocas”.
Además, el abogado aclaró que no existía una sentencia contra “El Güero Palma”, y que la absolución que se otorgó, el 1 de mayo del 2021, por delincuencia organizada –único delito del cual era acusado el capo sinaloense– se debió a que “un secretario en funciones de juez analizó todas las pruebas. Fueron 55 tomos, cada tomo con 2 mil hojas más 22 tomos de pruebas”.
Asimismo, el litigante aseguró que Palma Salazar cumplió injustamente o indebidamente una prisión de cinco años. “Una de las motivaciones supuestas que quiso hacer la Fiscalía era de hechos por los cuales él ya había sido juzgado en Estados Unidos […] pero también aquí en México ya había sido juzgado por esos mismos hechos en otra temporalidad”, precisó.
“El mismo señor presidente dijo ‘todos tienen derecho a que si cometemos un error, rectificarlo’; permítaselo, señor presidente, por favor. Usted es una persona inteligente, si usted ve las constancias y ve las pruebas, claramente se dará cuenta de que alguien le informó mal, grave, porque no se puede informar mal a quien confiamos nuestra seguridad, nuestros bienes en un estado de derecho democrático”, agregó Hernández Rodríguez.
La defensa de Palma Salazar, en la que también participan Alfonso Colín Ibáñez y José Basilio Beltrán, aseguraron que, hasta este momento no se había podido probar a su cliente, su presunta responsabilidad en la comisión del delito de homicidio calificado, en agravio de Antonio Contreras y José Cruz Guerrero, subdirector de la Policía Judicial de Nayarit, y su escolta, respectivamente, ocurrido el 18 de mayo de 1995.
Los litigantes indicaron que esta fue una acusación fabricada, consignada por el entonces Fiscal de Nayarit, Édgar Veytia Cambero -preso en Estados Unidos por narcotráfico-, en la que usaron a un lavacoches para suplantar la identidad de los supuestos testigos de cargo.
Además, los abogados defensores manifestaron su extrañamiento por el hecho de que fuera la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), y no la FGR, la autoridad que, sin tener atribuciones, diera la primera información respecto a la sentencia absolutoria, que fue notificada al capo sinaloense, la noche del 30 de abril del 2021.
Hernández Rodríguez, dijo, también, que sería lamentable que la FGR y un Poder autónomo, como el Judicial, se prestaran a cálculos electorales, para arraigar a Palma Salazar y no dejarlo en libertad antes de la elección del 6 de junio del 2021 y así evitar un costo político para el Gobierno Federal, en caso de que fuera cierta dicha intención.
Reporteros cuestionaron al abogado respecto a qué se dedicará “El Güero” Palma, en caso de quedar en libertad. “A la ganadería, él quiere vivir con sus nietos, sus hijos y su esposa”, respondió Hernández Rodríguez, quien aclaró, además, que el capo sinaloense tiene 59 años de edad, ya que nació el 25 de agosto de 1962.
“Al parecer la Fiscalía encontró alguna denuncia no aclarada y solicitó al Poder Judicial un tiempo de arraigo, para que se ventile todo este asunto, da tiempo también para que autoridades de otros países puedan informar si no hay procesos de extradición y todas las autoridades puedan informar si no hay carpetas de investigación pendientes”, dijo el presidente Andrés Manuel López Obrador, en abril del 2021, tras la segunda aprehensión de “El Güero Palma”.