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martes, abril 9, 2024
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SCJN invalida reforma para distinguir entre información y opinión, en radio y televisión

Por unanimidad, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó en su totalidad, el 29 de agosto del 2022, el decreto de reforma aprobado en octubre de 2017, a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en materia de derecho de las audiencias, por el que había quedado eliminada la obligación de concesionarios de radio y televisión a distinguir entre opinión e información al presentar una noticia.

El proyecto del ministro Alberto Gelacio Pérez Dayán atendió diversas acciones de inconstitucionalidad presentadas, bajo el argumento de que al momento de aprobarse dicha reforma en el Senado de la República, “se violaron los procesos legislativos”, entre ellos que el dictamen se avaló sin las lecturas previas que marca el reglamento del Congreso de la Unión.


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La segunda fue que no se cumplió con el requisito de que el dictamen se hubiese publicado en la gaceta del Senado de la República, al menos 24 horas antes de su discusión. “Estos requisitos fueron soslayados en la discusión correspondientes y significan una violación a al proceso legislativo, así como al derecho que asiste a las minorías de no ser excluido de los procesos legislativos”, señaló Pérez Dayán.

Por su parte, la ministra Loretta Ortiz Ahlf , explicó que, además, la reforma se debía invalidar porque “a partir de una interpretación del artículo segundo constitucional, los pueblos y comunidades indígenas tienen derecho a ser consultados previamente sobre políticas y leyes que puedan afectarlos directamente”, o de lo contrario se violarían sus derechos humanos.

El proyecto también proponía dotar al Congreso de la Unión de un plazo de seis meses para emitir otra reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, “a fin de armonizar los derechos de las audiencias con las libertades de los medios de comunicación en la materia”. Sin embargo, en la sentencia solo se aprobó invalidar el decreto. A partir de ahora, los legisladores federales deberán decidir si impulsan o no una nueva reforma en la materia.


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SCJN VALIDA DECRETO DE AMLO PARA DEVOLVER TIEMPOS OFICIALES A CONCESIONARIOS DE RADIO Y TELEVISIÓN

Por unanimidad y sin debate, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó, el 2 de junio del 2022, el decreto del Poder Ejecutivo Federal, publicado en abril del 2020, que reduce los tiempos fiscales que radio y televisión abiertas tienen que entregar al Estado, al declarar infundada una controversia constitucional promovida por el Instituto Nacional Electoral (INE), que alegó que afectó su facultad exclusiva de administrar tiempos de difusión.

El decreto firmado por el presidente Andrés Manuel López Obrador redujo de 18 a 11 minutos diarios el tiempo que deben entregar las estaciones de televisión abierta, y de 35 a 21 minutos el de las estaciones de radio, para que con ello se tenga por satisfecho el pago en especie de un impuesto a las concesiones, que existe desde 1968.

Los tiempos fiscales motivo de la controversia son distintos de los tiempos previstos en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) del 2014, que siguen sin cambios y abarcan media hora diaria de transmisión gratuita en todos los canales y estaciones de radio y televisión.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, autor del proyecto, explicó que el decreto del titular del Poder Ejecutivo Federfal no afecta los 48 minutos totales que la Constitución reserva al INE, para administrar durante los periodos electorales, y que suman los 30 minutos de la LFTR, más los 18 de tiempos fiscales.

Según Pardo Rebolledo, en épocas no electorales los tiempos para el INE se reducen hasta un máximo de doce por ciento de todos los tiempos del Estado, por lo que “era permisible” la medida adoptada por el presidente López Obrador, quien en su decreto no mencionó el derecho del INE a disponer de 12 por ciento de los tiempos oficiales en periodos no electorales, pero sí aclaró que la reducción de tiempos fiscales no aplicará durante los periodos de precampaña, campaña y hasta el día de los comicios.

El presidente López Obrador también justificó que era necesario ajustar los tiempos fiscales porque la Ley General de Comunicación Social, vigente desde 2018, los distribuye entre los Poderes de la Unión, mientras que un decreto expedido por el entonces mandatario nacional Vicente Fox Quesada, en 2002, los reservaba solo al Poder Ejecutivo Federal.

Dicha distribución es de 40 por ciento para el primero, 30 por ciento al Poder Legislativo, 10 por ciento al Judicial, así como 20 por ciento a los órganos constitucionales autónomos, entre ellos el Instituto Nacional Electoral.

“La Constitución, al otorgarle al INE la competencia de administrar el tiempo que corresponde al Estado en radio y televisión, por un mínimo de 48 minutos durante proceso electoral y el doce por ciento de los tiempos oficiales durante el periodo ordinario, reconoce que esos son los tiempos oficiales que deben garantizarse, los cuales no pueden quedar a la discreción de las autoridades ni de los particulares”, había alegado el ógano constitucional autónomo en su controversia.

El 3 de abril del 2020, el presidente López Obrador informó firmaría un acuerdo para devolver los tiempos oficiales a la industria de la radio y la televisión, espacios que el Gobierno Federal puede ocupar en los medios, para que los medios de comunicación puedan comercializarlos y así obtener ingresos en tiempos de crisis.

“Hice un compromiso, hace un tiempo, con concesionarios de radio y televisión, y les ofrecí que íbamos a analizar la devolución de los tiempos oficiales, y hoy voy a firmar el acuerdo, devolvemos los tiempos oficiales a estaciones de radio, canales de televisión”, indicó el político tabasqueño, durante su conferencia de prensa matutina.

“Porque un Gobierno que mantiene comunicación permanente con el pueblo, un gobierno del pueblo, no necesita de propaganda. Y, la industria de la radio y la televisión está pasando por un mal momento, porque han bajado sus ingresos en general, y nosotros no podemos darle dinero para publicidad, como era antes”, señaló el titular del Poder Ejecutivo Federal.

“Se ha reducido considerablemente y se va a reducir más [la publicidad oficial], pero con esta medida [los medios] van a poder comercializar esos tiempos, y son ingresos que les van ayudar a mantener sus empresas y el trabajo de muchos”, afirmó el mandatario nacional, quien detalló que “si nosotros hacemos esto, lo van a analizar los otros poderes [de la Unión]”.

Autor(a)

Carlos Álvarez Acevedo
Carlos Álvarez Acevedohttps://www.carlosalvarezacevedo.com
Corresponsal del semanario ZETA de Tijuana y del periódico Noroeste de Sinaloa, desde febrero de 2016. Durante varios años fungí como editor de opinión y jefe de redacción del diario digital SinEmbargo.
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