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domingo, febrero 18, 2024
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Agentes municipales no pueden hacer detenciones por condición migratoria, ni entregarlos al INM

Defensores de migrantes en Tijuana obtuvieron una victoria legal para evitar que la policía municipal detenga a personas extranjeras por su estatus migratorio y los entregue ante el Instituto Nacional de Migración

Es ilegal y anticonstitucional la  detención de personas en contexto de movilidad en Tijuana por elementos de la  de la Policía Municipal por razón de su estatus migratorio, por lo que tampoco pueden entregarlas al Instituto Nacional de Migración (INM), informó la directora general de la Asociación Civil Alma Migrante, Graciela Zamudio Campos.


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De acuerdo con la defensora de la población migrante en Baja California, el segundo tribunal colegiado en materia mixta con sede en Mexicali, dictó una resolución el 25 de agosto de este año, finalizando el juicio en contra del ex alcalde panista de Tijuana, Juan Manuel Gastélum Buenrostro, por ordenar a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana detener migrantes y entregarlos al INM.

Indicó que hasta el pasado 7 de septiembre pudieron conocer el contenido de la resolución en la que se confirma la resolución del 4 de junio del 2019 en contra de las declaraciones de las autoridades municipales, además de establecer la revelación de tres puntos fundamentales donde se protege los derechos humanos de la población en contexto de movilidad.

El primero es que la Policía Municipal carece de facultades para solicitar documentos migratorios a las personas extranjeras y locales y mucho menos puede detenerlos por ese motivo.


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El segundo punto es que la corporación de seguridad pública tampoco tiene la autoridad para enviar a migración a las personas extranjeras que detiene.

El tercero hace hincapié en que la seguridad pública es un derecho para todas las personas del territorio, no como lo había declarado el ex alcalde Juan Manuel Gastélum en 2018, donde expresó que la policía se encargaría de “cuidar a los tijuanenses de los migrantes”.

“Con este fallo, se les recuerda a las autoridades que su obligación es brindar seguridad jurídica a cualquier persona, sin importar su origen, en nuestro territorio. También presentaremos ante la presidenta municipal de Tijuana (Karla Ruiz MacFarland) esta información para que sea difundida y aplicada en la institución de seguridad local”, declaró Graciela Zamudio en conferencia de prensa.

Cabe mencionar que la sentencia y la suspensión dictadas en el amparo 1597/2018, “El Amparo de Tijuana” fue la ganadora en el concurso de Premio a la Mejor Sentencia 2020, en su Quinta Edición, denominada “Sentencias Acceso a la Justicia de Personas Migrantes o Sujetas de Protección Internacional”.

Autor(a)

Alejandro Arturo Villa
Alejandro Arturo Villa
Reportero de investigación del Semanario ZETA. Miembro del Border Hub y el International Center For Journalists.
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