Pese a la mejoría en algunos rubros en las prisiones del Complejo Penitenciario de Puente Grande, lo que incrementó la calificación global de 7.11 a 7.25, persisten aspectos negativos que ameritan la atención de las autoridades para conseguir su mejoría.
Así lo dio a conocer la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), a través de los resultados plasmados en el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria (DNSP) 2020.
Desafortunadamente a causa de la pandemia, en este ejercicio solo se pudo realizar la supervisión en tres centros carcelarios: la Comisaría de Prisión Preventiva (Reclusorio Preventivo de Guadalajara o RPG), en la Inspección General del reclusorio de Puerto Vallarta y en el Centro Integral de Justicia Regional Ciénega de Chapala.
En el diagnóstico anterior (DNSP 2019), la información y evaluación se había realizado en ocho de los centros penitenciarios, que incluían la Comisaría de Sentenciados (conocido como CRS) y el Centro de Reinserción Femenil, lo que esta vez no fue posible.
Sin embargo, en el caso del Reclusorio Preventivo, que está en la zona metropolitana de Guadalajara y es el que mayor cantidad de presos tiene en la entidad, el DNSP 2020 detectó que existe hacinamiento y sobrepoblación, situaciones que no garantizan la integridad de las personas privadas de libertad.
En cuanto a los aspectos que podrían garantizar una estancia digna de los presos, la CNDH encontró “deficientes condiciones materiales e higiene de instalaciones para alojar a las personas privadas de la libertad”. En concreto, las celdas.
Con más tiento que en otras ocasiones, el organismo garante de los derechos humanos no aborda el tema del “autogobierno”, que a todas luces prevalece en dicha Comisaría de Prisión Preventiva y solo hace alusión a algunos de los aspectos negativos.
Entre las condiciones de gobernabilidad que se deben atender, se mencionan la “insuficiencia de personal de seguridad y custodia”, un mal que aqueja a todas las prisiones de Jalisco. También se hace énfasis en la “presencia de actividades ilícitas”.
En lo que se refiere al proceso de reinserción social de los internos del RPG, el diagnóstico expresa “deficiente separación entre procesados y sentenciados”, lo que contraria el Artículo 18 de la Constitución.
Otra anomalía que figura año tras año, sin que las autoridades puedan corregirla, dado el cúmulo de sobrepoblación y la falta de personal técnico especializado, es la “inadecuada clasificación de las personas privadas de la libertad. Prácticamente inexistente en el Reclusorio Preventivo.
La CNDH también observó algunas prácticas apropiadas por parte de las autoridades carcelarias de dicha prisión, como son la prevención de violaciones a derechos humanos, programas de atención de incidentes violentos y una mejoría en la alimentación.
El penal para procesados de Puente Grande cuenta con las “instalaciones necesarias para el funcionamiento del centro”, pese al hacinamiento, y “condiciones materiales e higiene del área médica y los talleres y/o áreas deportivas”.
Además se aprobó la atención a grupos de personas privadas de la libertad con necesidades específicas, como son adultos mayores, personas con discapacidad, población indígena, personas LGTBTTTI e internos con VIH/SIDA.
La pandemia de COVID-19 no permitió a los visitadores de la CNDH ampliar su ámbito de investigación como en años anteriores, por lo que pudieron advertirse menos de las pifias que habitualmente podrían ser detectadas en un penal con alto nivel de “autogobierno”.