El proyecto de la ministra Norma Lucía Piña Hernández, que pretendía devolver el inicio del proceso electoral al mes de septiembre en Baja California, no alcanzó la mayoría de los votos en el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por lo que el arranque de los comicios se mantendrá en el mes de diciembre.
Con esta decisión se rescatan: además las reformas constitucionales y electorales de la “Ley Gandalla”; la eliminación de los diputados de lista; y el recorte a las prerrogativas realizados por diputados de la XXIII Legislatura.
Este lunes 7 de septiembre se llevó a cabo la sesión de Pleno de la SCJN, donde se analizaron diversos temas de interés nacional, entre ellos las acciones de inconstitucionalidad 128/2020 y sus acumuladas 147/2020, 163/2020 y 228/2020 presentadas por el PAN, PRI, PBC y Movimiento Ciudadano, en contra del decreto 52 aprobado por el Congreso del Estado Baja California, y publicado el 27 de marzo del 2020.
Entre las modificaciones propuestas por el gobernador del Estado Jaime Bonilla Valdez, y avaladas por la mayoría del Congreso, destacaba el diferimiento del inicio del proceso electoral de septiembre a diciembre, con el argumento de generar ahorros.
Los partidos de oposición alegaron que en aquella sesión se violaron los procesos parlamentarios para votar una reforma a la ley. Además, refirieron que posponer el periodo electoral al mes de diciembre, afectaría el desarrollo del arranque de los trabajos previos a la elección: como la conformación de los consejos distritales; la capacitación a funcionarios de casilla; la participación de los pueblos indígenas y sufragios en el extranjero; y complicaría el proceso de registro a los candidatos independientes.
La ministra Piña Hernández, consideró fundados los argumentos de violaciones al proceso legislativo, señalando que la mayoría morenista no dio oportunidad a la oposición de votar con consciencia, y criticó que la votación en comisión y el Pleno, se llevaron a cabo el mismo día con un aviso de 25 minutos de diferencia.
Agregó que se solicitó dispensa de trámite para votar el tema, cuando no había una justificación, porque la fecha límite para llevar a cabo modificaciones en materia electoral era en el mes de junio, por lo que tenían tiempo suficiente para analizar el tema.
Como respuesta, la ministra Yasmín Esquivel Mossa, recordó que la SCJN había establecido criterios claros en torno a este tipo de casos, donde se analizaba el proceso legislativo, en los cuales se debía otorgar la libertad configurativa a cada entidad.
De igual manera, comentó que la iniciativa fue presentada desde el mes de febrero y estuvo disponible para su consulta en la página del Poder Legislativo del Estado, por lo que diputados pudieron revisarla desde esta plataforma.
Luego del análisis, se emitió la votación sobre este primer punto en torno al decreto 52, obteniendo 6 votos a favor de los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Luis María Aguilar Morales, Norma Lucía Piña Hernández, Alberto Pérez Dayán y Javier Laynez Potisek.
Mientras que en contra sufragaron José Fernando Franco González Salas, Yasmín Esquivel, Jorge Mario Pardo Rebollego, Ana Margarita Ríos Farjat y el presidente Arturo Saldívar Lelo de Larrea.
Dado que una reforma de esta naturaleza requiere el respaldo de la mayoría calificada, que son 8 votos, se desechó este primer argumento.
Con ello, los ministros tuvieron que analizar el fondo. El proyecto de la ministra desacreditó tres de los cuatro argumentos de la acción de inconstitucionalidad, sobre el desarrollo del proceso con la reducción de plazos para conformar los consejos distritales, la capacitación de funcionarios de casilla, y el voto extranjero e indígena. Pero respaldó las afectaciones a las candidaturas independientes, por lo que consideraba devolver el proceso al mes de septiembre para brindarles mayor oportunidad para buscar el respaldo ciudadano para una candidatura.
Tras escuchar la justificación, el ministro Aguilar Morales, dijo coincidir en prácticamente todos los argumentos, menos en el último, pues a su juicio, las candidaturas independientes realmente no sufrirán un gran impacto, ya que 10 días -con la posibilidad de ampliarlo 48 horas más-, son suficientes para la primera etapa del registro, como lo son la conformación de una persona moral para crear la asociación civil, y posteriormente la entrega de cuentas bancarias donde se recibirán las donaciones.
En el mismo sentido fue el argumento de la ministra Esquivel y del resto de los integrantes del Pleno, quienes desecharon el último punto de las candidaturas independientes.
Después de ello, el Pleno analizó temas de carácter secundario, como el concepto de “austeridad” como principio electoral; y la protección de los sueldos de los consejeros electorales, los cuales fueron rechazados y aceptados, respectivamente.
Con esta resolución, se confirma que el próximo proceso electoral iniciará el primer domingo de diciembre y no el 13 de septiembre, como era previsto por los órganos electorales local y nacional.