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lunes, septiembre 30, 2024
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Uber gana round a gobierno de Bonilla

La Cámara Nacional del Autotransporte de Carga presentó un amparo contra la Ley de Movilidad, al considerar que la norma publicada en marzo implica una sobrerregulación. El 29 de julio, el Juzgado Quinto concedió la suspensión provisión a conductores de la plataforma digital

El miércoles 29 de julio, el Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Amparo concedió la suspensión provisional a un grupo de treinta conductores de plataformas digitales para que el Gobierno del Estado no les impida brindar el servicio y no sean detenidos hasta en tanto se resuelva de fondo la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la Ley de Movilidad publicada en marzo pasado, informó Carlos Atilano Peña, quien encabeza el equipo de abogados promoventes del recurso legal.

En entrevista con ZETA, expuso que con la suspensión se “evitará que haya arbitrariedades” por parte del Gobierno del Estado, a través del Instituto de Movilidad, de la Policía Ministerial o Municipal, que pudieran agraviar a los conductores de la plataforma móvil Uber.

Esta suspensión obliga a la autoridad a “respetar la libertad personal y de trabajo de los choferes hasta que se resuelva el amparo”, lo cual podría suceder en año y medio. Además, dijo, “es un alto a la autoridad, que no va a poder incurrir en irregularidades en la implementación de la Ley”, ello en referencia a que en junio, el Congreso de Baja California aprobó una reforma al Código Penal para imponer multas económicas y cárcel a choferes y empresas de plataformas electrónicas que presten el servicio de transporte público sin permiso o concesión.

En el expediente 392/2020 se lee que la suspensión -otorgada por el Juzgado Quinto- surte efectos siempre y cuando los quejosos exhiban dentro de cinco días una garantía de 7 mil pesos por cada uno.

Se sabe que alrededor de 200 choferes de Empresas de Redes de Transporte interpondrán los juicios de amparo. Según Atilano Peña, los recursos legales se realizarán por grupos de treinta trabajadores del volante.

La demanda, con el número expediente 392/2020, solicita el amparo y protección de la justicia contra los actos y omisiones del Congreso de Baja California, el Poder Ejecutivo, el Instituto de Movilidad y la Fiscalía General del Estado ante la orden y/o determinación de privarlos de su libertad de forma ilegal fuera de procedimiento que atente en su salud y vida, sin cumplir con las formalidades esenciales del procedimiento.

Asimismo, exhibe que el 23 de julio familiares de los demandantes indicaron que personas que se identificaron como representantes del Instituto de Movilidad Sustentable (Imos) de Baja California, en compañía aparente de la Guardia Estatal de Seguridad e Investigación, acudieron a sus respectivos domicilios, “…. por lo que tenemos temor fundado de ser privados de nuestra libertad de forma ilegal fuera de procedimiento, teniendo la sospecha que la posible detención ilegal se derive en cumplimiento con la reciente modificación y creación de los artículos 250 TER, 250 TER 1 y 250 TER 2 del Código Penal para el Estado de Baja California (…) ya que continuamos prestando el servicio de transporte privado de pasajeros mediante una plataforma digital”.

Según la Ley de Movilidad, las empresas de redes de transporte (como Uber) tienen hasta el 22 de septiembre para solicitar su inscripción ante el Instituto de Movilidad Sustentable. Acto que ya habría hecho Uber como empresa, a decir de Alejandro Flores, coordinador Estatal de Delegados del Imos.

Ahora, los cerca de 12 mil conductores en BC tendrían que acudir al Instituto a digitalizar su permiso, llevando los mismos documentos con los que se inscribieron en la plataforma, hacerse un antidopaje y pagar alrededor de 2 mil 600 pesos por el trámite y el Código QR (que incluirá la información del vehículo).

No obstante, el grupo de conductores que obtuvo la suspensión ha manifestado su rechazo a diversas disposiciones de la nueva Ley. La primera radica en que la autoridad no quería admitir que el valor factura de los vehículos fuera inferior a las 2 mil 300 Unidades de Medida y Actualización (UMA, 200 mil pesos), dado la Ley impuso ese límite de UMA, lo cual dejaba fuera a más de la mitad de los conductores que prestan actualmente el servicio.

Sin embargo, el 24 de julio, fecha en que los conductores presentaron la demanda de amparo, Rodríguez Lozano accedió parcialmente, ya que había decidido aceptar la propuesta de los conductores en el entendido de que el requisito de la Ley de Movilidad no se aplicaría a automóviles que ya están operando, sino a los nuevos vehículos que se enlisten.

Otro punto en que los choferes estaban en desacuerdo y por el que acusaban que la Ley de Movilidad era “meramente recaudatoria”, era en que se les fincaba la obligación de pagar 2 mil 600 pesos por cada una de las plataformas en las que estuvieran dados de alta (Uber, Didi, entre otras), a lo cual también accedió Rodríguez Lozano al manifestar que bastaría con que se registren solamente en una plataforma para que se consideren enlistados en el Instituto de Movilidad.

No obstante, Jesús Mercado, uno de los líderes de los conductores de Uber, comentó a ZETA que aun cuando Uber como empresa aparentemente ya hizo el registro, no ha avisado a los conductores para que estos acudan a Movilidad.

“Más bien habría hecho el acuerdo, porque como tal no se saben todavía las reglas del juego, porque el Reglamento de la Ley no se ha publicado”, y agregó que el grupo de inconformes esperaría el aviso de Uber para registrarse.

Mientras tanto, estaría reuniéndose con legisladores para que hagan reformas a la Ley de Movilidad, al estar en desacuerdo con pagar dos verificaciones mecánicas debido a que los automóviles que utilizan son nuevos y son sometidos a revisiones en las agencias automotrices que ya implican un costo para ellos. Además, están en contra de que el Código QR esté en un lugar visible y en que la autoridad tenga la información del GPS.

 

CANACAR, CONTRA LA SOBRERREGULACIÓN

La Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (Canacar) tiene listo un amparo contra la Ley de Movilidad de Baja California, el cual será presentado en caso que el Congreso de Baja California no armonice dicha Ley con las Normas Oficiales Mexicanas 012, 067 y 085, y con los permisos de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

“Considero que la reunión del pleno (del Congreso) se daría esta semana o a principios de la semana entrante, y ahí se concluiría el plazo que estamos esperando”, dijo el delegado de la Canacar en Baja California, Israel Delgado.

Por lo que, de no hacerse la modificación a la Ley de Movilidad a más tardar el 7 de agosto, se tomaría la decisión de presentar el recurso legal no solo en el Estado, sino a nivel nacional, “dado que muchos camiones que vienen de algún Estado de la República se verían amenazados de entrar a Baja California ante esa Ley”, apuntó.

Lo anterior, debido a que el Artículo 198 de la Ley de Movilidad establece: “Queda prohibida la circulación de vehículos en vías públicas urbanas cuya carga útil exceda de tres mil quinientos kilogramos (3.5 toneladas), para tales efectos deberá obtener

En Congreso, Ley para crear el SAT de Baja California

El secretario general de Gobierno, Amador Rodríguez Lozano, envió al Congreso local una iniciativa para establecer la Ley del Servicio de Administración Tributaria de Baja California, la cual creará un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda con autonomía técnica, a fin de obtener mayor recaudación para el Estado.

Según el documento, el SAT BC podrá vigilar, recaudar, fiscalizar, verificar, comprobar, liquidar y cobrar cantidades derivadas de las obligaciones fiscales de los contribuyentes conforme a las leyes fiscales del Estado, la Federación y los municipios coordinados.

El director del SAT BC será nombrado por el gobernador y tendrá nivel de subsecretario, aunado a que se establecerá una Junta de Gobierno que regirá al organismo.

Para el abogado fiscalista Daniel Ruiz de la Peña, la creación del SAT estatal permitiría que el gobierno local se enfoque en la recaudación de impuestos ante la saturación que experimentan las oficinas del SAT federal, las cuales están más concentradas en autorizar las devoluciones del IVA luego que la reforma de 2018 limitó la compensación universal.

En ese sentido, la iniciativa de Ley no sorprende, ya que, según el especialista, las nuevas reglas miscelánea fiscal establecen que tanto municipios como estados podrán ejercer funciones respecto a la Firma Electrónica Avanzada (FIEL), por lo que un contribuyente ya acudiría al Estado a tramitarla.

Observó que entre las áreas de oportunidad para el SAT estatal se encuentran las auditorías fiscales a pequeños contribuyentes, ya que estos prácticamente no son auditados por el SAT federal; pero dependerá del jefe del SAT de Baja California determinar en qué áreas se enfocará para incrementar la recaudación.

Si bien Ruiz de la Peña consideró se debe revisar qué tan abultada será la nómina del organismo que se pretende crear, este daría “más dientes” al Estado para obtener mayores ingresos y mejoraría la coordinación entre las autoridades fiscales. En contraste, también existe el riesgo de que se ejerza demasiada presión contra los contribuyentes. Julieta Aragón Domínguez

la autorización o empadronamiento correspondiente” ante el Instituto de Movilidad.

En el Artículo 88, la Ley establece que cuando los permisionarios o concesionarios de autotransporte federal utilicen vías de jurisdicción estatal, deberán solicitar al Instituto los permisos para realizar ascenso y descenso carga o descarga de materiales, servicio de arrastre o para establecer terminales, sin menoscabo de lo dispuesto por la normatividad federal. “El Instituto dispondrá la expedición de estos permisos, cuidando la no afectación de concesiones o permisos estatales” en términos del reglamento de la Ley de Movilidad del Estado. Documento que está previsto entre en vigor a más tardar en septiembre y que indicaría las especificaciones de pesos y dimensiones máximas que “por razones de interés público y seguridad vial”, todas las configuraciones de transporte de carga deberán cumplir estrictamente.

El delegado de la Canacar agregó que las disposiciones de la Ley de Movilidad tendrían que ser aplicadas únicamente a quienes no cuenten con placas federales, y estimó que la mayoría de los transportistas en BC tiene un permiso federal, por lo que quedarían exentos de las disposiciones estatales.

Recordó que en días pasados se reunió con el gobernador Jaime Bonilla Valdez para expresarle que los transportistas del servicio público federal ya están regulados y que los permisos federales tendrían que ser reconocidos al transitar por las distintas carreteras del país.

“Creo que comprendieron que ya existe una regulación y al final la postura de Canacar es decir ‘no a la sobrerregulación’, y creo que el Gobierno de Baja California aceptó y entendió, y tuvo apertura al diálogo”, comentó el líder de los transportistas.

Ahora el gremio está a la espera que el reglamento sea publicado para saber cuánto pagarían los transportistas que no tengan placas federales ante el Instituto de Movilidad, ya que originalmente se hablaba de 8 UMA (695 pesos).

“En la reunión con el gobernador se hablaba de una cantidad no mayor de 2 mil pesos, pero al momento no se ha definido como tal la cantidad y estamos a la espera de cuál va a ser el monto que se va a desembolsar para poder transitar dentro de Baja California”, finalizó Delgado.

 

LEY DE MOVILIDAD AVANZA A CUENTAGOTAS

La implementación de la Ley de Movilidad Sustentable y Transporte de Baja California avanza a cuentagotas, ya que ya que hasta el 28 de julio, alrededor de 800 taxis libres, de sitio y de ruta de todo Baja California habían efectuado la digitalización de su expediente ante el Instituto de Movilidad estatal.

La importancia de este trámite radica en que permitirá crear el Padrón de Movilidad y Transporte que, según la administración de Jaime Bonilla Valdez, regularizará el servicio de transporte público (taxis de ruta, de sitio, radio taxis y masivo) de las empresas de red de transporte como Uber, de carga, el escolar y turístico, con el fin de sacar de las calles unidades pirata o que no cumplen con los requisitos para prestar el servicio.

De los 800 transportistas que han acudido a digitalizar su documentación, alrededor de 60% corresponde a Tijuana, donde el parque vehicular (taxis libres, de ruta y camiones urbanos) asciende a 23 mil 230 unidades, y en todo el Estado sumarían alrededor de 70 mil unidades.

Aunque el trámite de digitalización de documentos cuesta 704 pesos, algunos transportistas declararon haber pagado 550 pesos adicionales por una constancia de validación de permiso que les expidió la Dirección Municipal de Transporte Público de Tijuana, así como 290 pesos por el examen antidopaje. Este último no se encuentra dentro de los requisitos para la digitalización de documentos que marca el Imos en su página de internet, sin embargo, todos los choferes deben someterse a dicho examen para concluir el trámite de digitalización.

Alejandro Flores, coordinador estatal de Delegados del Instituto, atribuyó el poco avance a la pandemia por coronavirus, e informó que entre los requisitos para llevar a cabo el trámite de digitalización se encuentra la presentación de la Cédula de Identificación Fiscal (RFC), misma que puede obtenerse en alguno de los dos módulos que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) habilitó en el Instituto.

Sobre ello, Daniel, trabajador de la Ruta Rosarito-5 y 10, comentó que al darse de alta como persona física ante el SAT le indicaron que debía “contratar a un contador para pagar por bimestre un impuesto que se nos está imponiendo, ahorita hay mucha incertidumbre porque no nos han dado asesoría, no sabemos el contador para qué o el pago por qué lo vamos a hacer”.

Especialistas consultados por este Semanario coincidieron en que los transportistas podrían pagar los impuestos al Valor Agregado (IVA) y Sobre la Renta (ISR), tal como sucede con los choferes de plataformas digitales.

A decir de Flores, el espíritu de la Ley es que ningún transportista de taxis libres, de ruta, de sitio, radio taxis y empresas de red de transporte no tenga más de tres vehículos registrados, de modo que los choferes que acrediten que han sido conductores, puedan acceder a un permiso, dejen de pagar renta y tengan un patrimonio familiar que será intransferible. Ello les permitirá pagar impuestos y “podrán conseguir unidades nuevas que especifica la Ley de máximo seis años de antigüedad, si ya la tienes, o de dos años de antigüedad sí es nueva”, por lo cual los transportistas estarían analizando las empresas que les den mejores créditos.

Por otro lado, expuso que Ley también obliga a los transportistas públicos a contratar con cualquier compañía que deseen un GPS, o bien las que ya cuentan con este, deberán proporcionar el número de Identificación Único de Equipo Rastreo a la autoridad, para que un Centro de Control monitoree en tiempo real los trayectos de los transportistas.

Daniel, de la Ruta Rosarito-5 y 10, compartió que en agosto próximo en Rosarito se dará una capacitación sobre GPS y las cámaras de video vigilancia que deben portar las unidades para seguridad tanto del chofer como del pasaje. Compartió que la información que tenía en un primer momento, era que el primer pago por el GPS sería aproximado a mil 200 pesos.

Finalmente, el coordinador de delegados Alejandro Flores declaró que el Imos estaría por adquirir alrededor de 30 vehículos con los que se verificará el cumplimiento de la Ley a partir de agosto.

Autor(a)

Julieta Aragón
Julieta Aragón
Licenciada en Comunicación Social por la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) Xochimilco. Cursé la maestría de Periodismo Político en la Escuela de Periodismo Carlos Septién García y sigo en proceso de tesis. Soy reportera de ZETA desde 2017.
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