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viernes, febrero 23, 2024
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Prohíben venta de comida chatarra en Oaxaca; medida afectará economía: IP

Con 31 votos a favor, la 64 Legislatura del Congreso de Oaxaca aprobó la iniciativa que prohíbe la distribución, donación, venta y suministro a menores de edad de bebidas azucaradas y alimentos envasados con alto contenido calórico (conocidos como comida chatarra), convirtiéndose así en el primer Estado de la República Mexicana en adoptar tal medida con el fin de disminuir la incidencia de sobrepeso, obesidad y diabetes tipo 2.

La iniciativa, presentada en noviembre de 2019 por la morenista Magaly López Domínguez-, adiciona el Artículo 20 bis a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado para prohibir también la distribución, donación, regalo, venta y suministro de bebidas azucaradas y alimentos envasados de alto contenido calórico en instituciones educativas y privadas de educación básica y media superior.


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Además, prohíbe la venta, distribución y exhibición de cualquiera de esos productos mediante distribuidores automáticos o máquinas expendedoras, aunque quedan exentas de dichas prohibiciones, las madres, padres o tutores legales de los menores de edad.

La iniciativa también adiciona el Artículo 193 quáter del Código Penal del Estado para que se sancione con una multa de 10 a 100 UMA (Unidades de Medida y Actualización), es decir, de 868.8 a 8 mil 688 pesos a quien, sin ser tutor, madre o padre de un menor, le venda, regale, done, suministre o entregue dichos productos.

De igual manera, contempla el arresto por 36 horas y el cierre definitivo del negocio para quienes violen la disposición legal, que deberá ser publicada por el gobernador Alejandro Murat en el Periódico Oficial de Oaxaca para su entrada en vigor, disponiendo de quince días para ello.


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Sobre la aprobación de esta disposición, diferentes cámaras empresariales como Coparmex, Canaco-Servytur y Canacintra Oaxaca, así como la Asociación de Chocolateros del Estado de Oaxaca y la Alianza Nacional de Pequeños Comerciantes, Industria Mexicana de Bebidas,  Confimex, ASCHOCO, CONMÉXICO, ANTAD;  Concanaco, Coparmex, Canirac y Canacintra nacional, lamentaron la decisión, señalando que tendrá un “alto impacto económico” en toda la cadena de valor de la industria agroalimentaria, sector primordial en aquella entidad federativa, perjudicando a la vez a productores artesanales y pequeños comercios.

“Coincidimos en la preocupación de solucionar un problema tan complejo como lo es el sobrepeso y la obesidad”, establecieron los organismos empresariales, declarándose “abiertos al diálogo y a encontrar soluciones integrales más adecuadas”.

Mediante un boletín, recriminaron que no hubo apertura para establecer mesas de trabajo con el Poder Legislativo, por lo que rechazaron la prohibición. El sector privado también expuso que los sectores productivos “de manera proactiva” no venden sus productos directamente a instituciones educativas, como lo mandata la legislación federal desde 2013, y llamó a las autoridades a que actúen en caso que exista la comercialización de algún producto prohibido en las escuelas.

La Iniciativa Privada resaltó que el decreto aprobado el 5 de agosto de 2020 pretende “limitar la venta de productos como el chocolate oaxaqueño, granolas, yogures, cereales entre otros en cualquier tiendita, restaurante, taquería o supermercado, etcétera; condición que no solo no resolverá el problema de sobrepeso y obesidad, sino que incentivará el mercado formal e impactará negativamente a las familias de miles de oaxaqueños que dependen de su venta, distribución y comercialización”.

El presidente de la Alianza Nacional de Pequeños Comerciantes (ANPEC), Cuauhtémoc Rivera, estimó que la disposición provocará que 58 mil tienditas de Oaxaca desaparezcan, aunado a  una pérdida económica del 50% para las que resistan a la medida.

En la actualidad, México es el principal consumidor de refresco y bebidas azucaradas. La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha señalado que en promedio un mexicano ingiere 163 litros de refresco al año, cantidad que representa 45 litros más que el consumo de un estadounidense y 7.3 superior al promedio mundial.

Según el Instituto Nacional de Salud Pública, un mexicano consume 66% más azúcar respecto al promedio diario que promueve la OMS.

A la par, el Gobierno de México aplazó hasta el 1 de diciembre de 2020 la entrada en vigor del nuevo etiquetado frontal de alimentos y bebidas no alcohólicas, el cual tiene que mostrar en octágonos negros, advertencias sobre exceso de grasas, sodio, calorías y azúcares que tengan dichos productos, originalmente previsto para el 1 de octubre.

El 31 de julio, la Secretaría de Economía publicó un acuerdo que establece un periodo del 1 de agosto al 30 de noviembre de 2020 exclusivamente, para que puedan comercializarse al consumidor final alimentos y bebidas no alcohólicas pre envasados que, cumpliendo con la NOM-051-SCFI/SSA1-2010, no exhiban el sistema de etiquetado frontal de advertencia.

Por lo que en ese lapso, tanto la Procuraduría Federal del Consumidor como la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios “no sancionarán administrativamente con amonestación, multas, clausura, arresto, suspensión, revocación, cancelación, prohibición de comercialización, inmovilización, aseguramiento, retiro del mercado y/o emisión de alertas” a aquellos que no cumplan con la modificación a la NOM-051, publicada en marzo.

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Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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