Juzticia
El nombramiento del Lic. Jorge Ignacio Pérez Castañeda como presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado, si bien es cierto que constituye un paso dado por el pleno del Tribunal con el objeto de ir solucionando la problemática de la administración de justicia, dicho cambio no implica una solución automática, puesto que los diversos elementos que han generado la crisis en la actividad jurisdiccional son complejos y variados.
En principio, debe señalarse que la administración de justicia a nivel local, ordinariamente sufre rezago por diferentes causas, llámese falta de personal, falta de vocación, falta de criterio, falta de capacidad, etcétera, rezago, que creció exponencialmente con la suspensión de labores por aproximadamente cinco meses, en los que se paralizó casi por completo la actividad jurisdiccional. Causando un caos tanto en la economía, en el gremio de la abogacía y en general en la falta de definición de los conflictos planteados ante los Tribunales.
En un Estado de Derecho, el cumplimiento de las normas jurídicas por parte de los gobernantes y de los gobernados es prioritario para mantener la armonía y la convivencia en una sociedad, y nuestro país no es la excepción particularmente en materia de impartición de justicia. Así lo dispone el artículo 17 Constitucional: que -palabras más, palabras menos- la Justicia debe ser oportuna, con prontitud, imparcial, legal, gratuita e igual para todos. Al respecto, dijo el ex procurador de Justicia de la República Pedro Ojeda Paullada: “Justicia retardada es injusticia”.
Lo cierto es que el Poder Judicial tiene la obligación de impartir justicia pronta, expedita, imparcial y gratuita, y dicha obligación supone capacidad y vocación de servicio que implican saber cómo resolver los problemas que se le plantean administrativos y jurisdiccionales; siendo pertinente señalar que actualmente los funcionarios judiciales están más que bien remunerados.
La realidad es que la pandemia que nos aqueja, trajo como consecuencia que se tiene que cumplir protocolos que impidan contagios y garanticen medianamente la salud, en los Tribunales, del Tribunal y de los litigantes; pero ello no quiere decir que se esté autorizando a las autoridades judiciales a incumplir con el artículo 17 Constitucional. Entonces, las autoridades máximas del Poder Judicial, antes de prever cualquier situación, deben fijarse la meta (que es un mandato constitucional) de cómo van a administrar justicia en forma pronta, expedita, imparcial y gratuita.
Si la autoridad judicial, por las medidas ordenadas por la Secretaría de Salud, debe permitir que el personal vulnerable (tercera edad, diabéticos e hipertensos) se abstenga de presentarse a trabajar, entonces cuando menos debe sustituirlos con empleados temporales mientras dure la pandemia; aun mas, debe contratar más personal con el objeto de enfocarlos al abatimiento del gran rezago causado por la larga suspensión de actividades.
Por otra parte, deben expulsar de sus mentes los criterios burocráticos y admitir ideas con sentido común que permitan desahogar en forma práctica y funcional las medidas que se dicten en la reactivación de la actividad jurisdiccional. Al respecto, señalo que en el boletín de los Tribunales Federales, en la lista de acuerdos señalan parte del sentido del acuerdo o sentencia, y así evitan que las partes -o al menos una de ellas- vaya a revisar el expediente al Juzgado. Entonces, ¿cuál es el impedimento por el cual no lo hace el Poder Judicial del Estado?
Las medidas tomadas en la reactivación de los Juzgados han representado todo un calvario para los abogados, quienes emplean demasiado tiempo para cualquier trámite, no se diga las filas tan largas y cansadas que hay que hacer y que, representa una humillación y sometimiento ilegal en perjuicio del gremio de la abogacía.
El Licenciado Jorge Ignacio Pérez Castañeda, nuevo presidente del Tribunal de Justicia, con una larga carrera judicial y administrativa y que se caracteriza por tomar decisiones con frialdad, tiene el gran reto de provocar la manifestación del talento de sus compañeros Magistrados y también de los Jueces (quienes lo tengan) a fin de que, con el buen criterio que se presume tienen, encuentren la fórmula que les permita cumplir a cabalidad con los extremos del artículo 17 Constitucional.
Esta pandemia nos da la oportunidad de replantearnos nuestra forma de ser y definirnos dentro de los valores humanos y los principios morales a todos, desde luego incluyendo a los funcionarios judiciales. Tenemos que demostrar que estamos hechos para los puestos que ocupamos; de qué estamos hechos; si realmente valemos lo que aparentamos.
El Licenciado Gerardo Dávila ejerce su profesión en Tijuana, B.C.
Correo: lic_g_davila@hotmail.com