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viernes, febrero 16, 2024
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Juez federal admite amparo contra elección del Auditor Superior

El Juzgado Sexto de Distrito con sede en Mexicali, admitió el amparo interpuesto por integrantes del Comité de Participación Ciudadana (CPC) del Sistema Estatal Anticorrupción (SEA), contra la designación del Auditor Superior del Estado de Baja California.

Ocurrió el pasado 20 de julio y puso en manos de un juez federal, en análisis de la continuidad del contador Jesús García Castro, como auditor de Baja California, quien fue electo por los integrantes del Congreso del Estado, el 10 de junio del 2020 por un periodo de 7 años.


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Como resultado de la demanda de amparo 361/2020, el juez solicitó al Poder Legislativo, a la Junta de Coordinación Política, a la Comisión de Fiscalización del Congreso del Estado, y a la Comisión Especial de Selección, a rendir un informe relativo a la designación de García Castro, en un periodo máximo de 10 días hábiles, mismos que se cumplirán el lunes 3 de agosto.

Entre los argumentos vertidos en la demanda de amparo, el CPC encabezado por Eduardo Arredondo, estableció que el periodo de duración para el cargo debe ser al 2026 y no al 2027, porque está cubriendo una falta definitiva.

Además, reclamaron que en el proceso de selección:


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– Se omitió requerir a los aspirantes a ocupar el cargo del titular de la Auditoría Superior del Estado, la presentación de sus declaraciones patrimonial y fiscal.

– La “Declaración de intereses en el formato que como anexo 3 forma parte la presente convocatoria”. Agregaron, que no puede considerarse como una declaración de intereses, ningún documento que carezca de elementos objetivos que lo evidencien.

– Incumplir con la revisión detallada de los requisitos de los aspirantes, al inobservar que el designado como Auditor, “se desempeñó como Secretario General de una agrupación perteneciente a un partido político” -hasta mayo de 2019-, además de que no se advierte que cumpla con el requisito de la experiencia técnica, de por lo menos 10 años en materia de administración pública.

– No se emitió la opinión en la que debía contener la terna de los aspirantes.

-Se aplicó indebidamente, para sesionar, el artículo 6 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, sin que su reforma hubiese sido publicada en el Periódico Oficial del Estado.

“Creemos que los efectos que debe dar esta sentencia es que el Congreso repare el procedimiento, ya que se violó la Constitución al elegir esta forma al Auditor Superior, y pues lo más grave es que no se cumplían con los requisitos. Al parecer en la sesión donde se dio no se cumplía con el artículo 9 de la Ley Orgánica, entonces hay una serie de irregularidades que sustentan el amparo, y pues nos da mucho gusto y que sea admitido”, comentó el presidente del Comité de Participación Ciudadana.

Arredondo señaló, que uno de los grandes logros que tenía el SEA en Baja California, era precisamente la participación activa de ciudadanos en la designación de funcionarios anticorrupción, pero esto fue deshecho por la actual legislatura de mayoría morenista.

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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