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viernes, febrero 16, 2024
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Propaganda en cartas del IMSS pudiera ameritar más sanciones

En su conferencia de prensa matutina, el presidente Andrés Manuel López Obrador junto con Zoe Robledo, titular del Instituto Mexicano del Seguro Social, y Graciela Márquez, secretaria de Economía, anunció que se otorgarán un millón de créditos a las pequeñas y medianas empresas, a quienes destacó por mantener a sus empleados a pesar de la crisis por Covid-19. El mandatario informó que mantendrán el esquema del programa “Tandas para el Bienestar” y los beneficiarios podrán recibir 25 mil pesos.

 

El caso de las cartas del Instituto Mexicano


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del Seguro Social enviadas con el nombre

del Presidente de la República a beneficiarios

de microcréditos no concluyó con las medidas


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cautelares dictadas por el INE y ratificadas por

el TEPJF para prohibir su distribución. Como

siguiente paso, el Tribunal deberá desahogar

pruebas y de ser preciso fincar

responsabilidades. Consejera electoral alertó

sobre otros casos de entrega de

“bienes personalizados” por parte de

diputados y demás servidores

Las medidas cautelares que el Instituto Nacional Electoral (INE) dictó para que el Seguro Social suspendiera el envío de cartas con el nombre del Presidente de México a beneficiarios de microcréditos, no fueron suficientes para que la dependencia federal se ciñera al marco constitucional.

A dos días de que el INE emitiera su resolución, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) procedió con una impugnación bajo el argumento de no haber proceso electoral en curso. Sin embargo, el miércoles 6 de mayo, el Tribunal en la materia determinó que las disposiciones emitidas sí eran procedentes.

Con base en el análisis de dos primeras versiones de la carta institucional, una de las cuales incluía la rúbrica de Andrés Manuel López Obrador y la otra solo decía a modo de reemplazo Presidente de la República, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó la resolución de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, encaminada a “detener o suspender la elaboración, distribución y entrega” de las misivas por contener elementos de promoción personalizada, lo cual contraviene al Artículo 134 de la Constitución.

Con todo y que los comisionados Claudia Zavala, Adriana Favela y Jaime Rivera habían autorizado que el IMSS distribuyera una versión epistolar en la que no figuraba el apelativo de López Obrador ni la mención de Presidente de la República, el coordinador de Asuntos Contenciosos del IMSS, José Luis Miranda Palma, arguyó que la inclusión de esas leyendas no afectaba “los principios rectores de la función electoral o el desarrollo de algún proceso comicial de carácter federal o local”.

A propósito de ese argumento, la consejera electoral Claudia Zavala Pérez refirió a ZETA que existe una jurisprudencia de la Sala Superior del TEPJF, en la que se indica que “cuando este tipo de violaciones se da durante un proceso electoral, entonces se genera la presunción de una afectación directa al proceso y, cuando se da en tiempos que no son del proceso electoral, se tiene que analizar el tema sin esa presunción”, pero, de cualquier manera, la violación consistente en la proyección personal de servidores públicos con el uso de recursos o programas de gobierno puede acreditarse “tanto en procesos electorales como fuera de procesos electorales”.

Sobre el 134 Constitucional, recordó, “impide que cualquier servidor público utilice nombres, imágenes que los personalicen en la propaganda gubernamental”, de ahí que la tercera versión de la carta, que solo ofrece como leyenda Gobierno Federal y elaborada por el propio IMSS tras un “diálogo procesal”, resultara procedente.

Foto: CortesíaClaudia Zavala Perez, Consejera Electoral

Desde un primer momento el INE asentó que las medidas cautelares no implicaban la cancelación de los programas de apoyo del Gobierno de México emprendidos ante el estado de emergencia que prevalece en el país por la propagación del coronavirus.

Sobre el último modelo epistolar, Zavala Pérez mencionó que resultó acorde a las reglas constitucionales por estar redactado “de una forma muy objetiva” (ya no en primera persona). Agregó que su procedencia encajaba con las circunstancias excepcionales en las que está funcionando el esquema de Apoyo Financiero a Microempresas Familiares, “entonces tiene que haber también celeridad y reglas claras para que sigan operando los programas sociales”, expresó.

 

APOYO A PATRONES SOLIDARIOS

El 23 de abril, el director del IMSS, Zoé Robledo Aburto, habló del programa de microcréditos. Ante la presencia del Presidente Andrés Manuel López Obrador, en conferencia de prensa matutina, el titular de la dependencia expuso que el esquema se habilitó raíz de que se identificó a 645 mil pequeños empresarios que no habían dado de baja a su plantilla laboral durante el primer trimestre del año. Destacó que de los negocios contemplados, aproximadamente 505 mil cuentan con entre uno y cinco trabajadores.

En alusión a los propietarios de esas empresas, dijo que “incluso en los momentos más difíciles fueron solidarios con quienes trabajan con ellos”.

A decir del funcionario, en ese sentido se abrió un portal (Apoyo a Patrones Solidarios), en aras de que cualquier empresario de los cerca de un millón con registro en el IMSS pudiera ingresar con su RFC para saber si calificaba a ese beneficio.

“Ya que es calificada su solicitud, entonces se proporciona la información y se emite una carta de autorización. Este apoyo económico será depositado sin necesidad de ninguna garantía, es decir, los 25 mil pesos, no se solicita ninguna garantía y, una vez que es depositado, es a partir del cuarto mes donde se empiezan a pagar”, y resaltó que se hizo un cálculo del 6% del monto del crédito acorde a la tasa interbancaria, de manera que en el periodo indicado los beneficiarios empiecen a pagar “803 pesos mensuales durante tres años”. Detalló que los tres años se calcularon en 33 meses debido a los “tres meses de gracia”.

Con ese preámbulo, Robledo Aburto mostró en pantalla la versión de la carta emitida una vez aprobado el crédito. “Me dirijo a ti para sellar el compromiso que significa entregarte, en nombre del gobierno que represento, un apoyo económico por 25 mil pesos”, daba cuenta la misiva, la cual incluía en la parte firmante “Lic. Andrés Manuel López Obrador/Presidente de los Estados Unidos Mexicanos”.

 

DENUNCIAS

Ante la proyección del modelo de misiva dado a conocer por Robledo, los partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD) y Revolucionario Institucional (PRI) solicitaron que el INE dictara medidas cautelares, lo cual sobrevino el 30 de abril por parte del organismo público.

En cuanto a la queja que el PAN interpuso el 26 de abril, el dirigente de ese partido, Marko Cortés Mendoza, consideró que AMLO estaba tratando de “sacar raja política” con el financiamiento destinado a enfrentar la crisis económica derivada de las restricciones para empresas, motivadas por el brote del coronavirus.

Además, exigió se le hiciera un exhorto al mandatario para efectos de abstenerse de utilizar recursos del Estado con fines de promoción de funcionarios. Alertó que los actos violatorios en los que habría incurrido el Presidente provocaban “inequidad electoral rumbo a los comicios de 2021”.

Además de haber incorporado como motivos el uso indebido de recursos públicos y la promoción personalizada, la denuncia del PRD se basó en el de “violación al principio de imparcialidad”.

Tras la ratificación de las medidas cautelares, el priismo nacional celebró vía red social la decisión del TEPJF, “luego de la denuncia interpuesta por nuestro partido ante una evidente promoción personalizada del Presidente de la República, que viola el art. 134 constitucional”.

En tanto que el perredismo destacó que el instituto político “vuelve a tener la razón al denunciar” al primer mandatario, pues no se trata de la primera vez que el PRD procede contra el gobierno de la Cuarta Transformación, donde Movimiento Regeneración Nacional (Morena) figura como partido en el poder.

El 27 de diciembre de 2019, el pleno de la Sala Regional Especializada del TEPJF determinó por mayoría que “la entrega de programas sociales por personal de la Secretaría de Bienestar del Gobierno Federal constituyó propaganda gubernamental con elementos de promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos”, pues en la indumentaria que portaban los colaboradores de la administración, resultó ser identificable el nombre del Presidente de la República, además de haberse mencionado “logros cumplidos” como parte de algunos discursos emitidos durante la entrega de apoyos.

A partir de que el PRD interpuso la denuncia correspondiente, el TEPJF excluyó a López Obrador de responsabilidad alguna, en vista de que “no autorizó el uso de su nombre e imagen, ni participó en los hechos denunciados”, de los cuales tampoco Morena, ni la secretaria de Bienestar, María Luisa Albores, ni al coordinador de Programas de Desarrollo, Gabriel García Hernández, fueron considerados responsables.

La culpabilidad recayó en 36 servidores públicos, adscritos a delegaciones, subdelegaciones o al personal de Servidores de la Nación “por actos de propaganda gubernamental con elementos de promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos con la entrega de programas sociales”.

RESPONSABILIDADES

El caso de las medidas cautelares motivadas por los elementos de promoción personalizada detectados en las cartas de notificación a beneficiarios de microcréditos, no concluyó con la ratificación que el TEPJF hizo de esas restricciones.

De acuerdo con la consejera electoral Claudia Zavala Pérez, la Sala Regional Especializada del Tribunal aún debe agotar las pruebas esgrimidas, de manera que, de darse el caso, pueda fincar responsabilidades.

En cuanto a si cabe la posibilidad de que López Obrador se haga objeto de sanción, la integrante de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE manifestó: “Hay precedentes de que se han determinado responsabilidades para presidentes de la República. En este caso el criterio de si un Presidente puede ser responsable, sí, puede ser responsable. Tanto el IFE (Instituto Federal Electoral) como el INE han determinado esta responsabilidad en periodos anteriores. Hoy eso le corresponde, porque el modelo cambió, le corresponde a la Sala Regional Especializada y conocerá el asunto”.

Añadió que “el sistema está para que se puedan determinar responsabilidades de cualquier servidor público, cualquiera, y lo único que pasa es que las pruebas y todo el desahogo que se haga, son los que van a definir la responsabilidad de cada uno de los servidores”.

Como sanciones, la Ley contempla “desde una amonestación pública y luego vienen multas dependiendo”.

Aclaró que la Sala Regional determina la responsabilidad y consecuentemente la resolución se remite “al superior jerárquico, así dice la Ley, para el aspecto de la sanción”. En caso de determinarse alguna infracción, “será remitido a los congresos, por las líneas de jerarquía”.

Zavala Pérez indicó que existen otros casos de promoción personalizada en distintos ámbitos del servicio público, aunado a que “se está generando la posible vulneración a reglas de la materia electoral porque se están entregando bienes, por ejemplo, pero personalizados con diputados, con servidores públicos”.

Ya que actualmente están suspendidos muchos plazos por la situación de contingencia nacional, por lo pronto se está realizando un levantamiento de evidencia de esas posibles dádivas. Una vez que se reanuden actividades, el INE pudiera abrir los expedientes correspondientes o enviar la información recabada a otras instancias, habida cuenta de que “no solo el INE es competente en este caso de servidores públicos”.

Finalmente, dijo no poder revelar detalles sobre los cuadernillos o carpetas de investigación, en razón de que “esto es una parte que trabaja la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral” y esa instancia “se está encargando de dar” el debido seguimiento.

“Hay una reserva que a nosotros nos obliga, porque como todavía no hay ningún procedimiento abierto, solo se están realizando diligencias de investigación previas, entonces nosotros tenemos un deber también de resguardo en eso, y solo cuando ya se abra el procedimiento, entonces sí se hará público”, remató la consejera.

Autor(a)

Eduardo Andrade Uribe
Eduardo Andrade Uribe
Licenciado en Comunicación por la Universidad Iberoamericana Ciudad de México; con certificado de terminación de la maestría en Cultura Escrita otorgado por el Centro de Estudios Sor Juana. Activo en semanario ZETA dese 2005.
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