Panelistas y no agregados laborales serán quienes harán las inspecciones para verificar el cumplimiento en materia laboral del Tratado México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), señaló el representante comercial de la Casa Blanca, Robert Lighthiezer.
En una carta dirigida al subsecretario de América del Norte, Jesús Seade Kuri, el funcionario estadounidense indicó que los agregados laborales no harán inspecciones en México y que únicamente tienen el objetivo de brindar asistencia al nuevo comité laboral interagencial del gobierno de Estados Unidos.
Lighthiezer aseguró que las denuncias laborales que se integren en el marco del T-MEC se solucionarán mediante un mecanismo especial (panel laboral de respuesta rápida) que se establece en el adendum firmado el 10 de diciembre pasado.
“Se incluyó en la legislación de implementación del Tratado comercial entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) que se autoriza a hasta cinco agregados del Departamento de Trabajo para colaborar con sus contrapartes, trabajadores y grupos de la sociedad civil mexicanos en la implementación de la reforma laboral mexicana, incluso mediante la prestación de asistencia técnica y el desembolso de fondos para el desarrollo de capacidades y brindar asistencia al nuevo comité laboral interagencial del gobierno de EU”
El documento detalla que actualmente la embajada de EUA en México mantiene agregados a una docena de agencias federales, quienes contribuyen su conocimiento técnico en apoyo a la misión diplomática.
“El T-MEC incluye un mecanismo de respuesta rápida para asuntos de centros laborales específicos que es el primero en su tipo, cuyos paneles independientes, de tres personas elegidas por ambas partes, pueden solicitar verificaciones in situ en cualquiera de los tres países cuando haya cuestiones fundadas de buena fe sobre si los trabajadores en una planta o centro de trabajo particular están viendo sus derechos laborales fundamentales violados. Pero esas verificaciones serán conducidas por panelistas independientes y no por los agregados laborales”
Esta versión que es consistente con en los anexos 31-A y 31-B del Adendum en que México acordó, de forma separada, con Estados Unidos y Canadá, que los gobiernos (o las partes) nombrarán a tres individuos para una lista cada uno, y nombrarán, por consenso, tres individuos para una lista conjunta, que “no serán nacionales de México o de Estados Unidos”, tratándose del panel rápido entre nuestro país y la Unión Americana.
Desde el mismo modo, el panel laboral de respuesta rápida entre México y Canadá, en que ambas partes elegirán, por consenso, a tres individuos para una lista conjunta que “no sean nacionales de México y Canadá”.
Con información de Forbes