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martes, octubre 1, 2024
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Impugnan toma de protesta a gobernador de BC

El 5 de noviembre se presentaron dos juicios de protección de derechos contra la aplicación del Decreto 351 que amplía el mandato de Jaime Bonilla Valdez a cinco años. Anteceden a estos recursos, nueve asuntos admitidos a trámite, a saber: seis acciones de inconstitucionalidad, una controversia constitucional y dos alegatos amicus curiae

El ex candidato al gobierno del Estado de Baja California, Óscar Vega Marín, y el presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) en Mexicali, Ernesto Elorduy Blackaller, interpusieron juicios para la protección de los derechos políticos electorales del ciudadano contra la aplicación del Decreto 351, que se consumó durante la toma de protesta al gobernador de Baja California, Jaime Bonilla Valdez.

Los quejosos reclamaron que en el acto de ascensión celebrado el 1 de noviembre quedó establecido que Bonilla Valdez tomó posesión para mantenerse como gobernante hasta el 31 de octubre de 2024, tal como indicó el diputado con licencia y actual secretario de Educación, Catalino Zavala Márquez, quien tomó protesta al político tijuanense.

Vega Marín informó que el recurso que presentó en el Congreso del Estado en aras de que fuera remitido al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), obedeció al objetivo de “combatir la inconstitucionalidad del acto de aplicación” del decreto publicado el 17 de octubre, con el cual se reformó el Artículo Octavo Transitorio, referente a que la gubernatura solo se extendería hasta 2021.

En opinión del ex contrincante de Bonilla, la emisión del bando solemne correspondiente, así como la toma de posesión, quebrantaron “la declaratoria original de validez de la elección de la autoridad electoral para un período de gobierno de dos años”.

De acuerdo con un comunicado difundido por Coparmex Mexicali, alusivo al juicio promovido por Elourduy Blackaller en el Tribunal de Justicia Electoral del Estado, la prolongación de mandato afectó los derechos de los ciudadanos que votaron “en las elecciones del pasado 2 de junio por una opción al cargo de Gobernador del Estado con una duración de dos años”.

Mediante ambos recursos, presentados el 5 de noviembre, los demandantes alegaron que la implementación del Decreto 351 igualmente afectó su derecho a participar en las elecciones que, de acuerdo con el Artículo reformado, deberían realizarse en 2021. En el caso del ex contendiente panista, este arguyó que en tal sentido quedó impedido de “votar y ser votado como candidato a gobernador en el proceso local”.

Las dos impugnaciones hacen clara referencia a que la aplicación de la denominada “Ley Bonilla” consistió en el acto de toma de protesta del integrante de Movimiento Regeneración Nacional (Morena) para desempeñarse por cinco años.

El martes 5 de noviembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite otro recurso contra la modificación a la Constitución de Baja California, tratándose en este caso la acción que la Comisión Nacional de Derechos Humanos interpuso en el ánimo de que se declare inconstitucional semejante reforma. Este medio de control se acumuló al expediente a cargo del ministro José Fernando Franco González Salas, en el cual ya obraban cinco acciones de inconstitucionalidad, interpuestas por los partidos Acción Nacional, Movimiento Ciudadano, de la Revolución Democrática, Revolucionario Institucional y de Baja California.

Contra la consabida norma también obran en la SCJN: la controversia constitucional interpuesta por el ex mandatario estatal Francisco Vega de Lamadrid y los alegatos promovidos en la modalidad de amicus curiae (amigos de la Corte) por el senador de Morena, el ex panista Germán Martínez Cázares, y os ex contrincantes de Bonilla: Óscar Vega Marín (PAN), Jaime Martínez Veloz (PRD), Enrique Acosta Fregoso (PRI) e Ignacio Anaya Barriguete (PBC).

Por otro lado, el consejero jurídico de la Presidencia de la República, Julio Scherer Ibarra, declaró que el primer mandatario Andrés Manuel López Obrador se opone rotundamente a la “Ley Bonilla”, aunque no presentará recurso en un afán de no interferir en la decisión que pueda tomar el máximo órgano constitucional; ello a pesar de que tiene derecho a interponer una acción mediante la propia consejería jurídica.

El jueves 7 de noviembre trascendió que Martínez Veloz solicitó al TEPJF un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano contra el Decreto 351.

 

SCJN DENEGÓ IMPUGNACIÓN DEL INE

La Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó la acción de inconstitucionalidad que el Instituto Nacional Electoral (INE) presentó el 31 de octubre contra el decreto sobre la ampliación de mandato de Jaime Bonilla Valdez.

El medio de control contemplado para acumularse a la acción 112/2019, interpuesta por el Partido Acción Nacional (a la que se sumaron las impugnaciones de MC, PRD, PRI, PBC y Comisión Nacional de Derechos Humanos), finalmente fue desechado “por notoria y manifiesta improcedencia”.

Con esa impugnación, presentada por el secretario ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina, el Instituto pretendía que se declarara inconstitucional el Decreto 351, aprobado el 11 de septiembre por el Congreso de Baja California (con el cual se modificó el periodo para el que fue electo Bonilla Valdez como gobernador, de dos a cinco años).

Como argumento a la presentación del recurso, el INE había señalado que el decreto publicado el 17 de octubre “contraviene la Constitución Federal, ya que dicho ordenamiento pretende dar efecto retroactivo a una norma expedida con posterioridad a que se realizara el proceso electoral local en Baja California”.

Como justificación a la interposición de ese medio, el INE aludió tener facultades implícitas, en vista de que el recurso se inscribió “en función de mantener un Estado democrático, como rector de los procesos electorales a nivel nacional y garante del sufragio secreto, efectivo, libre, informado y directo”.

Se trató de la segunda impugnación presentada por el INE, que al igual que la primera (una acción declarativa), fue desechada.

Por lo que respecta al recurso promovido ante el TEPJF, denegado el 30 de octubre, iba encaminado a aclarar la temporalidad del gobierno de Bonilla.

Autor(a)

Eduardo Andrade Uribe
Eduardo Andrade Uribe
Licenciado en Comunicación por la Universidad Iberoamericana Ciudad de México; con certificado de terminación de la maestría en Cultura Escrita otorgado por el Centro de Estudios Sor Juana. Activo en semanario ZETA dese 2005.
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