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domingo, octubre 6, 2024
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Federalismo

La semana pasada tuve la oportunidad de presentar la ponencia “Federalismo y Derechos Humanos” y me gustaría compartir un poco de lo que ahí expuse.

El federalismo es una forma de organización en la que dos o más estados independientes -y con los mismos derechos- se fusionan, conservando su carácter estatal y una considerable autonomía en el resultado de la fusión.

Debe cumplir, primordialmente dos funciones: la estructuración del poder por medio de la división de poderes, ello implica la protección de las minorías por medio de la autonomía territorial; y la integración de sociedades multiculturales, aspirando a la integración económica y política. En resumen, el federalismo vela por la protección y unión de la sociedad y su multiculturalidad.

Por ello, una de las principales tareas de esta doctrina es reconocer los Derechos Humanos, hacerlos efectivos mediante el establecimiento y fortalecimiento permanente de las garantías que permiten la accesibilidad a estos derechos, eliminando trabas y tendiendo puentes para que esas garantías lleguen a todas las personas.

Por lo que hace al reconocimiento de Derechos Humanos, respecto a las entidades federativas, es importante señalar que no pueden fijar un parámetro de regularidad constitucional; debido a lo anterior, las normas locales no pueden regular ni afectar el contenido esencial de estos derechos, pero sí pueden ampliarlo y desarrollarlo.

En consecuencia, su reglamentación compete tanto a la Federación como a los Estados; es decir, se trata de una concurrencia, aunado a que estos derechos igualmente encuentran una definición como principios que requieren que -a través de normas generales- se les dote de contenido para cumplirse. Esto aplica de manera similar para la protección y garantía, pues se establecen mecanismos concurrentes para estos fines.

Un ejemplo sobre estos mecanismos de competencia concurrente y de colaboración, lo es el Sistema Nacional de Búsqueda, donde no solo debe haber una estrecha colaboración entre órdenes de gobierno, sino también entre los sistemas de justicia penal -particularmente entre las Fiscalías Especializadas que crea la Ley General en la materia- y las diferentes corporaciones policiales. Es común que en la búsqueda de personas desaparecidas se requiera establecer las medidas de protección y procesamiento de información para realizar adecuadamente las búsquedas, por lo cual deben concurrir las diversas autoridades, de los tres niveles de gobierno, que deben fortalecerse -a través de la colaboración- para garantizar, en este ejemplo, el derecho a la verdad.

Así pues, los protocolos del federalismo deben adaptarse a las necesidades de los tiempos y características de los derechos, que se reconocen actualmente por nuestro marco normativo. Las actuaciones de los Estados federados no deben ser disímiles. Ello no exige que sean necesariamente idénticas, pero sí que jamás sean contradictorias.

A propósito de encontrarnos en la coyuntura del nombramiento del próximo nombramiento del ombudsman nacional, celebro que no haya prosperado la iniciativa que diseñaba la Defensoría del Pueblo como mecanismo único de garantía no jurisdiccional para todo el país (que podría ser óptima en términos presupuestales, pero que resta efectividad al espíritu federalista que anima nuestra Constitución). Es favorecer al mayor desarrollo local y regional posible, maximizar la participación ciudadana y favorecer a diagnósticos y soluciones aterrizadas y sensibles al contexto en los que surgen.

Frente a este tipo de iniciativas, es preciso abogar por el fortalecimiento del federalismo de los derechos; es indispensable que la transversalización del garantismo también lo alcance. Estimo que uno de los peores errores en los que se puede caer, en materia de Derechos Humanos, es que las partes integrantes de la Federación avancen a ritmos y direcciones opuestas, y con ello caigan en contradicciones en la garantía y protección de los derechos.

Para concluir, es importante reflexionar que el federalismo crea un doble sistema de garantías constitucionales: los derechos -teóricamente- tienen mejores posibilidades de ser protegidos, ya que las entidades integrantes de la Federación deben velar por la progresividad de los derechos, por lo que no pueden afectar su contenido esencial, sino solo ampliarlo y desarrollarlo. En sí, se trata de buscar la manera de integrar a los sistemas plenamente. Y para ello se requiere no solo de recursos, sino -sobre todo- de voluntad, ideas claras y un compromiso apasionado con la dignidad humana.

 

Melba Adriana Olvera es presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Baja California. Correo: melbaadriana@hotmail.com

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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