Con 78 votos a favor, 26 en contra y 6 abstenciones, el Pleno del Senado de la República, aprobó este miércoles 25 de septiembre, en lo general y en lo particular, el dictamen por el que se expide la Ley General de Educación; además de que abrogó la Ley General de la Infraestructura Física Educativa.
Las nuevas Ley General de Educación, Ley Reglamentaria en materia de Mejora Continua de la Educación, y la Ley General del Sistema de Carrera de las Maestras y los Maestros, fueron aprobadas la madrugada del pasado 20 de septiembre, después de 16 horas de discusión en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con un breve receso de sólo 30 minutos.
Las leyes aprobadas -dos faltan de ser revisadas por el Senado para sus efectos constitucionales-, fueron exigidas por la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE), cuyos integrantes mantuvieron un plantón a las afueras de San Lázaro.
El mismo 19 de septiembre, por la noche, el Pleno de la Cámara baja aprobó la Ley General de Educación, con 285 votos en favor y 128 en contra. Asimismo, los diputados aprobaron, en lo general y en lo particular, el dictamen que expide la Ley Reglamentaria del artículo 3 de la Constitución Política en materia de Mejora Continua de la Educación.
El dictamen fue aprobado en lo general por el Pleno, con 284 votos a favor, 123 en contra y cero abstenciones. Después, lo avaló en lo particular, con 273 votos en pro, 113 en contra y cero abstenciones.
La nueva legislación establece el Sistema Integral de Formación, Capacitación y Actualización para el personal docente, además de reglamentar las evaluaciones diagnósticas, cuyos resultados “en ningún caso tendrán efecto sobre la permanencia en la plaza de las maestras y de los maestros”.
La Ley General del Sistema de Carrera de las Maestras y los Maestros, fue aprobada en lo general por el Pleno, con 251 votos a favor, 98 en contra y cero abstenciones. Después, lo avaló en lo particular, con 234 votos a favor, 81 en contra y cero abstenciones.
Esta nueva Ley establece los procesos de selección para la admisión, promoción y reconocimiento del personal que ejerza la función docente, directiva o de supervisión y revaloriza a estos como profesionales de la educación, con pleno respeto a sus derechos.
Asimismo, señala que el Estado ejercerá la rectoría de la educación y se priorizará el interés superior de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes de recibir una educación conforme con los principios, fines y criterios establecidos en el artículo 3 de la Constitución Política.
La Ley detalla que el Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros tendrá como propósito contribuir a la excelencia de la educación en un marco de inclusión y de equidad, bajo los principios, fines y criterios previstos en la Ley General de Educación.
La nueva legislación plantea crear un Sistema Abierto y Transparente de Plazas manejado por la Federación, en el cual se registrarán las vacantes por parte de los directores de las escuelas, de los superiores jerárquicos en el plantel educativo y de las autoridades de las entidades federativas.
La Ley apunta que la participación de las autoridades educativas de los estados y de las representaciones sindicales se dará en un proceso público tripartita en el que se den a conocer los resultados de la ponderación del proceso de promoción.
Estas “representaciones sindicales” estarán incluidas para decidir la asignación de plazas, los ascensos e incluso los cambios de centros de trabajo de los empleados de la educación, esto como una “garantía en el respeto de los derechos de los trabajadores”.
Con objeto de fortalecer a las escuelas normales públicas, a la Universidad Pedagógica Nacional (UPN) y a los centros de actualización del magisterio, según las necesidades del servicio educativo, el ingreso a dichas instituciones corresponderá a la demanda prevista en el proceso de planeación educativa de la autoridad competente.
Por lo que, para tal efecto, la Secretaría de Educación Pública (SEP) Federal constituirá un modelo para los procesos de admisión a dichas instituciones públicas, una vez definida la demanda futura por región.
La admisión al servicio de educación básica que imparta el Estado se realizará por medio procesos anuales de selección, a los que concurran los aspirantes en igualdad de condiciones, los cuales serán públicos, transparentes, equitativos e imparciales.
En este mecanismo se apreciarán los conocimientos, aptitudes y experiencia necesarios para el aprendizaje y el desarrollo integral de los educandos y asegurar la contratación del personal que cumpla con el perfil profesional, indica la nueva Ley.
Por otra parte, según la nueva legislación, la admisión al servicio público educativo estará sujeta a la disponibilidad de plazas vacantes definitivas, temporales y de nueva creación, así como a las estructuras ocupacionales autorizadas.
El número de las vacantes se definirá de conformidad con las necesidades del servicio público educativo y la disponibilidad presupuestal, con base en la planeación que realice el Sistema Educativo Nacional, indica la nueva Ley.
Además, con el propósito de atraer al personal docente que ingrese al servicio de educación básica o docente en servicio y propiciar su arraigo escolar en zonas de alta pobreza o de marginación, alejadas de las áreas urbanas, se establecerán incentivos económicos superiores en los niveles de la promoción.
Los legisladores también abrogaron la Ley General de la Infraestructura Física Educativa, que dispone que serán los padres de familia quienes podrán participar en la construcción de los planteles en forma directa con recursos del Gobierno Federal.
Con la aprobación de esta última, desaparece el Instituto Nacional de Infraestructura Física Educativa (Inifed), que ha sido el organismo encargado de construir escuelas y darles mantenimiento hasta el momento.
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