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jueves, octubre 3, 2024
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“La consulta podría realizarse, pero no tendría efecto sobre esta elección”: ex ministro José Ramón Cossío

“Me parece que la consulta no tiene ningún sentido ni ninguna afectación porque sería tanto como suponer que un acto inconstitucional adquiere constitucionalidad por el hecho de hacer consultas populares, lo cual no está previsto así en el orden jurídico”, expresó a ZETA el ministro en retiro. Además confirmó: “La Fracción II del Artículo 105 de la Constitución lo que dispone es que las acciones de inconstitucionalidad se pueden promover dentro de los 30 días siguientes a su publicación (en el Periódico Oficial de BC)”

Tras la propuesta del diputado morenista Catalino Zavala, presidente de la Mesa Directiva del Congreso local, de someter a consulta ciudadana la ampliación de mandato de dos a cinco años para favorecer al gobernador electo Jaime Bonilla, toda vez que los bajacalifornianos votaron el 2 de junio de 2019 por un gobernador para un período de dos años, el ex ministro José Ramón Cossío fue irrebatible en términos jurídicos en entrevista con ZETA:

“La consulta podría realizarse, pero no tendría efecto sobre esta elección. Aquí lo que estamos discutiendo es si existe la posibilidad de ir a una elección para un plazo de dos años, ampliarlo a cinco y tratar de modificar la Constitución una vez que se ha hecho esta elección e incrementar el plazo. Entonces, si quieren los bajacalifornianos, están en todo su derecho, conforme al orden jurídico de Baja California y el nacional, llevar a cabo consultas me parece muy interesante, pero no pueden, con el pretexto de esa consulta, de ese mandato popular, soberano, etcétera, tratar de reconstituir lo que fue el período para el cual se eligió al gobernador y extender sus condiciones de mandato, creo que son dos cosas diferentes”.

El ministro en retiro complementó sobre el cauce político -antes que jurídico- de la hipotética consulta promovida por Catalino Zavala: “Creo que simplemente es una forma de tratar de constituir legitimidad política de una decisión jurídica que está siendo cuestionable, pero como sabemos, una cosa son las decisiones políticas y procederes, y otra cosa completamente distinta son los procesos formales que la Constitución nacional y la Constitución de Baja California prevé, y ahí sí me parece que sería un grave error tratar de querer distorsionar el sentido jurídico a través de una consulta política”.

En todo caso, ¿los diversos actores políticos competentes pueden también impugnar ante la Suprema Corte de Justicia de La Nación (SCJN), la inconstitucionalidad de la consulta ciudadana promovida por el Congreso local de Baja California?

“Sí, también. Yo creo que son dos cosas separadas, yo creo que lo que van a hacer, me imagino, simplemente es una hipótesis, es decir, los partidos políticos van a impugnar el proceso y la reforma que se llevó a cabo, de eso va a salir un resultado, desde luego. Ahora, si quisieran darle en algún momento dado una especie de formalidad jurídica o un aval jurídico a la consulta, creo que sí formaría parte, la consulta, del propio proceso de análisis que llevaría a cabo la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.

El miembro de El Colegio Nacional sentenció: “La ampliación de mandato desde luego sí es inconstitucional; la consulta no lo sé, porque no he visto los textos, pero en todo caso la consulta y su resultado me parece que no es relevante en términos jurídicos para efectos de la extensión de mandato; si la consulta en sí misma es inconstitucional pues yo tendría que ver las bases de la convocatoria para emitir una opinión, pero me parece que no tiene ningún sentido ni afectación porque sería tanto como suponer que un acto inconstitucional adquiere constitucionalidad por el hecho de hacer consultas populares, lo cual no está previsto así en el orden jurídico”.

“LA ELECCIÓN YA ESTÁ HECHA”

Al no turnar al Ejecutivo estatal para que publique en el Periódico Oficial la reforma al Artículo Octavo Transitorio que amplía el mandato gubernamental de dos a cinco años para favorecer al gobernador electo, los diputados de la XXIII Legislatura están apelando ingenuamente a dilatar el envío al gobernador Francisco Vega de Lamadrid días u horas antes del 1 de noviembre de 2019, día en que Jaime Bonilla Valdez tomará posesión como gobernador de Baja California; no obstante, José Ramón Cossío detalló que aun cuando se publique el 30 de octubre, empiezan a transcurrir los 30 días para su impugnación ante la SCJN.

Aun tomando posesión el gobernador electo Jaime Bonilla el 1 de noviembre de 2019, ¿días antes o en los días sucesivos los diversos grupos políticos competentes pueden promover las diversas controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad? O en todo caso, ¿tiene vigencia la promoción de controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad o vencen (el 31 de octubre) una vez entrado en funciones el gobernador?

La Fracción II del Artículo 105 de la Constitución lo que dispone es que las acciones de inconstitucionalidad se pueden promover dentro de los 30 días siguientes a su publicación. En el momento en que el gobernador la publique, es factible presentar la acción de inconstitucionalidad por los legitimados.

“La forma más simple, técnicamente hablando, me parece es presentar las acciones de inconstitucionalidad por las mesas directivas de los partidos políticos con registro, ¿por qué?, porque los partidos políticos son entidades, están constituidas, está claro quiénes son sus mesas directivas. Ahora, el hecho de que el gobernador la publique estando en ejercicio de su cargo, no tiene ninguna relevancia para el tema constitucional; entonces, no le veo ningún problema. Creo que es un mal cálculo jurídico, no sé como cálculo político, pero creo que es un mal cálculo jurídico porque se puede impugnar dentro de los 30 días siguientes a la publicación. Podría alguien pensar: la presento, pospongo el plazo de la entrada en vigor de la reforma y mientras tanto ahí estoy atenido, pero es dentro de los 30 días siguientes a la publicación, eso me parece que hace toda la diferencia”.

El 11 de junio de 2019, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Baja California (IEEBC) declaró la validez de la elección para dos años de la gubernatura (2019-2021) y emitió el respectivo dictamen, además de entregar la consabida constancia de gobernador electo a Jaime Bonilla Valdez para el mismo período. Si el Congreso local envía la reforma de ampliación de mandato al Ejecutivo estatal días u horas antes del 1 de noviembre (día de la toma de posesión del gobernador), ¿el mismo Congreso local puede días u horas antes votar para cambiar el dictamen del IEEBC y así ampliar la gubernatura de dos a cinco años?

“Creo que no, la elección ya está hecha, ya se declaró válida la elección, se le da la constancia de mayoría al gobernador; una cosa es la elección del gobernador, su constancia de mayoría y otra cosa distinta es el intento por parte de él y del Congreso del Estado en su momento y los ayuntamientos de Baja California de ampliar el mandato.

Piden revocación a consulta de ampliación de mandato en BC

Que se revoque la consulta ciudadana propuesta por el Congreso del Estado de Baja California para conocer el sentir ciudadano respecto a la ampliación de mandato de dos a cinco años de la gubernatura del Estado, y que el Tribunal de Justicia tome control de la situación en beneficio de la población, es el objetivo del juicio que presentaron Ernesto Elourduy Blackaller y Francisco José Fiorentini Cañedo el martes 27 de agosto en su calidad de ciudadanos.

En el documento presentado al Congreso, se resaltó la afectación directa que la consulta y su posible resultado propiciaría a los derechos político-electorales de los ciudadanos, expuestos en el Artículo 35 -fracciones I y VII- de la Constitución.

Según los postulantes, hasta el momento el Tribunal Electoral del Estado de Baja California no ha garantizado “una tutela efectiva” a ese derecho al voto, dado que en dos ocasiones se ha pronunciado en sentido contrario a los derechos ciudadanos.

Uno de los casos refiere al expediente RI-63/2019, presentado por Jaime Bonilla Valdez, entonces candidato a la gubernatura por Baja California, con el que impugnó el acuerdo de que el próximo mandatario estatal duraría dos años en el cargo, considerando que el plazo debería ser de seis años.

El otro motivo es el recurso de inconformidad identificado con el expediente 18/2019, interpuesto en contra de la convocatoria a elecciones para gobernador del Estado -emitida por el Instituto Electoral del Estado de Baja California- que argumentaba el mismo motivo para la elección, por lo que se pedía realizar una actualización a la convocatoria para ampliar el plazo del cargo de gobernador que sería electo a cinco años.

Ambas peticiones son avaladas por el Tribunal, lo cual da una visión “previsible” sobre la postura que asumiría el órgano jurisdiccional local en cuanto a la realización de la consulta popular.

Ante tal premisa, los ciudadanos solicitan a la Sala Superior asumir su competencia en este asunto para garantizar “la justicia y la tutela” de los derechos político-electorales que se reclaman y ejercer “control constitucional sobre la consulta ciudadana aprobada por el Congreso del Estado”, ante la cercanía de la toma de protesta del próximo gobernador el 1 de noviembre. Manuel Ayala Chávez

“Creo que eso tampoco tiene ninguna relevancia, porque son dos cosas: uno es simplemente declarar quién tuvo mayor número de votos de acuerdo con el sistema electoral de Baja California (en este caso el Instituto Electoral del Estado), y otra cosa distinta es reformar la Constitución para tratar de ampliar el plazo, creo que ambas cosas pueden entenderse en un sentido completamente diferencial”.

 

“CON QUE EXISTA UN PRECEDENTE, ÉSTE TIENE UN VALOR VINCULANTE PARA LAS AUTORIDADES DE LA SCJN”

Miembro de El Colegio Nacional, el ministro en retiro también recordó los antecedentes de otros estados -que pudieron disminuir pero no aumentar mandatos- que podrían considerarse como ejemplo para que la SCJN resuelva el caso de Baja California; una vez presentadas, claro, las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad.

“Teníamos en México un calendario electoral completamente diversificado, los estados tenían elecciones cuando lo establecían sus constituciones; hace ya varios años se empezó a promover la idea de alinear, empatar o sincronizar todas las elecciones en el país para que no tuviéramos ese desgaste político permanente de los conflictos postelectorales; con motivo de las reformas, una parte muy importante de los estados se ajustaron al calendario federal, y cuando se presentaron esos casos, varios estados movieron su tiempo de elecciones.

“La SCJN consideró que todos aquellos que habían disminuido plazo de funciones por el cual habían sido electos los servidores públicos podían con toda competencia disminuir esos mismos plazos, eran correctas esas disminuciones; sin embargo, en los casos en los que se aumentó el plazo de duración del período en relación con el que había sido el de la elección, la SCJN declaró inconstitucionales todos esos casos. No recuerdo todos los casos, pero sí un precedente muy claro donde tuvo una alta votación y precisamente definimos esto respecto del Estado de Chiapas”.

El autor de “Derechos humanos. Apuntes y reflexiones” (El Colegio Nacional, 2018) explicó a este Semanario cómo se vota al interior de la SCJN considerando los precedentes:

“Creo que aquí no es tanto cuántos (estados con esos precedentes) son, si son muchos o no, sino con que exista uno. Recordemos que en materia de controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad, a diferencia del resto de los asuntos que conoce la SCJN, con que exista un precedente éste tiene un valor vinculante para las autoridades de la Suprema Corte, lo único que habría que hacer es efectivamente que a partir de la publicación dentro de los 30 días siguientes a ella se promovieran estas acciones de inconstitucionalidad, y con eso me parece que echa a andar el mecanismo constitucional para poder analizar en esos términos de ese precedente, lo que se intentó hacer o lo que se está haciendo por parte del Congreso del Estado”.

José Ramón Cossío, ex ministro.

En el día en que se vota una controversia constitucional o acción inconstitucional, ¿algún ministro puede ausentarse a propósito, de manera tal que no se acumulen los ocho votos como mínimo que se requieren para que la SCJN declare inconstitucional la citada reforma?

“Yo no le haría mucho caso porque son especulaciones. Creo que los ministros de la Suprema Corte son todos personas muy serias, creo que sería en desdoro de la Suprema Corte ausentarse en una votación de una relevancia; estoy seguro que quienes fueron mis compañeros no harían una cosa de esa naturaleza, y pues, habría que ver los argumentos que presenten en las acciones. Es difícil desde ahora especular si tienen relaciones con el Presidente de la República o no, creo que eso es especulación, me parece que los ministros atienden argumentos estrictamente jurídicos”.

 

“QUE EL GOBERNADOR ENTIENDA Y ASUMA QUE SIMPLEMENTE HIZO UN INTENTO POLÍTICO”

Tras la tensión política e incertidumbre de la gubernatura de dos o cinco años provocada tanto por la XXII como la XXIII Legislatura, además de los respectivos diputados de los diversos partidos políticos, así como Jaime Bonilla, el catedrático de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), manifestó a ZETA:

“A mí me parece muy delicado, me parece muy peligroso que se estén haciendo estos juegos de extensión de los mandatos, estamos viviendo en el país, algunos por razones internas, algunos otros por razones internacionales, un momento de gran tensión política”, manifestó y luego argumentó:

“Si a la ciudadanía se le convocó para una elección para designar a un servidor público por dos años y para que fungiera por dos años en el cargo, no entiendo realmente cuál es -más allá desde luego de la ambición política-, la razón para pensar tanto las cosas y generar -en todo el país, no solo los bajacalifornianos- una enorme tensión política, creo que no es adecuado ni desde el punto de vista político ni desde el punto de vista por supuesto jurídico; las razones que se han dado francamente no son unas buenas razones: se está hablando de las elecciones, de la soberanía del Estado como si el Estado no estuviera inmerso en el orden jurídico nacional; como si la Constitución nacional, los presidentes de la SCJN, las decisiones del Tribunal Electoral, no tuvieran ningún valor para Baja California.

“En fin, creo que se ha ido tratando de salvar la decisión construyendo una narrativa muy peligrosa, ya se está hablando de este soberanismo en los estados, ya se está cuestionando la legitimidad del Tribunal, la legitimidad misma de las elecciones; es decir, son escaladas de tono y de argumentos tratando de salvar lo que desde mi punto de vista es insalvable y seguimos descomponiendo una situación política nacional”.

Finalmente, ¿qué panorama podría advertir luego de este desafortunado proceso de ampliación de mandato?

“Hoy en la mañana (martes 27 de agosto) leí una declaración del gobernador electo Jaime Bonilla en el sentido de que él se ajustará -como no podía ser de otra manera- a lo que resuelva la Suprema Corte de Justicia; entonces, me parece que él mismo está dando señales muy positivas en el sentido de ‘pues vamos a un litigio constitucional’, los impugnadores de la reforma y de la extensión del mandato presentarán sus argumentos; él presentará sus argumentos. La Suprema Corte resolverá sobre si es constitucional o no el mandato (de cinco años) y se establece; en el fraseo que hizo el señor Bonilla en El Universal me parece una salida donde ya él mismo está entendiendo que esto tiene que entrar en los procesos jurídicos, racionalizar jurídicamente lo que es un conflicto político y atenerse como lo prevé la Constitución a lo que resuelvan los tribunales nacionales.

“Está el país en una condición de gran tensión política por diversos factores, unos nacionales, otros internacionales, entonces, creo que lo que hoy (martes) dice el gobernador electo me parece interesante, ‘vamos a un litigio’, como deben ser los litigios: unos exponen sus razones, otros sus razones, se presentan, se deja constituido ya -como decimos nosotros- una litis, y sobre esa litis resuelven los ministros; si la resolución es favorable a lo que el gobernador piensa, pues ya será un ejercicio de acción política y no jurídica, pero si le es desfavorable, pues que el gobernador entienda y asuma que simplemente hizo un intento político que no fue considerado constitucional y que ejerza su mandato por dos años”.

Autor(a)

Enrique Mendoza
Enrique Mendoza
Estudió Comunicación en UABC Campus Tijuana. Premio Estatal de Literatura 2022-2023 en Baja California en la categoría de Periodismo Cultural. Autor del libro “Poetas de frontera. Anécdotas y otros diálogos con poetas tijuanenses nacidos en las décadas de 1940 y 1950”. Periodista cultural en Semanario ZETA de 2004 a la fecha.
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