La modificación al Artículo 76 de la Ley del ISR obliga a las empresas a retener el Impuesto Sobre la Renta (ISR) a los vendedores por catálogo, de quienes el 71% son mujeres jefas de familia, sin prestaciones
La propuesta del Gobierno Federal para obligar a los vendedores por catálogo a pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) a partir del próximo año, generaría ingresos de hasta tres mil millones de pesos a las arcas públicas, estimó el académico de la Universidad Autónoma de Baja California (UABC), Roberto Fuentes Contreras.
Esta cantidad es “muy poco” dinero con respecto al ingreso total; sin embargo, representaría un disminución promedio del 20% en la ganancia que obtienen los 2.5 millones de vendedores por catálogo que hay en el país, quienes seguirían laborando sin seguridad social, ni fondo para el retiro, entre otras prestaciones que habitualmente acompañan a la formalidad.
Aunque el investigador consideró “loable” cualquier política pública que vaya enfocada a reducir la informalidad y confió en que esta medida será el primer paso para que esas personas tengan dichos beneficios, cuestionó la rentabilidad de la disposición, en cuanto a los recursos humanos y logísticos que requiere su implementación.
Tampoco “queda muy claro qué tan equitativa es”, toda vez que el 71% de quienes desempeñan esta actividad son mujeres. Del total, 31% cuenta con primaria, 28% con secundaria y 26% con preparatoria, mientras que el 77% es mayor de 35 años, condiciones que hacen difícil la incorporación de quienes se dedican a las ventas por catálogo en otras área del mercado laboral.
Para Xóchitl, quien desde hace diez años vende zapatos por catálogo, la actividad que desempeña “no es el gran negocio”. Ella lo hace para apoyar a la economía de su familia, integrada por dos hijas y su esposo.
Consideró “injusto” que le cobren impuestos cuando la venta de un par de zapatos “no deja mucho; le puedes ganar hasta 200 pesos, pero hay que restarle la gasolina de ir por ellos, lo que tienes que reinvertir y el que te lo pagan en abonos, con el riesgo de que muchas veces el cliente se dé a la fuga”.
Elizabeth, quien también vende productos por catálogo y es psicóloga de profesión, dijo que el ingreso que percibe por la venta por catálogo varía; hay temporadas altas en las que vende hasta cinco mil pesos al mes, pero también hay temporadas bajas.
“Con esta actividad le ayudo a mi mamá, quien es la titular, a venir por las cosas, entregar y promocionar los productos”. Aunque dijo estar consciente que disminuirán sus ingresos con la nueva disposición fiscal, en caso de ser aprobada por el Congreso de la Unión, se mostró a favor de la disposición. “Hay que darle lo que le corresponde al SAT, así es esto”.
Por el contrario, otra vendedora de colchas por catálogo opinó que la medida es “un tanto agresiva”. Consideró “injusto” que el fisco vaya contra quienes tienen menos ganancias, ya que estas son “mega reducidas. Hay productos que te dan 20, 50 o hasta 100 pesos, y hay que comprar el catálogo”.
La medida va en contra de las políticas externadas por el Presidente Andrés Manuel López Obrador de apoyar a aquellos sectores vulnerables que más lo requieren, porque muchas trabajadoras de este gremio son jefas de familia. “Pienso que ese poquito que le estén quitando puede representar mucho para ellas en su margen de ganancia”, manifestó.
Por otro lado, dijo, “si sumas el hecho de que las mujeres tienen un salario menor al de los hombres en general, con que en este sector la mayoría son mujeres, entonces creo que hay un retroceso en cuestión de género.
“De aplicarse la medida, ella probablemente dejaría esta actividad que hace adicional al empleo que tiene”.
NO ES UN IMPUESTO NUEVO, PERO SÍ INJUSTO: ABOGADO FISCALISTA
Aunque la propuesta de Hacienda no se trata de un impuesto nuevo -ya que en 2015 se hizo una reforma que contemplaba que algunos contribuyentes morales, empresas dueñas del producto como Avon, Andrea, MaryKay, Vianney, etcétera- tenían que hacer la retención de forma opcional. “La modificación sí es injusta puesto que no contempla todas las posibilidades de los vendedores por catálogo”, señaló el abogado fiscalista Daniel Ruiz de la Peña Sandoval.
El especialista explicó que la modificación propuesta al Artículo 76 de la Ley del ISR consiste en obligar a las empresas (contribuyentes morales) a retener el Impuesto Sobre la Renta (ISR) de los vendedores por catálogo (personas físicas), considerando que estos últimos hacen actividades empresariales del régimen general. Bajo esa consideración, el que se retenga el ISR “va a generar que el costo del impuesto sea más alto sobre la ganancia” de los vendedores.
No está claro qué pasará con los contribuyentes físicos que realizan esta actividad y están inscritos en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), el cual otorga como beneficio la exención al 100 por ciento del impuesto el primer año de inscripción, cantidad que va disminuyendo diez puntos porcentuales después del segundo año, hasta pagar todo el gravamen al cabo de diez años, apuntó.
Si bien la nueva disposición contempla que puedes tributar bajo dos regímenes distintos, persiste la afectación al contribuyente “porque en términos normales, si una persona que venda zapatos en su primer año en RIF no pagaría nada si tuvo una ganancia de 200 mil pesos, con la nueva disposición -al ser considerada en el régimen general- tendría que pagar una tasa de 0 al 35 por ciento”.
Es decir, “puede haber casos en que los vendedores no tendrían que pagar el ISR por estar en el RIF, pero la empresa moral (dueña de los productos) está obligada a retenerles el impuesto”, de modo que el experto consideró que, si prospera el cambio, los legisladores deberían adecuarla para contemplar a los que estén en el RIF.
Otro aspecto que observó Ruíz de la Peña Sandoval es que, para los contribuyentes que tengan ingresos de hasta 300 mil pesos, la retención que haga la empresa dueña de los productos se considerará como pago definitivo. Pero en aquellos casos en los que superen esa cantidad, las retenciones se considerarán pago provisional y el vendedor tendrá que hacer una declaración anual (y pagar el ISR respecto a la tasa anual).
En los casos en los que las personas que tengan un trabajo formal en el que el empleador les hace la retención -y la empresa de venta por catálogo les retenga el impuesto-, al final del año los vendedores sumarán sus ingresos acumulados por ambas actividades y se les determinará el ISR a pagar con base en una tarifa distinta al pago parcial, porque se basa en rangos anuales y no mensuales y por acto.
En suma, dijo, la nueva disposición impondrá tres obligaciones a la empresa dueña de los productos que se venden por catálogo: Deberá cerciorarse que el vendedor (persona física) esté dado de alta en el Servicio de Administración Tributaria; de no estarlo, podrá registrarlo. Adicionalmente, retendrá el ISR a los vendedores y, finalmente, la empresa deberá llevar un control respecto al cumplimiento de obligaciones.
“Si por falta de información, un error administrativo o por alguna otra razón, la empresa no retiene el monto del ISR al vendedor por catálogo, la persona moral será la responsable del monto. Si el SAT no puede cobrarle al vendedor, irá a cobrarle a la empresa”, comentó el abogado fiscalista.
Aunado a ello, el investigador de la Facultad de Economía de la UABC, Roberto Fuentes Contreras, indicó que -según datos de la Asociación Mexicana de Ventas Directas (AMVD)- una de cada cuatro personas adquiere los productos para autoconsumo, por lo que un reto para la autoridad será identificar esos casos.
De otro modo, “sería injusto” que se cobraran impuestos por un producto cuando los vendedores realmente son consumidores. Es decir, “si paga el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y no lo revendió, ¿por qué tendría que pagar ISR?”.
ASOCIACIONES DE VENTAS DIRECTAS ANALIZAN EL TEMA
ZETA solicitó una entrevista con directivos de la Asociación Mexicana de Ventas Directas (AMVD) para conocer su posicionamiento, los cuales indicaron que están trabajando de “forma inmediata y expedita” para conocer y entender los términos y alcances de la reforma, pero por el momento no están en posibilidad de emitir comentarios o juicios de valor sobre la propuesta fiscal.
En su oportunidad, Netze
n (empresa de asesoría para compañías de ventas directas) manifestó que definitivamente habrá un impacto, que repercutirá en la ganancia final; la percepción de las personas depende del tiempo que dedican a la venta y el volumen de productos que logran desplazar mensualmente, siendo los giros de belleza, hogar y moda los que están a la vanguardia.
“REFORMA” ES UN PALIATIVO, SE REQUIERE UNA REFORMA FISCAL
Aun si el Congreso de la Unión avala la miscelánea fiscal, que incluye esta modificación a la ley del ISR, el gobierno tiene un panorama difícil en cuanto a aumentar su recaudación de .8% respecto a 2019 -más del doble de lo que había venido creciendo anualmente-, consideró Ruiz de la Peña Sandoval.
“No solamente basta con cambiar las leyes para aumentar la recaudación; la autoridad debe tener el equipo estructurado para verificarlo, pero hoy el SAT cuenta con menos personal que a la mitad de la administración pasada. Eso hará complicado que alcancen la meta de recaudación que están proponiendo para 2020”.
Para el investigador Fuentes Contreras, los cambios planteados en el Paquete Económico son apenas “curitas”, “paliativos” ante el problema que representa un sistema fiscal que se centra en la clase media. En la base de la pirámide hay una gran informalidad que no paga impuestos y una gran elusión fiscal en la parte más alta de la pirámide.
Por ello, es necesaria una reforma fiscal que realmente grave a los grandes contribuyentes y combata la evasión fiscal con un enfoque redistributivo de la riqueza. “Ese es el gran pendiente de un gobierno que se dice progresista” y que, según ha dicho el Gobierno Federal, hará durante la segunda parte de la administración.
“Preocupante” que en Baja California se quiera instaurar un SAT local: abogado fiscalista
La propuesta del próximo gobierno de Baja California de crear un Servicio de Administración Tributaria (SAT) estatal, con el fin de incrementar la recaudación de 570 millones de pesos a 900 millones. es “preocupante”, opinó el abogado fiscalista Adolfo Solís Farías.
“Eso significa un incremento de casi 80 por ciento de presión fiscal”. Magnitud que el Estado no resistiría, consideró el especialista, quien advirtió que tan solo para recabar 150 millones de pesos -que el próximo gobierno estatal prevé provengan de Comercio Exterior- se tendrían que incautar al menos seis mil vehículos y que las personas pagaran; pero si no lo hacen, se tendrían que embargar al menos nueve mil “autos chocolate”.
No está mal que se pretenda aumentar la recaudación, sino que “traten de inventar instituciones espejo que no son funcionales para nuestra región”, señaló, a propósito de las declaraciones hechas en agosto pasado por el futuro secretario de Hacienda estatal, Adalberto González, quien anunció que se planea convertir a la Dirección de Verificación Aduanera en un SAT estatal con facultades para recaudar, fiscalizar y auditar.