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lunes, octubre 7, 2024
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Lo despojan de terreno y lo rentan a iglesia cristiana

Desde el 2015 Teobaldo Estrada ha invertido todos sus esfuerzos por recuperar un terreno que compró hace unos años, ubicado en la calle Miguel Hidalgo (Octava), en la Zona Centro, al poco tiempo de concluir su compra fue despojado del mismo por una pareja que hasta el momento no ha desocupado el predio en cuestión y lo renta a una iglesia cristiana.

Estrada denunció a Semanario ZETA que la pareja, conformada por Nelly Adriana Preciado Gaytán y Salvador Tapia Burquez, de un día para otro se apropiaron del predio y demolieron la vivienda que ahí se encontraba. En dos ocasiones ha servido de negocio, primero un salón para eventos que fue clausurado por no contar con las medidas de seguridad y más recientemente le es rentado a una iglesia cristiana denominada “Ancla”.

A parte del litigio por recuperar su predio, en los últimos dos años ha tenido que padecer distintos conflictos con los dirigentes del centro religioso, aseguró que no respetan los cajones para estacionamiento de los negocios y domicilios cercanos, y en semanas recientes dañaron otra de sus propiedades que tiene en esa calle, al pintar si su autorización una barda que había destinado para promoción política.

Este Semanario constató que iglesia “Ancla” no está registrada en la dirección municipal de Asociaciones Religiosas, tampoco se encuentra dentro del padrón de asociaciones religiosas de la Secretaría de Gobernación, publicado recientemente en el mes de junio de este año.

En lo que respecta a su proceso penal por recuperar el predio que adquirió, su caso quedó asentado en el expediente 5261/15/211/AP ante el Ministerio Público por el delito de despojo, su caso ha pasado de los Juzgados Penales a los Civiles, en ambos se catalogó como no procedente.

Sobre este tema, el subprocurador de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) Jorge Álvarez informó que en la primera parte del litigio no procedió por “no contar con elementos que permitan tener por acreditadas las circunstancias de tiempo, modo y lugar” esto porque los testigos presentados en el caso no pudieron precisar fecha y hora del despojo, tampoco se acreditó el modo en el que se llevó la ocupación del predio.

“Cuando recuperamos la facultad (después de no proceder por lo civil) se resolvió como ‘no delito’ en conjunto. El denunciante se amparó, pero no fue procedente y se suspendió el procedimiento judicial por falta de pruebas”, explicó el funcionario.

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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