29.4 C
Tijuana
lunes, octubre 7, 2024
Publicidad

Caro Quintero, sin prisa y sin saber si lo buscan

El aplazamiento para que se resuelva un recurso de revisión en la SCJN al solicitarse que un ministro se declare impedido para ser el ponente parece irrelevante, pues de todos modos el ex líder del Cártel de Guadalajara no es localizado, y ni si quiera se sabe sí autoridades mexicanas lo buscan. La pareja sentimental de Rafael Caro Quintero temía una posible orden de aprehensión en su contra, tramitó un amparo y supo que por el momento no existe dicho mandamiento judicial

Mucho se habla del amparo en revisión que resolverá la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre el recurso interpuesto por el narcotraficante Rafael Caro Quintero contra la negativa de protegerle judicialmente por la orden de detención provisional que le fue dictada con fines de extradición en 2013, pero no de la búsqueda y posible captura del capo.

A diferencia de otros criminales y a pesar de las recompensas que se ofrecen por su detención tanto en Estados Unidos como en México, se desconoce si realmente le están buscando, y si como en el caso de Joaquín Archivaldo “El Chapo” Guzmán, existe un grupo especial de seguimiento y rastreo para dar con su paradero.

Es obvio que el gobierno norteamericano, principal interesado en que Caro sea aprehendido y enviado a ese país para juzgarlo por el homicidio de Enrique Camarena, agente de la Administración para el Control de Drogas de Estados Unidos (DEA, por sus siglas en inglés), está esperando un error del sinaloense para poder ubicarle a través de sus sistemas de inteligencia, infiltrados e informantes; sin embargo, hasta el momento nada se sabe.

Enrique “Kiki” Camarena Salazar, agente especial DEA

Existe la posibilidad de que estén “colgadas” las conexiones de comunicación entre el ex convicto, sus familiares y sus mujeres, entre ellas Diana “N”, quien recientemente tramitó una demanda de amparo indirecto en Guadalajara en contra de una potencial orden de aprehensión, pero que al final de cuentas, al declararse inexistente el acto reclamado, se decretó el sobreseimiento de  dicho juicio.

Mientras Caro Quintero se esconde en algún lugar remoto del territorio mexicano, o fuera de éste, su equipo legal no ha dejado de moverse en tribunales desde que salió por la puerta grande del Reclusorio Preventivo de Guadalajara aquella madrugada del 9 de agosto de 2013. Casi un año después, el 16 de junio de 2014, perdió el amparo en contra de la orden de captura para que se le someta al procedimiento de extradición.

La defensa interpuso el recurso de revisión contra el fallo y ese es el asunto por el que aún lucha jurídicamente. La impugnación llegó inicialmente al Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, pero los magistrados y los abogados de Rafael Caro Quintero solicitaron a la SCJN ejercer su facultad de atracción para resolver lo que se considera un caso sin precedentes.

Desde entonces la resolución no ha llegado. La Primera Sala del máximo tribunal de justicia del país tuvo la revisión interpuesta en la fila según el turno que le correspondía, más cuando ya se tenía un proyecto que, en noviembre de 2016, parecía confirmar la negativa del amparo, la defensa del capo solicitó que el ponente, ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, se declarara impedido. El recurso llevó muchos meses, pero finalmente se declaró infundado.

Tras el cambio de poderes en la Corte, donde el presidente Zaldívar fue votado, el ministro Luis María Aguilar Morales, que dejó el mismo cargo, pasó al lugar de su predecesor y “se quedó” con sus asuntos, entre éstos el caso de Caro Quintero. Sin embargo, a finales de marzo último, la defensa del ex líder del Cártel de Guadalajara solicitó que a Aguilar se le declare impedido. Trascendió que la ponencia es para confirmar la negativa del amparo.

Opiniones se han expresado en el sentido de que se trata de una práctica dilatoria por parte de los representantes legales del prófugo narcotraficante, quien no tiene ninguna prisa para que el asunto se resuelva pronto. Esos comentarios no son del todo certeros, pues al susodicho ni siquiera se le ha detenido.

Además, de perder el amparo, no estará todo dicho en el tema de extradición, pues ni siquiera es sometido al procedimiento administrativo en forma de juicio, no es tiempo de formular la petición formal por parte de Estados Unido, y menos aún se ha concedido la extradición. Por ahora sólo está en juego la orden de detención provisional.

En su sentencia del 16 de febrero de 2014, el Juez Décimo de Distrito de Amparo en Materia Penal de Ciudad de México negó la protección de la justicia federal a Rafael Caro Quintero, al estimar que la orden de detención provisional con fines de extradición se equipara a una orden de aprehensión.

La defensa alega que la Constitución mexicana sólo contempla la legalidad de una captura a través de dos figuras: la detención en flagrancia y la orden de aprehensión, mas no consideran que esté contemplada la referida orden de detención provisional con fines de extradición.  En el mismo sentido, la impugnación se considera relevante para que la SCJN resuelva el lío entablado.

 

Autor(a)

- Publicidad -spot_img

Puede interesarte

-Publicidad -

Notas recientes

-Publicidad -

Destacadas