El proyecto de sentencia que modificó el periodo de la gubernatura de Baja California de 2 a 5 años fue redactado y presentado por el Magistrado electoral Leobardo Loaiza Cervantes. En entrevista con ZETA asegura que nadie lo presionó, que no beneficia a ningún aspirante en particular sino a todos los pre candidatos al gobierno del Estado y que seguirá respondiendo por sus “decisiones frente a cualquier influencia extraña”.
En el caso de la sentencia fue una precandidata de Morena quien recurrió al Tribunal de Justicia Electoral para pedir la inaplicación del artículo Octavo transitorio de la Constitución que contempla por única ocasión una gubernatura de 2 años.
“Yo comentaba, fuera mujer, verde, hombre, azul, amarillo… lo que estoy revisando en esta sentencia es una reflexión a un derecho fundamental. Si bien, una militante de Morena que acredita tener interés jurídico, pero bien pudo haber venido cualquiera de los aspirantes de los partidos y la sentencia hubiera sido la misma”.
El recurso en el Tribunal se centró a petición de Blanca Favela Ávalos, precandidata de Morena a la gubernatura, “la actora –explicó Loaiza– nos decía es que debe inaplicar (la gubernatura de 2 años) porque le genera una violación a sus derechos político-electorales, toda vez que el artículo 116 y el 44 de la Constitución extienden el cargo (a gobernador) a 6 años”.
El magistrado explicó que antes de inaplicar el artículo se aplicó el “principio de interpretación conforme” es decir, “agotar todas las posibilidades de encontrar en la disposición normativa un significado que la haga compatible con la Constitución”. En ese sentido respetar la Constitución de México incluyendo la reforma electoral del 2015 que contempló empatar las elecciones locales con las federales.
“El legislador de Baja California tenía dos opciones, o lo hacía en el 2021 o en el 2024, lo que decidió fue hacerlo en el 2021 y eso genera, desde mi percepción, una afectación en los derechos político-electorales de la ciudadana que recurrió a través del recurso de inconformidad. Este asunto se trata de protección de los derechos fundamentales, los derechos políticos son derechos humanos y todas las autoridades estamos obligados a hacerlos valer y garantizarlos”.
A decir del Magistrado, en el tribunal se dieron cuenta que los diputados locales que establecieron la gubernatura tenían dos opciones (empatarla en 2021 o en 2024) “y que la opción que más garantizaba el derecho fundamental es que la elección concurrente se lleve a cabo en el 2024… lo que la hace más compatible con el artículo 44 que dice que el gobernador debe fungir seis años. No existe una razón a partir de la cual, el legislador restringió el periodo de ejercicio de gobierno en el Ejecutivo cuando estaba obligado a ampliarlo y maximizarlo”.
Leobardo Loaiza sostiene que calificar de inconstitucional la sentencia del tribunal alegando que no es posible modificar las reglas electorales es impreciso, pues alega, el ampliar el periodo a 5 años: “no se modificaban las reglas prestablecidas en el proceso, que no se cambiaban las reglas del juego. Esto es fundamental, lo que la Corte nos ha dicho en una jurisprudencia es que se modifiquen las reglas, los elementos rectores del proceso, que se altere el marco jurídico aplicable al proceso”.
“Lo que estoy planteando –agrega Loaiza cervantes– es que hay una restricción a los derechos de una recurrente que finalmente termina beneficiando a las personas que tienen coincidencia, porque están en una contienda del cargo y se tiene que garantizar el derecho de igualdad ante el proceso electoral, pero debería el PAN, el PRI, la coalición, festejar porque finalmente las condiciones de competencia les permitirían generar un proyecto de gobierno a un largo plazo que es lo más apegado a lo que establece el artículo 44 constitucional (donde se establece que el periodo de gobernador debe ser por 6 años)”.
ZOOM cuestiona al Magistrado si alguna fuerza política dictó o presionó su decisión. “Sabía que no estaba emitiendo una resolución probablemente cómoda, pero estaba obligado a garantizar el derecho humano que estoy analizando en la sentencia. No estoy en condiciones de denunciar a nadie que haya intentado perturbar mi independencia ni fui sujeto a represalias, no estoy faltando a mi deber”.
Loaiza espera que el Tribunal Federal admita la impugnación que algunas voces políticas han anunciado: “Sería sano que se hiciera. La Sala Superior es un tribunal garantista y ojalá que admitiera el recurso que presentara cualquiera de los partidos, lamentaría que fuera un criterio diverso al que sostengo, pero es parte de mi trabajo, pero por eso existen las segundas instancias”.
Otro de los argumentos que se manifiesta en contra de empatar la elección a gobernador con la presidencial es que los actores políticos pierden fuerza frente a los cuadros que eventualmente se postulen por el gobierno de la República. Al respecto, el magistrado advierte: “Los mayores niveles de participación concurren con las elecciones presidenciales, no veo ni advierto que eso inhiba o genere condiciones de inequidad y los partidos están en justo derecho de participar y generar la oposición a las políticas públicas y a la Presidencia”.
Y remató: “Si los partidos hacen apuestas de que las va a favorecer, no podría pronunciarme en ese sentido”.