A través de su recomendación 19/2018 la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California (CEDHBC) señaló a la Dirección del Registro Civil del Estado por el caso de discriminación al respecto de las personas que viven con VIH o Sida y quieren contraer matrimonio.
La recomendación parte de la queja interpuesta durante el 2018 en Tijuana por un organismo de la sociedad civil, Comunidad Cultural de Tijuana LGBTI A.C. (COCUT), en la que se señaló que “en las oficialías del Registro Civil en Baja California se solicita como requisito indispensable la realización y entrega de análisis médicos de VIH o SIDA, para efectos de contraer matrimonio civil, lo cual constituyen violaciones a los derechos humanos a la igualdad y trato digno, al matrimonio, a la privacidad, a la familia y al libre desarrollo de la personalidad”.
La CEDHBC corroboró que entre los requisitos para contraer matrimonio en el Estado, se solicitan análisis prenupciales de VIH y VDRL -prueba para detectar sífilis-, y otros certificados médicos, lo que consideran una “circunstancia opuesta a la dignidad de las personas, constituyendo una violación al derecho humano a la igualdad y teniendo como consecuencia la actuación discriminatoria por parte del Estado”.
En el documento la CEDHBC explicó que “la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su párrafo Quinto que está prohibida la discriminación motivada por condiciones de salud o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.
En la recomendación se emiten cinco puntos a la autoridad señalada, en el primero de estos se pide se gire la instrucción a los titulares de las oficialías del Registro Civil de Baja California a “abstenerse de solicitar como requisito para contraer matrimonio civil, los análisis y certificados médicos de VIH/SIDA y VDRL, reconociendo a las personas el derechos fundamental al matrimonio y a fundar una familia”.
En el segundo se pide se apliquen acciones para que se diseñe e implemente un programa de educación, formación y capacitación sobre igualdad sustantiva, a la privacidad en la actuación de la administración pública, a la familia, al libre desarrollo de la personalidad sobre derechos humanos y el conocimiento de atención a grupos en condición de vulnerabilidad como lo son las personas que viven con VIH o Sida.
En el tercero se debe emitir una circular que instruya a todo el personal a garantizar el respeto a los derechos humanos de toda persona, entre ellos el derecho a la igualdad, a la no discriminación, al trato digno, con el fin de que respeten en todo momento la dignidad humana.
Para cumplir con el cuarto punto, se pide se realice una campaña de concientización social a través de los medios correspondientes a fin de promover el derecho a la igualdad, a la no discriminación y al trato digno de las personas que viven con VIH/Sida.
Y en el quinto se debe difundir ampliamente la Recomendación en cuestión con todas las servidoras públicas y servidores públicos adscritos al Registro Civil a su cargo.