Vecinos del fraccionamiento Chapultepec lograron el amparo del poder judicial de la federación por actos reclamados contra autoridades del XXII Ayuntamiento de Tijuana, quienes se negaron a suspender la edificación de un multifamiliar en el predio donde se ubicaba el antiguo consulado americano, obra que incumple la reglamentación vigente.
En 2017 los vecinos solicitaron al gobierno dejar sin efectos la licencia de construcción C62016A1329 y la constancia de Zonificación ZC2016A1329, otorgadas por la anterior administración municipal a la desarrolladora Marinsa, S.A. DE C.V., empresa que en 2017 inició la construcción de un edificio de 120 departamentos denominado condominio Levant Campestre.
Al no obtener respuesta positiva en el Ayuntamiento, el grupo de colonos representados por José Ángel Arreola Garzón, Daniel Abel Huerta Sánchez y Genaro de la Torre Quintanar, emitió oficios a la Presidencia Municipal, a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (SDUE), así como a la Dirección de Administración Urbana (Dau), solicitando revisar y cancelar las licencias autorizadas para la obra.
La construcción –justifican– incumple el reglamento de uso de suelo al no tomar parecer a los vecinos, además que viola la Ley y Reglamentos vigentes de Tijuana, el Reglamento de Zonificación y Usos de Suelo del Centro de Población de Tijuana, la Ley de Desarrollo Urbano del estado de Baja California, así como el Reglamento de Edificación para el Estado de Baja California.
Los vecinos exigieron les fuera presentado el estudio de impacto vial avalado por el Instituto Metropolitano de Planeación (Implan), así como del proyecto geométrico de integración vial revisado y aprobado por la Dirección de Obra e Infraestructura Urbana Municipal (Doium), requisitos indispensables para una edificación de ese tipo. Pero fueron ignorados por el gobierno de Juan Manuel Gastélum Buenrostro, donde solo dejaron un citatorio el 16 de mayo de 2017 a efecto de suspender la obra en tanto la empresa Marinsa, S.A. DE C.V. solventara “las condicionantes señaladas por Implan”. Las cuales se referían a las resoluciones de estudio de impacto ambiental. El 26 de mayo de 2017, Implan volvió a realizar un invitación similar.
Las autoridades de Dau no cuentan con mayor información sobre el seguimiento hasta el 8 de junio de 2018, cuando a la empresa Marinsa, le fue otorgada por parte del municipio una prórroga de la licencia de construcción. El 20 de septiembre de 2018, la compañía ingresó una solicitud de la declaratoria de constitución al régimen de condominio.
Pero el 28 de septiembre de 2018 el juez Brando Arturo González Ramírez, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo y de Juicios Federales en el Estado de Baja California, resolvió que “la justicia de la Unión ampara y protege” a los ciudadanos que interpusieron el juicio de amparo 665/2017.
La resolución del juez González Ramírez se basó en el hecho que los vecinos “no fueron llamados al procedimiento respectivo” para el “otorgamiento de la licencia de uso de construcción ZC2016A1329, concedida para edificar 120 viviendas desarrolladas en dos edificios, en el inmueble identificado como Levant Campestre”, se lee en el documento de amparo.
Al respecto, la empresa Marinsa, S.A. DE C.V. contestó que “el término de anuencia vecinal no es mencionado en ninguna de las condicionantes a cubrir señaladas en la resolución previa al uso de suelo”.
José Ángel Arreola Garzón, representante de los vecinos, señaló como una falsedad la versión de la empresa y calificó como un gran logro tal resolución, ya que es un paso para evitar la edificación de multifamiliares en una zona de casi permanente congestionamiento vial. No obstante, teme que el gobierno de Gastélum Buenrostro, lejos de acatar la resolución de amparo, interponga recursos legales para proteger los intereses particulares de Marinsa, S.A. DE C.V.