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sábado, febrero 17, 2024
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Más encarcelados

Frente a la crítica de los defensores de los procesos judiciales garantistas enmarcados en la operatividad del Nuevos Sistema de Justicia Penal (NSJP) y un cúmulo de leyes internacionales, el 17 de mayo, con 19 votos a favor y cero en contra, diputados del Congreso del Estado aprobaron el paquete de 24 reformas propuestas para el Código Penal de Baja California.

El planteamiento general fue endurecer las penas para facilitarle el trabajo al Ministerio Público y de los juzgadores para que puedan pedir y otorgar la prisión preventiva como medida cautelar en un mayor número delitos, básicamente los que se realicen con violencia. Argumento que va en contra del espíritu del NSJP, el cual pretende que la privación de la libertad sea el último recurso del sistema judicial.


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Prácticamente fue admitir lo que es públicamente conocido: que las corporaciones, el Estado, no están en posibilidad y capacidad para poner en operación el trabajo científico operativo y de investigación que requiere el NSJP, y que la inseguridad en el Estado no puede tampoco esperar a que en la Federación, el Congreso de la Unión acuerde las reformas en cuanto a penalidades y beneficios de Ley en materia de control de armas y venta de droga que necesita Baja California para tener un mayor control de la violencia generada por los cárteles de la droga en la región. Así que la Legislatura hace lo que legalmente está en sus manos.

La presidenta de la Comisión de Justicia, Victoria Bentley, señaló que la idea fue que los delincuentes violentos se mantuvieran en cárceles durante los juicios  y con ello reducir la incidencia delictiva de Baja California, que concentra los incrementos en dos modalidades de delitos: el homicidio, que ya contemplaba la prisión preventiva oficiosa, y los robos violentos.

Las propuestas de los diputados se caracterizaron por aumentar las penas máximas en los delitos, lo que resulta poco fructífero considerando que en el NSJP, los juzgadores evitan imponer las penas máximas. Por eso las propuestas del gobierno, analizadas al interior de la procuraduría, se concentraron en el aumento de las penas mínimas y la reducción de los beneficios para mantener la mayor cantidad de delincuentes detenidos en prisión.


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La reforma propuesta por el Gobierno del Estado fue a los artículos 86 y 86 del Código Penal que refiere los beneficios de Ley al substituir la pena de prisión, por penas por semi libertad y trabajo en favor de la comunidad. El planteamiento fue para aumentar la pena mínima necesaria para alcanzar estos beneficios. Antes se concedían a las personas sentenciadas a cinco años de prisión, y ahora serán beneficiados aquellos con sentencia de cuatro años a un día de prisión.

Ejemplo: si por un hurto el ladrón se fue a juicio abreviado y obtiene sentencia de siete años, por haberse acogido al abreviado, admitir su culpa y comprometerse a la reparación del daño, el sistema le otorga el beneficio de reducirle una tercera parte de la pena, lo que significa restarle dos años y cuatro meses a la pena, que quedaría en cuatro años y seis meses.

Antes de la mencionada reforma, esta persona hubiera sido liberada y, con el cambio recién aprobado, deberá permanecer en prisión.

Adicionalmente se aumentaron las mínimas por homicidio, feminicidio y transporte de cadáveres. Y para reducir el número de ladrones liberados, también incrementaron penas mínimas en todos los robos, a casa habitación, a comercio, en asociación delictuosa, en robo de vehículo con violencia. Pese a estos cambios, no todos quedarán en prisión, solamente los que sustraigan grandes cantidades de dinero, si lo hacen con violencia y en un lugar cerrado como un domicilio.

De manera más reciente, el Gobierno del Estado anunció que la mínima por el delito de extorsión aumentaría de seis a siete años, lo cual significa que una vez publicada esta reforma, tal delito tampoco alcanzaría beneficios en juicio abreviado.

De inicio resulta lógico que estas reformas se traducirán en más personas presas, un tema que el Gobierno del Estado ya debe contemplar administrativamente.

El cambio está hecho, ahora corresponderá a la sociedad organizada mantener una vigilancia puntual para que esto no se traduzca en más violaciones a derechos humanos;   para analizar si de verdad tiene un impacto en la reducción de la incidencia delictiva; y sobre todo,  revisar que este cambio no sea usado como excusa para retrasar la profesionalización de policías y ministerio públicos en la calidad de sus aprehensiones, investigaciones y consignaciones. Tal como lo exige el NSJP para combatir la impunidad y la corrupción.

Capacitación y profesionalización que en teoría debió empezar a gestarse desde junio de 2008, cuando se emitió el decreto, pero que se trabajó mal y a marchas forzadas para su implementación general en junio de 2016. Y aún no termina de concretarse.

Autor(a)

Rosario Mosso Castro
Rosario Mosso Castro
Editora de Semanario ZETA.
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