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miércoles, febrero 21, 2024
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Aproximadamente, 12 mil patrones deberán entregar utilidades

Con la intención de reconocer la fuerza laboral de todos los que forman parte de una empresa y que gracias a su esfuerzo, dedicación y trabajo, se obtienen ganancias, es durante los meses de mayo y junio que trabajadores tienen el derecho irrenunciable de recibir el reparto de utilidades, esto de acuerdo al Artículo 123, apartado A, fracción nueve de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Este reparto se divide en dos rubros, según lo explica el secretario del Trabajo y Desarrollo Social.


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“Una de las vertientes son las empresas morales, las empresas que conocemos como tales, tienen hasta este 30 de mayo para cumplir con el reparto de utilidades, que equivale al 10 por ciento de las ganancias netas, siempre que hayan superado los 300 mil pesos como ingreso neto ya declarado; y la segunda vertiente son los trabajadores y las trabajadoras quienes presten un trabajo o trabajen para una persona física con actividad empresarial, quienes tendrán como tope, el día 29 de junio”, explicó Gustavo Hernández Vela Kakogui.

En Baja California Sur son más de 12 mil patrones afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) quienes tienen la obligación de hacer dicho reparto, y aunque en el Estado se tiene una población de 390 mil personas que tienen un empleo, donde se incluyen profesionales y trabajadores por honorario que no reciben utilidades; en promedio son alrededor de 200 mil trabajadores quienes tendrán hasta este próximo 30 de mayo para ser acreedores a las utilidades que han generado en su empresa.

Aunque este derecho es aplicable para casi todos los trabajadores que tengan 60 o más días en una empresa y que esta última tenga más de un año de operaciones, éstas son algunas excepciones marcadas en la ley.


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“Hay excepciones marcadas en la ley, como las empresas de nueva creación. Las personas que se dedican al servicio doméstico trabajadoras y trabajadores; los directores, directoras, administradores, administradores y gerentes generales están excluidos de este reparto de utilidades”, indicó Hernández Vela Kakogui, secretario STPS.

Si este derecho no es recibido por los trabajadores en su tiempo límite o bien, se le es pagado de forma incompleta o se tiene alguna duda con el monto recibido, es importante que en un plazo máximo de un año, después de la repartición, se acerquen a las instancias correspondientes, como la Secretaría Federal de la Defensa del Trabajo, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Así también, si como trabajador no realiza el reparto de utilidades correspondiente, según lo determina la Ley Federal del Trabajo, se pueden hacer acreedores a multas que pueden ir desde los 50 hasta los cinco mil salarios mínimos vigentes.

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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