La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por la muerte de Sebastián, de un año de edad, quien falleció por negligencia médica en la clínica 1 del IMSS en Tijuana.
Como parte de la resolución, que derivó de una queja interpuesta por el padre del menor, Antonio Juárez Escobedo, la CNDH determinó que médicos del IMSS en Tecate y Tijuana brindaron una atención inadecuada al paciente, así como incurrieron en negligencia y omisión.
Se trata de un “caso que cuenta con elementos que permiten evidenciar violaciones a los derechos humanos en agravio de Sebastián”.
Diagnósticos equivocados, dadas de alta sin estudios médicos que comprobaran una mejoría en su estado de salud y otras omisiones derivaron de una enfermedad que Sebastián presentó el 24 de abril de 2016, fecha en que inició con malestar estomacal y vómito.
Ese día fue atendido en una clínica particular, en la que se determinó que presentaba infección en garganta, pero ante la falta de mejoría, al día siguiente, el menor fue llevado a la Unidad de Medicina Familiar 39 del IMSS en Tecate, de donde fueron turnados a la Clínica 6 del IMSS en la misma ciudad.
Ahí el diagnóstico fue meningitis y el menor fue trasladado a la Clínica 1 del IMSS en Tijuana, donde fue dado de alta. Días después, el menor fue diagnosticado con actividad epiléptica por un neurólogo particular, quien le prescribió medicamentos.
Sin embargo, los padecimientos empeoraron con episodios convulsivos cada cinco minutos, por lo que fue ingresado a la Clínica 6 del IMSS, pero el médico de guardia se negó a atenderlo por no ser pediatra, así que con un cuadro de “deterioro neurológico” fue trasladado a la Clínica 1 del IMSS en Tijuana.
Fue dado de alta dos días después bajo el argumento de que alcanzó una recuperación completa, por lo que se ordenó su salida sin medicamentos y solo con cita abierta a urgencias. Después de dos semanas de ingresos y egresos, agonía e incertidumbre, el menor falleció en la Clínica 1 del IMSS en Tijuana, el 7 de mayo de 2016.
No obstante, el dictamen médico de la CNDH estableció diagnósticos no solo equivocados, sino sin fundamento. Por ejemplo, el 27 de abril, en la Clínica 1 del IMSS, Sebastián fue diagnosticado con “probable intoxicación por medicamentos por antihistamínico tratada y remitida” y dado de alta,a pesar de que el médico responsable no tenía los elementos para emitir dicha conclusión, ya que se necesitaban otro tipo de estudios, además de que no canalizó al menor con un especialista ni atendió la infección en vías respiratorias de manera adecuada.
En su recomendación 1/2018, la CNDH determinó también que el personal del IMSS “no se apegó a ofrecer un servicio preventivo, curativo y de rehabilitación”, a la vez que uno de los médicos incurrió en negligencia por omisión cuando el padre del menor le explicó al que su hijo presentaba alteraciones neurológicas similares a las ya tratadas, pero el médico no consideró de importancia de dichos antecedentes y ordenó nuevamente su egreso.
A esto se suman notas médicas incompletas y expedientes clínico integrados de manera inadecuada. “Todo lo anterior propició el deterioro de salud de Sebastián, que aunado a las deficientes atenciones recibidas con posterioridad, derivó en su fallecimiento”, resolvió la CNDH.
Pese a que el 6 de noviembre de 2017, el Consejo Técnico del IMSS resolvió como improcedente la queja interpuesta por el padre del menor, por este caso, la resolución de la Comisión es clara en la responsabilidad que tuvo el IMSS en la muerte de Sebastián.
Así que como parte de las recomendaciones que se establecen, está la reparación de los daños y perjuicios que se hubieran ocasionado, “para lo cual el Estado deberá investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley”.