Magistrados de la SCJN señalaron a integrantes del Congreso de la Unión de omiso, les recordaron a los diputados y senadores que “no son libres para decidir no legislar” y les dieron cinco meses para regular la publicidad gubernamental y evitar el arbitrario ejercicio del presupuesto en comunicación social, y que sigan afectando libertad de expresión y el acceso a la información
Después de dos semanas de haber sido electo Presidente de la República, el licenciado Enrique Peña Nieto publicó una columna en el periódico Reforma, en la cual se comprometía a regular la publicidad oficial. Hace poco más de cinco años, en esa carta -a modo de reconciliación después del proceso electoral-, sus otras dos promesas fueron impulsar la Fiscalía Anticorrupción y fortalecer el entonces llamado Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (Ifai).
“Impulsaré la creación de una instancia ciudadana y autónoma que supervise la contratación de medios de comunicación con fines publicitarios, en todos los niveles de gobierno. Esta medida tiene como finalidad garantizar que los contratos publicitarios se lleven a cabo bajo los principios de utilidad pública, transparencia, respeto a la libertad periodística y el acceso ciudadano a la información”, indicó el candidato ganador de la elección presidencial en aquel verano del año 2012.
A un año de concluir su administración, el mandatario no ha cumplido con su promesa, la publicidad sigue siendo un gasto que se utiliza de forma discrecional, sin reglas ni licitaciones.
Conforme a cifras recabadas y publicadas por Artículo 19, organismo independiente especializado en la búsqueda de la libertad de expresión, señala que en los primeros cuatro años del gobierno de Peña Nieto se gastaron 34 mil millones de pesos en publicidad, de acuerdo a números dados por Comunicación Social de la Secretaría de la Función Pública (SFP).
Tan solo en los primeros cuatro meses de 2017, el Gobierno Federal ha gastado 98 millones 599 mil pesos, de los cuales el 44.7% salieron de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) con el objetivo de fortalecer su imagen.
Fue hasta el 14 de febrero de 2014 cuando, derivado de la Reforma Electoral concretada finalmente y a destiempo por el Poder Legislativo, se estableció la obligación de regular la publicidad oficial; la instrucción fue hacerlo antes del 30 de abril de ese mismo año, sin embargo no ocurrió, por lo que Artículo 19 promovió en mayo de ese año un amparo contra la Comisión Legislativa, con lo que se buscaba obligar al Congreso a legislar.
En sesión celebrada el 15 de noviembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) convirtió el amparo en una vía de defensa de los ciudadanos ante las omisiones y deslealtades del Congreso.
Omisión legislativa
Leopoldo Maldonado, oficial del Programa de Protección y Defensa de Artículo 19, señaló que desde mayo del 2014 se interpuso un amparo por la organización, debido a que el 30 de abril de ese año se cumplió el plazo establecido en la Constitución en un artículo transitorio de la reforma político-electoral, en el que se estableció que se debía expedir una Ley reglamentaria del Artículo 134 párrafo octavo de la Constitución para que regulara el tema del gasto de comunicación en el tema de publicidad.
“Pasó el periodo ordinario de sesiones sin que se cumpliera con ese mandato impreso de la Constitución, y en un momento dado, al cumplirse ese plazo, nosotros consideramos que se había incurrido en lo que se conoce como omisión legislativa, era un amparo muy novedoso porque en realidad hay toda una discusión en el foro jurídico en el que sí se puede admitir o no este tipo de amparos” señaló Maldonado.
Una de las tesis es que el amparo solo se ocupa de quien las promueve y entonces otorgar la protección constitucional implicaría dar efectos generales más allá del promovente, en este caso Artículo 19. Otro de los puntos fue la posible invasión de poderes.
Explicó que el amparo fue negado en primera instancia por el juez Décimo Tercero en Materia Administrativa con sede en Ciudad de México; había rechazado continuar y optó por no entrar al estudio del caso.
Su argumento fue que al tratarse de un tema electoral habría un beneficio para todos los ciudadanos -le pareció incorrecto-, lo que resultaría contrario al principio de relatividad, ya que las sentencias de amparo solo deben beneficiar a quien lo promovió, esto es, a Artículo 19.
“Nos inconformamos, interpusimos la revisión, la revisión cayó en un Tribunal Colegiado, pero cuando analizamos que era un asunto de interés, solicitamos a la Corte que lo atrajera y así lo hizo él ministro José Ramón Cossío, dictaminó en sentido favorable de que era de interés y trascendencia, se votó por unanimidad de los cinco ministros que se tenía que atraer el amparo para conocer y resolver en su caso”, expuso Maldonado.
Dos años para un “fallo histórico”
Transcurridos dos años, en sesión ordinaria del 15 de noviembre de 2017, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso de la Unión expedir una Ley en la que se regule el gasto en publicidad oficial antes del 30 de abril de 2018.
La propuesta del ministro Arturo Zaldívar fue aprobada por cuatro votos a favor y uno en contra, la resolución se dio en cumplimiento de la reforma constitucional del 30 de abril de 2014, en la cual el Congreso de la Unión dio un plazo para legislar en materia de publicidad oficial, pero no lo hizo.
El proyecto del ministro detalla:
“A través del amparo se pueden proteger derechos fundamentales de naturaleza colectiva o difusa, como los de educación, vivienda y salud, entre otros. Estos derechos, al no ser estrictamente individuales, involucran a más personas, por lo que sería imposible protegerlos sin beneficiar a personas ajenas al juicio”. En ese sentido, consideró que se debía reinterpretar el principio de relatividad para que sea compatible con el fin del juicio de amparo, que es la protección de todos los derechos fundamentales.
Otro de los argumentos vertidos es relativo al mandato constitucional, ya que todas las autoridades tienen la obligación de respetarlo, el Poder Legislativo no está exento de ello, por lo que “no es libre para decidir no legislar”, sino que puede ser obligado por los tribunales de amparo, ya que tienen facultades para analizar la constitucionalidad de las leyes “como de las omisiones”.
La sentencia señala que la omisión del Congreso de la Unión viola la libertad de expresión de prensa y de información.
“La ausencia de regulación en publicidad oficial propicia un ejercicio arbitrario del presupuesto en comunicación social, con lo que se restringe indirectamente la libertad de expresión”, expuso el ministro dentro del proyecto.
Al respecto, Leopoldo Maldonado, oficial del Programa de Protección y Defensa de Artículo 19, recordó que pasaron dos años hasta que el ministro Zaldívar subió el proyecto de la Corte incluso dos semanas antes de ser votado.
Puntualizó el valor de la sentencia: “Es histórico en dos sentidos: amplía las posibilidades del juicio de amparo como juicio de protección de derechos constitucionales y que finalmente como herramienta de protección de derechos que está a mano de los ciudadanos; y la otra es que reconoce el máximo tribunal del país la falta de regulación en materia de publicidad oficial”.
Maldonado habló de la importancia de que la SCJN reconociera mediante el fallo que la designación oficial de publicidad se da bajo criterios poco claros que se traducen en asignar el dinero público a quienes manejan políticas editoriales afines a los gobiernos y ahorcar financieramente a quienes no lo son.
“Básicamente esto no solo implica un impacto negativo en la libertad de expresión de los periodistas, sino en el derecho a la información de la sociedad que se ve privada de un flujo de información plural, diverso, crítico e independiente”, reflexionó el oficial del Programa de Protección y Defensa.
Asimismo, afirmó que las organizaciones que han trabajado en el tema buscan impulsar una Ley General que ordene a los tres órdenes de gobierno, ya que la modificación constitucional es una legislación reglamentaria que incluso afecta a los órganos públicos autónomos.
Con base en la información obtenida por Artículo 19, el litigante recordó que el gobierno de Enrique Peña Nieto ha rebasado hasta en un 70 por ciento lo que se presupuesta año con año por parte del Congreso de la Unión en gasto oficial, en la misma condición se encuentran los estados de la República.
“Hay medios estatales o municipales que dependen el 100% de la publicidad oficial, eso también genera un incentivo perverso porque evidentemente, ante una regulación de este tipo, se van a ver perjudicados; pero precisamente el reto también es cambiar el modelo de negocios en los medios de comunicación para hacer un periodismo de calidad que tenga más impacto” finalizó.
Baja California sin propuesta
En Baja California existió un intento de regular con leyes la publicidad oficial durante la XXI Legislatura (2013-2016), impulsado por el ex diputado Francisco Barraza. Sin embargo, debido a la presión de los medios de comunicación que tienen los contratos más cuantiosos, la iniciativa quedó congelada.
El diputado Jorge Núñez, del Partido Estatal de Baja California, indicó que urge avanzar en el tema: “Es un gran pendiente de la Legislatura estatal y federal, creo que es lamentable que a estas alturas de 2017 tengamos esas dudas sobre el recurso que se le paga a los medios de comunicación, ni que sea transparente, ni cómo se define y a final de cuentas que se pueda utilizar para que el gobierno tenga beneficios o lo utilice para afectar (a medios) que no están siendo benevolentes con sus posturas”.
De igual manera, expresó su preocupación al no haber una sola ruta correcta en el tema, por lo que es necesario observar lo que ocurre en otros países y así poder adaptar un modelo.
Estimó necesario regular los contenidos, ya que actualmente se utiliza la publicidad para campañas con el fin de mejorar la imagen de los políticos y no de contenidos que realmente le sirvan a la sociedad.
Cuestionado sobre la resolución de la SCJN, en la que señala que es necesario legislar en el tema de publicidad, el secretario general de Gobierno, Francisco Rueda Gómez, consideró que habría que revisar, pero hasta el momento no se tiene ninguna iniciativa al respecto.
“Hemos visto otras propuestas que en otros tiempos se han presentado, o han expresado algunas agrupaciones inclusive de periodistas en ese sentido y estamos atentos al cumplimiento irrestricto de la Ley; desde luego a escuchar cuáles son las opiniones y encontrar un punto que nos sea común, hay que analizarlo” expresó el segundo de a bordo del gobierno estatal.
Por su parte, Gina Cruz, presidenta de la Comisión de Hacienda y Crédito Público del Congreso de la Unión, desconoció la resolución de la SCJN en cuanto a regulación oficial, aunque en su opinión es importante, ya que el Partido Acción Nacional presentó como reserva la reducción del presupuesto en publicidad del Gobierno Federal, pero argumentó no saber el monto.