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martes, octubre 1, 2024
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Niegan derecho a educación a víctima de negligencia médica

Debido a un tratamiento médico subrogado por el Instituto Mexicano del Seguro Social en el Hospital Rady Children´s de San Diego, Camerik Zwittag Samaniego y su familia se han visto obligados a vivir en la ciudad californiana, sin que el IMSS provea lo necesario para que la vida del menor tenga condiciones dignas y sin garantizarle derechos elementales, como el de la educación.

Camerik Zwittag presentó malformaciones urinarias desde su nacimiento, en septiembre de 2003, sin que le hubiera sido diagnosticado oportunamente en la Clínica Número 31 del IMSS, con sede en Mexicali, donde fue atendido.

Su historial médico, plagado de omisiones y tratamientos inadecuados por parte del Instituto, derivó en la aceleración de la pérdida irreversible de la función renal del menor; a los seis años Camerik perdió sus dos riñones, teniendo su padre que donarle uno.

La negligencia del IMSS llevó a los padres del menor de edad – Carlos Gerardo Zwittag y América Janet Samaniego- a emprender una batalla legal, hasta lograr la indemnización mediante amparo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación -SCJN-.

En abril de 2016, la SCJN no solo ordenó al IMSS subrogar la atención médica del niño en el extranjero, sino que la obligó a “asegurar la satisfacción de todos los derechos del menor para potencializar el paradigma de su protección integral”.

Con esta resolución de la Corte, Camerik y sus padres fueron canalizados a San Diego, dónde el menor es atendido en el Hospital Rady Children´s, tiempo durante el cual se han visto obligados a vivir en un cuarto de un hotel ubicado cerca del nosocomio.

Sin espacio dónde cocinar cuando no se encuentra hospitalizado, el niño se alimenta de la comida del hotel, lo cual ha sido desaprobado por los nutriólogos.

Las autoridades del hospital norteamericano consideran vital que el menor vaya a la escuela para el bienestar mental y social, “como médicos especializados en el cuidado del paciente con enfermedad renal terminal, parte de nuestro tratamiento es proporcionar los recursos educativos para los niños con déficit cognitivos conocidos”, expusieron en una recomendación.

La petición para que se mejoren las condiciones de vida de Camerik y se haga valer su derecho a la educación, fue expuesta en agosto de 2016 a la Dirección Jurídica del IMSS, entonces a cargo de Patricio Enrique Caso Prado -ahora director administrativo del mismo Instituto-.

La solicitud se hizo través de la Dirección de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas -CEAV-, mediante el oficio CEAV/AJF/DG/2770/2016, instancia que estaba a cargo de Rubén Vasconcelos Méndez, quien dejó el cargo en mayo de 2017 al ser nombrado fiscal general de Oaxaca.

No solo fue nula la respuesta del IMSS, sino que después de emitida esa solicitud, la CEAV dejó de tener contacto con la familia Swittag Samaniego, “no nos atienden las llamadas”, se quejaron los padres de Camerik.

Entonces recurrieron a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos -CNDH-, entidad que en febrero de 2017 les respondió que por estar el menor inscrito en el Registro Nacional de Víctimas, la CEAV debe proporcionarles los recursos de ayuda, por ser la instancia “a cargo del fondo de ayuda, asistencia y reparación integral”.

En mayo, la CEAV modificó sus reglas de operación para agilizar el funcionamiento del fondo de ayuda, asistencia y atención, de acuerdo a la Ley General de Víctimas publicado el 3 de enero, en aras de que el fondo opere de manera “efectiva, eficiente y oportuna”.

El 5 de octubre de 2017, el Senado de la República aprobó a los nueve integrantes de la Asamblea Consultiva de la CEAV, también en apego de la Ley General de Víctimas, con lo que se espera mayor vigilancia de las acciones emprendidas por la institución en favor de las víctimas. En tanto, Camerik sigue a la espera de vivienda digna y de ir a la escuela.

Por su parte, el IMSS refirió a ZETA que el caso ya no está en sus manos, por su parte se dio cumplimiento a lo que dictaminó la SCJN de subrogar en el extranjero el servicio médico; el resto deberá proveerlo la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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