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viernes, septiembre 20, 2024
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Concursó, obtuvo nombramiento de director y se lo anularon por ser maestro de Artes

Con 26 años de servicio docente como profesor de artes, Rolando Humberto López Araiza Ferrer participó en una convocatoria para lograr ascender a director, cargo que obtuvo a finales de mayo de 2017; pero a los 15 días, el Sistema Educativo Estatal le canceló el nombramiento, basado en “criterios adicionales” de la Ley General del Servicio Profesional Docente.

Motivado por la convocatoria de Promoción en el Servicio Profesional Docente 2016-2017 y con el deseo de lograr un ascenso, el profesor Rolando decidió participar en el concurso; altamente capacitado con Licenciatura en Artes y diversas maestrías, no fue extraño que quedara en el lugar número 14, de mil aspirantes que participaron.

Fue hasta el 30 de mayo de 2017 que López Araiza Ferrer recibió el cargo de director, siendo asignado a la Secundaria Emma A. de Bustamante Número 31.

Ya instalado en el plantel, el 16 de junio de 2017 recibió una notificación vía correo electrónico, firmada por el Coordinador Estatal del Servicio Profesional Docente en Baja California, Martín Gutiérrez Gaeta, en la que se le hizo saber que había sido dado de baja del presente proceso de promoción 2016-2017, “quedando sin efecto el nombramiento que le fuera otorgado”, relativo al cargo de director de Educación Secundaria General.

Al haberse “detectado que realiza actividades de docente de Educación Artística” lo que “le imposibilita continuar participando en el presente proceso, toda vez que “el personal docente de Educación Física y Educación Artística, no podrá participar en el Concurso de Oposición de Promoción para obtener un cargo de Director o Subdirector”, se puntualizó.

Se le informó que en su caso existen categorías específicas, con nivel de supervisión a las que puede ascender.

A decir del profesor Rolando, en la publicación de las bases de la convocatoria en la que participó, no se especificó esa limitación, por lo que requirió información a la Secretaría de Educación Pública, instancia en la que se le hizo saber que el retiro del nombramiento “era asunto de las autoridades del Estado”.

Cuestionado al respecto, Martín Gutiérrez Gaeta informó que, en efecto, es el Estado el que se hace cargo de realizar el concurso y procedimiento de asignación o retiro de los nombramientos, pero basados en la Ley General del Servicio Profesional Docente y sus criterios adicionales, siendo estos últimos los que impiden la participación de profesores de Educación Física y Artística concursar para cargos de director y subdirector.

Reconoció que la invitación no especificó este punto, pero para ello se da un periodo de revisión, para que los nombramientos sean apegados a la Ley y sus anexos. Expuso que al igual que este caso, se registraron dos más.

Anotó que el nombramiento representa un periodo de inducción, en el que se les indica que están en un interinato de dos años, tiempo durante el cual están sujetos a evaluación y pueden ser retirados del cargo en cualquier momento, anotó.

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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