Aunque la legislación federal lo prohíbe, empresas de televisión de paga continúan imponiendo contratos con plazos obligatorios a sus clientes, señaló el delegado en Baja California de la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), Julio Felipe García Muñoz.
Al no existir una clasificación, la dependencia no cuenta con un estimado de quejas en este rubro, además que la mayoría de los casos son resueltos mediante la intervención por personal de la PROFECO antes de convertirse en una queja formal, anotó el funcionario.
Además de forzosos, explicó, los contratos son elaborados unilateralmente y se presentan a menudo como promociones que los clientes aceptan sin saber que están adhiriéndose a un contrato con la compañía.
Una mujer de nombre Jael narró a ZETA que en febrero recibió una llamada en la que la empresa Izzi le ofreció una promoción de aumentar al doble la velocidad de Internet por 80 pesos más al mes, ella pagaba 420 pesos mensuales.
En mayo se cambió de domicilio e Izzi se retrasó en ayudarle a trasladar el equipo de telecomunicaciones, por lo que decidió cancelar el servicio, encontrándose con que se había adherido a un contrato y para cancelar, debía pagar una cláusula de más de 7 mil pesos, ese contrato lo había aceptado en una llamada telefónica sin saber los riesgos. Buscó el auxilio de la PROFECO, quien le ayudó a cancelarlo de manera inmediata.
García Muñoz destacó que la instancia federal vigila que todo contrato sea presentado ante la PROFECO, antes de ser mostrado a los consumidores.
También refirió que si bien, las empresas de telefonía móvil ya no pueden establecer contratos con plazos desde la Reforma Telecomunicaciones de octubre de 2014, pero ahora utilizan otros métodos, como los créditos para la adquisición de equipos telefónicos.
La recomendación de la PROFECO es “no aceptar promociones vía telefónica y leer con detenimiento cualquier acuerdo que se le presente para no arriesgar su patrimonio y evitar confrontaciones legales.