Por no emitir la convocatoria para elegir la dirigencia estatal del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en Baja California, como se le había ordenado a este partido por medio de un mandamiento judicial, el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California (TJEBC) impuso dos multas al partido que suman los 7 mil 549 pesos.
El 18 de abril, el Tribunal resolvió así dos recursos de apelación, bajo los folios RA-12/2017 y RA-14/2017, interpuestos por Obed Silva Sánchez.
Las sanciones fueron impuestas al Consejo Ejecutivo Nacional (CEN) del PRI y a su Comisión Nacional de Justicia Partidaria, cada una por 3 mil 774 pesos con cincuenta centavos. Este monto representa la mitad de la sanción máxima considerada en el artículo 335 de la Ley Electoral del Estado de Baja California.
Para Obed Silva, la multa resulta vergonzosa. “No podemos estar exigiendo justicia como partido mientras que, al interior, el propio Comité Ejecutivo Nacional desacata las disposiciones de una autoridad judicial. El PRI ha sido sancionado por incumplir flagrantemente con la ley”, expresó.
Desde el 22 de marzo de 2017, el Tribunal había ordenado al Comité Estatal del PRI que emitiera la convocatoria correspondiente para renovar a su presidente y a su secretario general, así se les notificó el 24 de marzo.
Según el documento, la convocatoria debió emitirse el 30 de noviembre de 2016, ya que una prórroga entregada por el entonces presidente nacional del PRI, Manlio Fabio Beltrones a Chris López en diciembre de 2015, le permitía continuar como presidente del Comité Estatal en Baja California hasta que concluyera el proceso electoral 2016.
Chris López no solo incumplió con esta prórroga, sino que ignoró el primer ordenamiento emitido por el TJEBC. Por ello, el 29 de marzo, Obed Silva promovió un incidente de incumplimiento para que esta autoridad judicial emitiera un segundo ordenamiento.
Fue así como el 3 de abril, los magistrados admitieron el trámite para dar vista a la Comisión de Justicia, al Comité Nacional y al Comité Estatal del PRI, así como para solicitarles un informe sobre el cumplimiento de la sentencia dictada días antes.
Precisamente, el escrito señala que luego de la resolución del TJEBC sobre la convocatoria del Comité Estatal para finalizar el periodo 2014-2018, el PRI en Baja California contaba con un plazo de tres días para cumplir con este ordenamiento, lo cual no hicieron.
“Las autoridades responsables han sido omisas en el cumplimiento de los lineamientos ordenados en la sentencia de mérito”, detalla la resolución judicial.
También indica que, en su momento, la “Comisión de Justicia debía apercibir y en su caso, establecer las medidas de apremio previstas en los artículos 223 fracción II de los Estatutos del PRI”, las cuales incluyen la suspensión temporal de derechos del militante, la inhabilitación temporal para desempeñar cargos partidistas y la expulsión.
Estas medidas de apremio, debían ser aplicadas tanto al presidente nacional del PRI, Enrique Ochoa Reza como al dirigente estatal, Chris López.
Si otra vez, el PRI no cumple con este ordenamiento, entonces el Tribunal puede dar vista a la Procuraduría General de la República (PGR) para que ésta sancione penalmente a quienes incurran en la inobservancia.