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viernes, octubre 4, 2024
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Registran a hija de pareja homoparental, es el primer caso en BC

A nueve meses que les fue negado el registro de su hija, Karina Tejada y Verónica Ibarra lograron legitimarse como las madres de la niña Renée Tejada Ibarra, sentando con ello un precedente en Baja California, al ser la primera pareja lésbica en registrar a un hijo.

La pareja recurrió a amparos y a la intervención de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Baja California (CEDH), proceso que iniciaron en mayo de 2016, un mes después del nacimiento de la menor; entonces, Silvia García, oficial Número 2 del Registro Civil de Tijuana, negó registrar a Renée como hija de ambas mujeres, justificando que la legislación de Baja California no estipula el registro de hijos por parejas del mismo sexo, y que el formato del acta de nacimiento solo daba cabida al nombre de una madre.

Aunque demandaron el acto discriminatorio en el Juzgado Primero de Distrito en Materia de Amparo y Procesos Legales, fue la intervención de la CEDH, a cargo de Melba Olvera, lo que obligó a las autoridades del Estado y del municipio a permitir a Renée tener legalmente dos madres.

El 13 de enero de 2017, la Comisión emitió la recomendación 1/2017 a la Secretaría de Gobierno del Estado de Baja California, titulada por Francisco Rueda Gómez, para que se permitiera a Renée ser registrada como hija legítima de la pareja conformada por Karina Tejada y Verónica Ibarra.

La Oficialía Número 2 del Registro Civil, de la delegación La Mesa, citó a la familia Tejada Ibarra para inscribir el acta de nacimiento de la niña el 15 de febrero; en el apartado de “madre de la menor” quedaron asentados los nombres de ambas mujeres, “en tanto se adecuan los formatos de este documento legal, en el cual los espacios se especifican para padre y madre”.

Cecilia Osuna, abogada de la pareja, indicó que la legislación local no podía pasar por encima de acuerdos y tratados internacionales, los cuales dan prioridad al derecho de identidad, nombre y nacionalidad de todo ser humano.

Por su parte, la CEDH expuso que no permitir el registro de Renée transgredía leyes tanto locales como nacionales e internacionales, y resultaba una clara violación a los derechos humanos en materia de seguridad jurídica, legalidad, igualdad y trato digno hacia la menor de edad y las madres.

El que la legislación local no establezca el registro de hijos por parejas del mismo sexo no era razón para violar tales derechos, porque en caso de controversias de este tipo, “siempre se debe anteponer el interés superior de la niñez”, anotó Melba Olvera, titular de la CEDH.

Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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