Un nuevo reglamento para la Protección, Bienestar y Control Ético de los Animales Domésticos aprobó el XXI Ayuntamiento, con lo que se sancionará en el municipio de Tijuana la crueldad contra los animales y su abandono, y se obligará a sus propietarios a dotarlos de una placa de identidad.
“Con esta propuesta se busca el bienestar animal e impulsar la responsabilidad social”, expuso Luis Felipe Ledezma Gil, al presentar el proyecto de reforma en el que, sostuvo, “se recogen los principios básicos de respeto, defensa, protección, higiene y salubridad de los animales”.
En forma previa el dictamen lo analizaron conjuntamente las comisiones del Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Salud; Fortalecimiento Municipal y Administración Pública y de Gobernación.
La reforma pondera el derecho que tienen los animales a no ser maltratados y obliga a sus dueños a registrarlos en un padrón municipal, en el que se llevará un control.
Los propietarios deberán acreditarse como tales y estarán obligados a garantizar su bienestar, velar por su salud y desarrollo natural, proveerles de una placa de identidad; provisión obligatoria para perros con un peso mayor de los 18 kilogramos y voluntaria para el resto de los animales.
También se obliga a los humanos responsables a inscribirlos en un registro en un plazo máximo de 30 días, contados a partir de la fecha de su nacimiento. Su fallecimiento o extravío también tendrá que ser reportado.
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La nueva ordenanza municipal prohíbe mutilar a los animales domésticos sin justificación médica, arrojar animales muertos a la vía pública, lotes baldíos, casas deshabitadas o sitios de acopio de basura. Mantener animales en la azotea y su abandono también será motivo de sanción.
Las amonestaciones a quienes incumplan con la nueva disposición van desde el arresto domiciliario hasta por 36 horas y/o multas que alcanzan hasta los 100 días de salario mínimo general vigente.
El Ayuntamiento deberá emitir una convocatoria para la conformación del Consejo Consultivo Municipal para la Protección y Bienestar de los Animales, dentro de los primeros 60 días a partir de la vigencia del nuevo Reglamento. El registro de los animales deberá efectuarse en un periodo no menor a 6 meses.