Con 379 votos a favor, 19 abstenciones del partido Movimiento Ciudadano (MC) y 2 votos en contra del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), el pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión avaló la reforma constitucional en materia de Justicia Laboral, que modifica los artículos 107 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Con esta reforma desaparecen las Juntas de Conciliación y Arbitraje del Poder Judicial de la Federación, así como de las entidades federativas, y se crea un organismo descentralizado de conciliación. Además, se establecen los principios por los que se regirán los procedimientos y requisitos de procesos laborales, así como el voto personal, libre y secreto de los trabajadores.
La reforma es una iniciativa que el jefe del Poder Ejecutivo federal, Enrique Peña Nieto, envió al Senado de la República, donde fue aprobada por unanimidad (con 99 votos a favor, sin abstenciones ni votos en contra), el pasado 13 de octubre, por lo que ahora se enviará a los 32 congresos locales para su ratificación.
De acuerdo con el dictamen, se transfiere la impartición de la justicia laboral -individual y colectiva- al ámbito del Poder Judicial de la Federación y de los poderes judiciales de las entidades federativas, que hasta hoy compete a las juntas Federal y locales de Conciliación y Arbitraje.
Además, se crea un organismo descentralizado, el cual será el encargado de atender audiencias de conciliación entre trabajadores y patrones, y cuyo titular será nombrado por la Cámara alta a partir de una terna que deberá enviar el titular del Ejecutivo Federal.
De acuerdo con la iniciativa aprobada, las sentencias de estos órganos y resoluciones deberán observar los principios de legalidad, imparcialidad, transparencia, autonomía e independencia.
Se establece que para el caso de los estados, la función conciliatoria estará a cargo de los Centros de Conciliación especializados e imparciales, los cuales tendrán personalidad jurídica y patrimonio propios.
Estos nuevos órganos contarán con plena autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de decisión y de gestión, indica la reforma aprobada por la Cámara de Senadores.
En la misma reforma se determinó garantizar el voto personal, libre y secreto de los trabajadores para la elección de sus dirigentes, la resolución de conflictos entre sindicatos y la solicitud de la celebración de un contrato colectivo de trabajo.