Además comerciantes -incluidos ex dirigentes de CANACO Tijuana-, todos con extensas propiedades, recurren al amparo para evadir el pago del impuesto predial. Los millonarios pagan para poder recurrir al amparo federal y reclamar devolución de cobros que califican de “injustos”. Durante la administración del XXI Ayuntamiento, 90 créditos fiscales pagados han sido devueltos por un monto de 10.6 millones de pesos
Los Karim Chalita Rodríguez, David Saúl Guakil, Mauricio Fernández Margain, Salomón Cohen Achmi, María Georgina Fimbres, Erick Mugerdich Baloyán Barbara, Guillermo Díaz, la familia Álvarez Casal, María Luisa Lutteroth Lomelí, maquiladoras, constructoras o consorcios inmobiliarios, han demandado al Ayuntamiento de Tijuana para obtener la devolución de la tributación previamente pagada.
La práctica no es nueva, ni es privativa contra el XXI Ayuntamiento, aunque su recurrencia se intensificó en los dos últimos años del trienio de Jorge Astiazarán Orcí.
Los quejosos argumentan que el valor catastral y la estimación determinada por la autoridad administrativa es desproporcional en unas zonas, además que no se considera la capacidad contributiva de cada propietario, con todo y que se trata de dueños de propiedades millonarias, con recursos suficientes para contratar despachos de abogados para reclamar se les regrese lo ya tributado.
En lo que va del actual período de gobierno municipal, en Tijuana han recurrido a juicios de amparo más de 90 contribuyentes del impuesto predial -54 particulares y 36 empresas-, obligando la devolución de 10.6 millones de pesos ya tributados.
Integrantes del Consejo Municipal de Catastro Inmobiliario, organismo colegiado que aprueba la zonificación y valuación catastral califican el cobro del impuesto como necesario para el buen funcionamiento de la ciudad, aunque admiten que la Tabla de Valores Unitarios resulta “incongruente” en algunas zonas. No obstante, no se logró conceso al interior del Consejo para modificarla, por lo que se continúa aplicando la Tabla de Valores de 2011, con todo y que ha sido motivo de amparos.
MILLONARIOS AMPARADOS
Salomón Cohen Achmi, quién en noviembre de 2013 recibió del gobierno de Carlos Bustamante recursos públicos por 852 mil 938 pesos para, precisamente, no pagar el impuesto predial de la Plaza Paseo Chapultepec, entonces recién inaugurada; es además propietario de plaza Río. Cohen Achmi también posee Inmobiliaria EDSACO, S.A. de C.V., siendo de esta última por la que interpuso demanda de amparo indirecto asentada en el expediente 208/2016-G, para que el gobierno del municipio en el que ha hecho su fortuna le devolviera este año la cantidad de un millón 344 mil 114 pesos. El crédito fiscal pagado a Cohem Achmi ha sido el de mayor cuantía que ha expedido en 2016 la tesorería municipal.
Cohen Achmi también es propietario de inmuebles ubicados tanto en Zona Centro, colonia Chapultepec, como en la tercera Etapa de Río Tijuana, algunos valuados en 77 millones de pesos, otros en más de un millón de dólares. Uno de sus predios ubicados en la Tercera Etapa de Río Tijuana lo adquirió en subasta pública al XVIII Ayuntamiento de Tijuana, entonces presidido de Kurt Honold Morales.
El abogado fiscal de Salomón Cohen, Adrián Guillermo Ocampo Romero, también ha promovido amparos contra el cobro del predial en favor de otros contribuyentes, como lo es la empresa inmobiliaria BCAL, S.A. de C.V., firma a la que el XXI Ayuntamiento tuvo que devolver 96 mil 986 pesos.
David Saúl Guakil y su esposa Lorena Flores Mora, realizaron un proceso legal para mediante amparo federal, obligar al gobierno de Tijuana a devolverles 4 mil pesos de lo que pagaron de predial del ejercicio fiscal 2016.
El 11 de marzo de 2016 apelaron a la intercesión federal y dos meses después lograron el amparo indirecto del Juzgado Segundo de Distrito, Amparo y Juicios Federales.
Para mediados de julio de 2016, el XXI Ayuntamiento de Tijuana les expidió un cheque por la cantidad 4 mil 792 pesos con 96 centavos del crédito fiscal que fue obligado a devolver al ex coordinador de campaña de Enrique Peña Nieto en Baja California.
Guakil ha ostentado diversos cargos públicos, siendo el último el delegado de Economía en Baja California; anteriormente había sido regidor, diputado y secretario de Desarrollo Social Municipal en la administración de Carlos Bustamante.
El también empresario de la construcción y venta de ropa fue presidente de la Cámara Nacional de Comercio –CANACO Tijuana-, posee inmuebles como la torre Cosmopolita y otros ubicados en la colonia Aviación y Zona Río, principalmente.
La familia Chalita Rodríguez registró a sus hijos con el mismo nombre, Karim; para distinguir a uno de otro les añadieron al nombre la serie primero, segundo, etcétera, de acuerdo al orden de nacimiento. Además de compartir nombre y apellidos, los Karim Chalita han coincidido en ampararse contra el pago total del predial.
A esta dinastía, tanto familiar como de los evasores del gravamen, pertenece el actual delegado de la Zona Centro de Tijuana, Karim Chalita Rodríguez Cuarto, aunque cabe aclarar que desde que es funcionario público el también ex presidente de CANACO local no se ha amparado contra ese gravamen.
Con propiedades en Puerta de Hierro, Zona Centro, fraccionamiento Las Palmas, San Antonio de Los Buenos, la familia Chalita Rodríguez ha efectuado juicios de amparo para lograr el no pago de 41 mil pesos.
El asesor legal de los Chalita Rodríguez es y ha sido Alejandro Díaz, hijo de Guillermo Díaz González, presidente de la Asociación de Comerciantes de la Zona Centro, otro de los empresarios amparados de forma recurrente desde hace varias administraciones, al calificar como inconstitucional el cobro del impuesto predial. En 2016 Guillermo Díaz demandó a la hacienda municipal la devolución de 2 mil 866 pesos.
Mauricio Fernández Margain, con todo y que en 2005 fue nombrado Empresario del Año, el apoderado inmobiliario ha recurrido a la protección federal para no pagar el cien por ciento del impuesto predial.
De la contribución cobrada durante los ejercicios fiscales de 2013, 2015 y 2016, el Ayuntamiento de Tijuana le ha devuelto a Mauricio Fernández Margain 833 mil 594 pesos del predial pagado por las múltiples propiedades que en Tijuana están, tanto a su nombre, como de Silvia Margain Martínez. Sus inmuebles se asientan en colonias como López Leyva, Sepanal, Hipódromo, Aguaje de la Tuna, 20 de Noviembre, Loma Dorada, El Jibarito y en Zona Río.
INMOBILIARIAS LAS PRINCIPALES QUEJOSAS
Diversos consorcios, principalmente inmobiliarias, han emprendido procesos federales ya sea para reclamar devolución de millones, o incluso montos inferiores a los 4 mil pesos.
Tal es el caso de CBD Inversiones, firma representada por Miguel Ángel Granados Hernández, quién en 2015 presentó el amparo 128/2015 para que se le regresaran 3 mil 978 pesos.
De hecho, de diciembre de 2013 hasta lo que va de la presente administración, al menos 20 créditos fiscales han sido devueltos a inmobiliarias que operan en Tijuana, cuyos dueños reclaman el cobro mínimo del impuesto predial, logrando descuentos que fluctúan entre un 30 y 70 por ciento del crédito fiscal ya pagado a la tesorería municipal, y por el que interponen amparos indirectos a través de despachos, logrando devolución de recursos que van desde unos cuantos miles de pesos hasta cantidades millonarias, como el caso de Erik Mugerdich Baloyán Barbara, de Impulsora habitacional Mexicana, S.A. de C.V., quien en 2014 y 2015 reclamó el cobro mínimo en el predial de sus múltiples propiedades, logrando devoluciones el de 688 mil 844 pesos en el primer año y de 2 millones 013 mil 710 pesos en el segundo.
Constructoras como Guerrero Negro, S.A. de C.V., Inmobiliaria Guerrero Azul, S.A. de C.V., Inmobiliaria Guerrero Blanco, S.A. de C.V. e Inmobiliaria Guerrero Amarillo, S.A. de C.V., todas representadas por Alejandro Rueda Ornelas, recurrieron a este recurso para que el municipio de Tijuana les devolviera en conjunto la cantidad de 269 mil 499 pesos.
En 2014 exigieron la entrega de un cheque fiscal por 161 mil 445 pesos por el amparo 286/2014 y cinco más por amparos interpuestos en febrero de 2015.
Otras inmobiliarias amparadas son: Inmobiliaria Ordi, Sociedad Civil; Inmobiliaria Malta, S.A. de C.V.; Inmobiliaria Tovi, S.A. de C.V.; Inmobiliaria Pali S.C.; Vía Arrendamiento S.A. de C.V.; Edificaciones y Desarrollos; Promotora y Desarrollo SAGAMA.
DIFERENCIA EN TASAS DE COBRO DERIVA AMPAROS
En Baja California, Tijuana es el único municipio que hace una diferencia en el cobro de impuesto predial entre terrenos con construcción, sin construcción y construidos parcialmente.
Es esta diferenciación de la Tabla de Valores Unitarios del impuesto predial, determinada como inconstitucional en una jurisprudencia resuelta por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo que da cobijo a los contribuyentes que optan por el amparo, explicó José Luis Araiza, presidente del Colegio de Arquitectos de Tijuana e integrante del Consejo Municipal de Catastro Inmobiliario.
“La modificación en ese cobro de las tablas catastrales no se ha logrado por no haber consenso –al interior del organismo-”, expuso.
Desde 2008, el gobierno local aplica una tasa más onerosa en el predial de terrenos baldíos y/o medio construidos, ante la posibilidad de que estos últimos signifique un costo de mantenimiento para el municipio, “sus propietarios usualmente los abandonan, teniendo la autoridad que disponer de recursos propios para limpiarlos, ya que muchos de ellos se convierten en basureros clandestinos”, refirió Roberto Sánchez, secretario de Desarrollo Urbano y Ecología.
En el cobro del impuesto predial de este año, el Ayuntamiento de Tijuana aplica las tasas catastrales de 2011, mismas que cobró durante 2015, así lo determinó en su Ley de Ingresos del ejercicio fiscal 2016, misma que le fue aprobada por el Congreso del Estado. No obstante, algunos federales han fallado en contra de la autoridad por la aplicación de la norma fiscal municipal.
AMPARADOS HABLAN
Guillermo Díaz González, presidente de la Asociación de Comerciantes de la Zona Centro, expone que se apegan a la protección del amparo federal “porque una parte del cálculo es inconstitucional”.
Y blandió: “El municipio podría modificar la Ley –de ingresos- para evitar se recurra a los amparos, pero no lo hace porque la mayoría de los contribuyentes pagan el predial con ese cálculo erróneo”.
Cinco años atrás, recordó, se podía reclamar el cien por ciento de la contribución pagada, “después del 2008 la Ley fiscal solo nos permite reclamar un máximo del 70 por ciento”.
Alejandro Díaz, del despacho Asesoría y Defensa Jurídica y Fiscal, S.C. y representante fiscal de Guillermo Díaz, Karim Chalita Rodríguez, explica que la incongruencia en los cálculos se da al imponerse una tasa de hasta el 7 por ciento en terreno baldío contra un 3.5 por ciento aplicado a un predio con construcción.
“Por ello es debatible fiscalmente ese pago”, dijo al añadir que otro elemento que ha permitido a sus representados recibir devolución del gravamen es el cobro de derechos como alumbrado público, educación y deporte que son requeridos en el cobro del predial.
“Se aplican impuesto sobre impuesto, por lo que esos requerimientos adicionales también se eliminan”, agregó.
Incluso, advirtió, los quejosos también podrían demandar los intereses del pago “excedente” del crédito fiscal “equiparable a recargos y multas”, pero no se reclama porque en términos de costo-beneficio resultaría contraproducente porque ello extendería el pleito legal.
Alejandro Rueda Ornelas, quien representa a Abraham Dorenbaum Libman, Daniel Liwerant Sclar y diversas empresas inmobiliarias, expuso que el hecho de que el gobierno local no defina el gasto que hace de lo que capta en impuesto predial y no compruebe que los derechos adheridos al gravamen son aplicados al fin para el que se recaudaron, también permite obtener fallos a favor.
Especialistas fiscales como Jorge Pickett Corona y Adolfo Solís Farías, coinciden en indicar que los amparos se basan en “actos inconstitucionales incurridos por el ejecutivo municipal”.
“No hay un mecanismo que dé certeza jurídica al gobernado que la base gravable para definir el impuesto predial se determina de manera justa y equitativa, por el contrario”.
Por ello, es que la Suprema Corte de Justicia de la Nación falla ordenando al recaudador aplicar el mínimo establecido en las tablas.
Otra de las causas que ha obligado al gobierno de Tijuana a devolver recursos ya ingresados al erario, son los errores administrativos en los que ha incurrido en la aplicación de la Tabla de Valores Unitarios, lo cual ha permitido el amparo de los contribuyentes.
Tal es el caso de la cadena comercial Calimax, una de las empresas que ha reclamado devolución por el excedente en el cobro del gravamen a través de los amparos 141/2015 y 142/2015, por lo que el municipio de Tijuana le tuvo que devolver 779 mil 853 pesos de predial pagado en 2015.
María Georgina Fimbres, integrante del Consejo de Administración de Grupo FIMHER, S. de R. L. de C.V., operadora de las tiendas Calimax expuso: “Nos amparamos porque había irregularidades en el cobro, pagamos mucho dinero de predial, pero había prediales que cobraban como terrenos baldíos y no son terrenos baldíos”.
ENTRE EL AMOR Y EL DINERO
Jorge Astiazarán, presidente del XXI Ayuntamiento de Tijuana, lamentó que quienes más recursos tienen busquen evadir “lo poco o mucho” que podrían retribuirle a la ciudad.
Del impuesto predial se paga seguridad, se da mantenimiento a vialidades, se prestan servicios públicos, etcétera, dijo.
Por su parte, José Manuel Noriega Moreno, Tesorero Municipal, aclaró que la aplicación de las tablas es avalada por un consejo, aprobadas por el Cabildo y ratificadas por el Congreso del Estado, “son legales y por eso se aplican”, expuso.
Quienes se amparan no solo lo hacen por lotes baldíos, sino porque simplemente no están de acuerdo en la tasa determinada para ciertas zonas homogéneas, sin considerar que ello les beneficia, porque la plusvalía comercial de la propiedad también aumenta y les beneficia.
Guillermo Díaz, líder de los comerciantes remata: “Quienes nos amparamos sí queremos a Tijuana, el defender mis derechos constitucionales no me hace un mal ciudadano, como el alcalde lo quiere hacer ver”.
COBRO JUSTO
De acuerdo al despacho Asesoría y Defensa Jurídica Fiscal, S.C., Karim Chalita Rodríguez Cuarto, el actual delegado de la Zona Centro y ex presidente de CANACO Tijuana, se amparaba contra el pago del predial.
No obstante, el funcionario municipal anota que él no ha recurrido a ese recurso legal, mas no así sus hermanos: “Cualquiera de mis hermanos, sé que algunos de ellos sí”.
Requerida su opinión sobre la aplicación del gravamen, indicó, “lo considero un cobro justo para llevar a cabo obras en la ciudad”.
Gilberto Leyva, actual dirigente de CANACO Tijuana, dijo que la contribución es una obligación que se debe de cumplir, sobre todo porque “permite al Ayuntamiento cubrir necesidades y requerimientos que los ciudadanos demandamos”.
No obstante, justificó a los que recurren al amparo porque “cada empresario o comerciante es libre de hacer lo que más convenga a sus intereses”.