Autoridades no saben qué hacer ante la desfachatez de la delincuencia organizada, que realiza hasta 15 perforaciones por día. Puebla y Guanajuato en extrema alerta por esta ilícita práctica. PGR y PEMEX discuten a quién corresponde la responsabilidad de resguardar tomas clandestinas. Gasolineros promueven amparos en Baja California, y Jalisco ante la nueva “Ley de Hidrocarburos”
Mientras la Procuraduría General de la República (PGR) y Petróleos Mexicanos (PEMEX) declinan responsabilidades en el resguardo de las tomas clandestinas en la red nacional de hidrocarburos, al grado de acudir ante tribunales para dirimir diferencias, los delincuentes continúan robando combustible mediante perforaciones a los ductos cada dos horas en promedio.
Las estadísticas del primer semestre así lo dejan de manifiesto. Los mil 360 “puntos de ordeña” detectados de enero a marzo a lo largo del país, indican que criminales actúan hasta 15 veces al día sin que encuentren el freno de parte de las autoridades.
La actual cifra es 12.3 por ciento superior a la que se tuvo durante el mismo periodo del año pasado, y de continuar la misma tendencia, podría rebasar las 5 mil 252 tomas clandestinas registradas en todo 2015.
Investigaciones de las autoridades federales y estatales han establecido que por lo menos son tres grandes cárteles y decenas de bandas de “huachicoleros” que trabajan para los primeros, quienes mantienen en riesgo a la industria energética y la seguridad nacional.
Por el lado del Océano Atlántico, partiendo desde el Norte hacia el Sur de la República, se tiene la presencia de los cárteles del Golfo y de Los Zetas. Estos últimos, con mayor expansión, tienen una gran cobertura en entidades del Centro del país. En tanto, por el lado del Océano Pacífico, el Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG) se encarga desde los territorios del Occidente, Bajío y hasta el Suroeste.
De acuerdo con los índices conocidos este año, Puebla, Guanajuato, Tabasco, Veracruz y Jalisco, ocupan los primeros lugares en el robo de hidrocarburos, en sus dos principales modalidades: perforaciones de ductos y atraco a conductores de auto tanques de transporte de los combustibles.
El Estado de Guanajuato, que en 2015 ocupaba el primer sitio en cuanto a la comisión de este tipo de ilícitos, fue desplazado al segundo lugar por el Estado de Puebla, donde la situación se ha vuelto caótica y grupos de la delincuencia organizada se han enfrentado a balazos por la disputa del cuantioso negocio.
En territorio poblano, donde se estima que al menos 15 bandas de forajidos se dedican al mercado negro de la gasolina y diésel robado, el 30 de junio se registró una balacera con saldo de cuatro “chupaductos” muertos en San Sebastián de Villanueva, municipalidad de Acatzingo. Antes, el día 12 del mismo mes, en un campo de beisbol del mismo municipio, otras cuatro personas fueron ejecutadas por sicarios que buscaban a José Luis Vélez “La Pachona”, presunto líder de un grupo de “huachicoleros”.
PGR vs. PEMEX
Al margen de las riñas entre delincuentes, en medios de comunicación, tribunas de los Congresos estatales y hasta en recintos judiciales, personajes de la política, “opinólogos” y representantes de Petróleos Mexicanos han desatado disputas contra la Procuraduría General de la República, dependencia a la que exigen un mayor compromiso en el combate a este flagelo.
Jefes policiales locales o federales han solicitado ayuda a la PGR para que apoye en la vigilancia de las redes de PEMEX. Los legisladores cuestionan la eficacia del personal ministerial en las pesquisas y detención de los “ordeñadores” y sus clientes “invisibles”. En tanto, la paraestatal se siente agredida por el deslinde de la autoridad investigadora en diversas actividades para prevenir nuevos golpes de la delincuencia.
Este tipo de conflictos ha llegado hasta los tribunales luego de que -en junio reciente- se descubriera una serie de tomas clandestinas en Jalisco. Tras las primeras investigaciones y peritajes, el Ministerio Público federal, titular de la Unidad de Atención Inmediata Número Tres, giró un oficio dirigido al apoderado legal de PEMEX para ordenarle “que instruyera a personal a su mando, para que se abocaran al resguardo de diversas tomas clandestinas de manera permanente”.
El apoderado de la empresa petrolífera de inmediato respondió que no cuenta con personal a su mando para realizar el resguardo en comento y además recordó a la PGR, que “compete a la Policía, bajo los tres órdenes de gobierno, la prevención de los delitos, investigación y persecución, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.
Debido a los apercibimientos del fiscal para que se cumpla con lo ordenado, Eduardo García González, representante de PEMEX, promovió un juicio de amparo en un Juzgado de Distrito en la Ciudad Judicial de Zapopan y consiguió una suspensión provisional del acto reclamado, para que sea la propia autoridad ministerial, la encargada de resguardar las tomas clandestinas, pues la falta de vigilancia en los sitios “pone en peligro la seguridad pública ante la posibilidad de que se lleve a cabo la sustracción ilícita de hidrocarburos o su combustión”.
Anteriormente, en marzo de 2015, ya había existido otra disputa entre PEMEX y la PGR, derivada de una orden del Ministerio Público Federal para que en aquellos delitos en los que la paraestatal resultara víctima, tendría la obligación de presentar -junto con su denuncia inicial- el formato de cadena de custodia del lugar de los hechos.
El asunto también generó resquemor entre ambas instituciones y se dirimió en un juicio de amparo que ganó Petróleos Mexicanos a finales del último año. Un juez calificó la orden del fiscal como “trasgresora de los derechos fundamentales de legalidad y seguridad jurídica”. Sin embargo, aún no se implementaba en su totalidad el Nuevo Sistema de Justicia Penal (NSJP), por lo que hoy podría regresar el tema a la mesa de diferencias.
Amparos gasolineros
El incremento en los precios de combustible y la libre importación de gasolinas -que aún no se materializa- podrían disparar aún más el robo de productos petrolíferos. Es un temor de los propios gasolineros, quienes además, enfrentan con desagrado la reciente promulgación de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos.
Ante el presunto riesgo de ser criminalizados, los representantes legales de decenas de estaciones de servicio y despacho de combustibles de Baja California, Jalisco y otras entidades federativas han acudido ante la justicia federal a solicitar su amparo y protección en contra de la discusión, aprobación y expedición de decreto de la referida nueva ley. Concretamente contra los artículos 4, 16 y 23.
Las autoridades señaladas como responsables en el más de centenar de juicios de amparo son: Cámara de Diputados, Cámara de Senadores, Presidente de la República, el secretario de Gobernación y el secretario de Energía, todos de los Estados Unidos Mexicanos.
Los gasolineros ven con buenos ojos que se dote al país “de instrumentos suficientes para el combate contra la delincuencia a través de mecanismos que permitan a las autoridades prevenir y detectar aquellas operaciones ilegales llevadas a cabo en materia de hidrocarburos, sujetando a las personas o entidades comerciales a investigaciones, y a que éstas aporten información relacionada con sus operaciones, con el objetivo de evitar los robos y comercio ilícito de combustibles”.
Sin embargo, Pablo González Córdoba, presidente de la Asociación de Empresarios Gasolineros de México (AMEGAS), estima que “se violan las garantías individuales porque se califica un faltante de combustible, que ocurre en una estación de servicio, de 300 litros, lo mismo que uno que saca 300 mil barriles y esto no debe ser así; debe ser la parte proporcional del delito y los gasolineros no tenemos que correr el riesgo de que, con cualquier faltante, tengamos la pena de diez años como mínimo y ahí no hay derecho de salir bajo fianza. Y ahí te quedas. Eso es grave”.
Impugnados por gasolineros
Estos son los artículos en contra de los que decenas de empresarios del país solicitan amparo y protección de la justicia federal:
Artículo 4.- El Ministerio Público de la Federación procederá de oficio en la investigación y persecución de los delitos previstos en esta ley, salvo aquellos que conforme a la misma se perseguirán por querella de parte ofendida o del órgano regulador.- Durante el procedimiento penal el Ministerio Público de la Federación solicitará la prisión preventiva como medida cautelar, sin perjuicio de solicitarla conjuntamente con alguna otra.
Artículo 16.- Se impondrá de 3 a 6 años de prisión y multa de 3,000 a 6,000 días de salario mínimo vigente en el lugar de los hechos, a quien:- I. Enajene o suministre gasolinas o diésel con conocimiento de que está entregando una cantidad inferior desde 1.5 por ciento a la cantidad que aparezca registrada por los instrumentos de medición que se emplean para su enajenación o suministro.- II. Enajene o suministre gas licuado de petróleo con conocimiento de que está entregando una cantidad inferior desde 3.0 por ciento a la cantidad que aparezca registrada por los instrumentos de medición que se emplean para su enajenación o suministro.- III. Enajene o suministre gas natural con conocimiento de que está entregando una cantidad inferior desde 3.0 por ciento a la cantidad que aparezca registrada por los instrumentos de medición que se emplean para su enajenación o suministro.- Para los efectos de los supuestos señalados en este artículo deberá mediar querella del órgano regulador o de parte ofendida.
Artículo 23.- La información o datos sobre el funcionamiento de las operaciones, instalaciones, actividades, movimientos de personal o vehículos de asignatarios, contratistas o permisionarios, que se vinculen con las actividades previstas en el párrafo séptimo del Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, será considerada información de Seguridad Nacional, en términos de la ley de la materia. Lo anterior, sin perjuicio de las obligaciones establecidas en la legislación aplicable en materia de transparencia y acceso a la información pública.
FUENTE: Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos