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domingo, febrero 18, 2024
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Entidades pueden promover controversia por Ley de Disciplina Financiera

Según el Centro de Estudios de Finanza Públicas de la Cámara de Diputados, la deuda de entidades federativas y municipios respecto a participaciones federales a principios de 2016, fue superior a 530 mil millones de pesos, equivalentes al 3 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB).

El organismo establece que no obstante el nivel de la deuda pública no representa un riesgo para las finanzas públicas nacionales, sí es una alerta para algunas entidades federativas y municipios que podrían comprometer la estabilidad de sus finanzas públicas a futuro.


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Ante tal escenario y con el objetivo de promover finanzas públicas locales sostenibles, a través de reglas de disciplina financiera, uso responsable de la deuda pública, y el fortalecimiento de la transparencia, el 27 de abril del presente año se publica la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.

Para el abogado fiscalista Jorge Pickett, si bien la reglamentación busca detener que los municipios de sobre endeuden y que por consiguiente haya un mal manejo del recurso del erario público, al paso de la siguiente administración pueden dejar grandes boquetes financieros que a su vez repercutirían en el funcionamiento de municipio o del gobierno en turno.

“Desde el punto de vista jurídico puede haber una invasión a las esferas de los Estados o municipios. Habría que ver si éstos promoverían una controversia constitucional. Quedaría en manos de la Suprema Corte la decisión final. La Constitución establece que el manejo finanzas públicas es única y exclusivamente de dichas entidades, respetando que como República que cada Estado y municipio tiene autonomía en el manejo recursos”.


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Pickett agregó:

“Con ésta y todas las reformas, el Gobierno Federal busca tener un mayor control delas cosas y, aun cuando a los Estados y municipios se les permita manejar sus finanzas, al centralizar se pierde autonomía. Financieramente hablando pudiese ser bueno, constitucionalmente hablando tiene una carencia”.

En torno a las sanciones por violar la Ley, el especialista advirtió que no se prevé directamente alguna, pues se limita a señalar que los castigos serán conforme a las leyes administrativas responsables de los servidores públicos y demás disposiciones aplicables.

Por su parte, el economista Rubén Roa, expuso que los ingresos fiscales por concepto de venta de petróleo han disminuido y las entidades tienen que ser más eficientes en el gasto, ante un escenario donde las participaciones federales han tenido dos recortes en lo que va de 2016.

“Los Estados y municipios tienen tres opciones ante la falta de recursos: solicitar más deuda, mejorar su recaudación u obligadamente disminuir su gasto, entonces es aquí donde entra esta Ley para dar un seguimiento puntual al recurso, pues  habrá registros públicos de la deuda, así como indicadores sobre ingresos disponibles para enfrentar obligaciones; igual sucederá con la deuda a corto plazo y el adeudo con los proveedores”, finalizó.

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Autor(a)

Redacción Zeta
Redacción Zeta
Redacción de www.zetatijuana.com
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